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El Peruano Viernes 24 de mayo de 2013 495399 Sobre la notifi cación a los ciudadanos 6. Para cumplir con su función registral, el Reniec cuenta con agencias y ofi cinas registrales en todo el territorio de la República, por lo que la notifi cación a los ciudadanos para comunicarles su condición de seleccionados, corresponde que sea efectuada por dicha institución a través de sus ofi cinas distribuidas en el país, tal como lo ha venido realizando en cada proceso electoral, como una importante contribución a la oportuna ubicación de los ciudadanos que, eventualmente, podrían ser designados para integrar un jurado electoral especial. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- PRECISAR que las listas elaboradas para el procedimiento de constitución de los Jurados Electorales Especiales, referido en el literal c del artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, corresponden a la selección aleatoria que hace el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, sobre la base computarizada de los ciudadanos que residan en los distritos señalados como sede de cada Jurado Electoral Especial. Artículo Segundo.- PRECISAR que las listas de veinticinco ciudadanos seleccionados a que se refi ere el literal c del artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, son publicadas por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil una sola vez en el diario ofi cial El Peruano para la provincia de Lima, en el diario de avisos judiciales para las demás provincias y, a falta de este, mediante carteles que se colocan en los municipios y lugares públicos de la localidad; debiendo, además, dar publicidad a dichas listas en sus ofi cinas y agencias a nivel nacional. Artículo Tercero.- PRECISAR que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil notifi ca a cada uno de los ciudadanos seleccionados en sus domicilios, a fi n de informarles de la selección de que han sido objeto y del sorteo a realizarse por el Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, para los fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA SAMANIEGO MONZÓN Secretario General 941344-5 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Designan Administrador de la ODPE CAJAMARCA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 116-2013-J/ONPE Lima, 23 de mayo de 2013 VISTOS: El Memorándum N° 795-2013-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, el Informe N° 460-2013-SGODES-GOECOR/ ONPE de la Subgerencia de Operaciones Electorales Desconcentradas de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, así como el Informe N° 139-2013-OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 37° de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, con fecha 09 de mayo de 2013, se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Resolución Jefatural N° 101-2013-J/ONPE mediante la cual, fueron designados los ciudadanos que ejercerán los cargos de Jefe y Administrador, titulares y accesitarios, de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, para las Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Julio 2013; Que, a través de la Resolución Jefatural antes citada, el ciudadano Jorge Silverio Escobar Gonzáles fue designado como Administrador de la ODPE CAJAMARCA; y, la ciudadana Kattya Raquel Rea Olivares como Accesitaria al cargo de Administrador de ODPE; Que, mediante carta de fecha 22 de mayo de 2013, el ciudadano Jorge Silverio Escobar Gonzáles, ha presentado su renuncia irrevocable al cargo de Administrador de la ODPE CAJAMARCA, correspondiendo emitir el acto de administración que acepte la renuncia presentada; y designe en dicho cargo al accesitario, según el anexo de la resolución antes citada; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, y el literal cc) del artículo 9° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; Con el visado de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia al cargo de Administrador de la ODPE CAJAMARCA, presentada por el ciudadano Jorge Silverio Escobar Gonzáles. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha, a la ciudadana Kattya Raquel Rea Olivares en el cargo de Administrador de la ODPE CAJAMARCA, quien desempeñará funciones en el marco de las Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Julio 2013. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Notifi car a los ciudadanos Jorge Silverio Escobar Gonzáles y Kattya Raquel Rea Olivares, el contenido de la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el