Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2013 (24/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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modificar el articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 020-2011-CR/GRH, en dicho documento adjunta el Expediente presentado con fecha 12 de diciembre de 2012, el cual esta firmado por artesanos de diferentes distritos de la region de Huanuco; Que el numeral 12,3 del articulo 12 del capitulo 3 de la Ley Nº 29073- Ley del Artesano y el desarrollo de la actividad artesanal, establece que "los Gobiernos Regionales", a traves de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo, contaran con un Consejo Regional de Fomento Artesanal como Organo de Coordinacion entre el Sector Publico y Privado. La composicion y funciones son establecidas por Resolucion Regional; indicaciones que se encuentran plasmadas en el articulo tercero de la Ordenanza Regional Nº 020-2011CR/GRH; Que, por lo expuesto, consideramos que es atendible la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, teniendo en cuenta que en los considerando glosados en la Ordenanza Regional Nº 020-2011-CR/GRH, se considera el termino REGION en forma reiterativa; es decir se debe CONFORMAR el Consejo Regional de fomento Artesanal de la Region MORDAZA, debiendose dar oportunidad a las asociaciones de artesanos a nivel Regional a participar e integrar el Consejo Regional de Fomento Artesanal; para el fin es necesario que las Asociaciones Artesanales se encuentren debidamente formalizados juridicamente, Que, mediante Dictamen Nº 011-2013-GRH-CP/ CPPPATAL, presentado por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales de fecha 19 de marzo del ano 2013, que emite opinion favorable sobre la aprobacion de la modificatoria del del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 020-2011--CR/GRH, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, es atribucion del Consejo Regional, aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional,por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de MORDAZA de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ORDENA: Articulo Primero.- MODIFIQUESE, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 020-2011-CR/GRH de fecha 27 de diciembre del 2011, quedando redactado con el siguiente texto sustitutorio: Articulo Segundo.- CONFORMAR, el Consejo Regional de Fomento Artesanal de MORDAZA ­ COREFARH, estara conformado por las siguientes instituciones publicas y privadas: - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, quien presidira el COREFARH. - Un representante de la Direccion Regional de la Produccion. - Un representante de la Direccion Regional de Educacion. - Un representante de la Direccion Regional de Cultura. - Un representante de la Camara de Comercio e Industrias Huanuco. - Un representante de los Artesanos de cada uno de las 11 (once) provincias debidamente acreditada por los artesanos en actividad de la referida provincia. Articulo Segundo.- DEJAR SUBSISTENTE, todos los demas Articulos de la Ordenanza Regional Nº 0202011-CR/GRH, de fecha 27 de diciembre del 2011. Articulo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales .

El Peruano Viernes 24 de MORDAZA de 2013

Articulo Cuarto.- la presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los 2 dias del mes de MORDAZA del ano Dos Mil Trece. EDGARD MORDAZA APAC Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 3 dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. MORDAZA R. MORDAZA QUEDO Presidente 940508-1

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Unidad de Gestion Educativa Local UGEL Dos de MORDAZA - MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 051-2013-CR-GRH. MORDAZA, 3 MORDAZA del 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO. POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria del Consejo Regional, de fecha veinte de enero del dos mil trece, el Dictamen Nº 010-2013-GRH-CP/CPPPATAL, de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), de la Unidad de Gestion Educativa Local - UGEL Dos de MORDAZA - Unidad Ejecutora 303 Educacion Dos de Mayo; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 4o de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de Gestion del Estado senala que el MORDAZA de modernizacion de la gestion del estado, tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, alcanzando un estado con servidores publicos calificados y adecuadamente remunerados; Que, la Ley General de Educacion Nº 28044, en su articulo 73º, define a la Unidad de Gestion Educativa Local como: La Unidad de Gestion Educativa Local es una instancia de ejecucion descentralizada del Gobierno

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