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El Peruano Viernes 24 de mayo de 2013 495406 En Piura, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil trece. TOMÁS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los treinta días del mes de abril del año dos mil trece. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente Regional 940445-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Redistribuyen rutas que operan el área del paradero B sobre la Av. Evitamiento y la Av. 1ro. de Mayo GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO SUB-GERENCIA DE REGULACION DEL TRANSPORTE RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 3650-2013-MML/GTU-SRT Lima, 10 de mayo del 2013 VISTOS: La Resolución de Subgerencia N° 2060-2013-MML/ GTU-SRT de fecha 06 de marzo de 2013, el Informe N° 357-2013-MML/GTU-SETT de fecha 25 de abril de 2013 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la Redistribución de Paraderos de Transporte Público; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima goza de un régimen especial, de conformidad al Artículo 198º de la Constitución, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra “7.1) Planifi car, regular y gestionar el transporte público”; Que. la Ordenanza N° 341-MML, en su artículo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, el artículo 100° de la Ordenanza N° 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte, tránsito y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del artículo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que:”Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulación de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte público regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ámbito de la provincia de Lima”; Que, el numeral 41 del artículo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML defi ne al Paradero de Transporte Regular como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas”; Que, mediante la Resolución de Subgerencia N° 2060- 2013-MML/GTU-SRT de fecha 06 de marzo de 2013, se dispuso la Implementación de un paradero de transporte adicional a los paraderos aprobados mediante Resolución de Subgerencia N° 9808-2012-MML/GTU-SRT en la Av. 1ro de Mayo ubicado después del cruce con la Ca. Caribe, así como la redistribución de las rutas autorizadas por la Lima y Callao para que operan el área del paradero B en dos bloques, en base al Informe N° 191-2013-MML/ GTU-SETT de fecha 06 de marzo de 2013 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte; Que, mediante el Informe N° 357-2013-MML/GTU- SETT de fecha 25 de abril de 2013, la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte considera conveniente la Redistribución de rutas y utilización de Paraderos de Transporte Público en el Intercambio Puente Nuevo por los siguientes fundamentos: a) Que, producto de la Implementación de los paraderos a través de la Resolución de Subgerencia N° 2060-2013-MML/GTU-SRT de fecha 06 de marzo de 2013, se ha verifi cado que la distribución de rutas en el paradero B (Antes y Después del cruce con la Ca. Caribe) para aquellas rutas con orígenes y/o destinos hacia los distritos del sur de Lima, presenta problemas de saturación en los espacios existentes, debido a la gran demanda de pasajeros, b) Que, de acuerdo a la base de datos TransCAD (Geographic Information Software), la cantidad de vehículos autorizados por Lima y Callao que utilizan paraderos universales autorizados mediante la Resolución de Subgerencia N° 8897-2012-MML/GTU-SRT de fecha 06 de setiembre de 2012 en la Vía de Evitamiento (Parte Superior – Puente Nuevo) son un total de 1649 unidades, c) Que, en la parte superior del Intercambio Vial Puente Nuevo se tiene previsto la implementación de elementos canalizados y de seguridad para los usuarios, con lo cual se tendría una plataforma para la utilización de un paradero con casilleros diferenciados por tipología que podrá albergar un cierto número de rutas provenientes de la Av. 1ro de Mayo a fi n de poder mejorar las condiciones de operación actuales en dicha vía, d) Que, con la redistribución de las rutas se reducirá el grado de saturación actual en las áreas de paradero “B” (Antes y después de la Ca. Caribe), e) Que, con la redistribución de las rutas se mantendrán los criterios de orientación al público, diferenciados por grupos de rutas en función a sus orígenes y/o destinos (Paradero B), y f) Que, las 08 rutas a trasladarse hacia la Vía de Evitamiento desde la Av. 1ro de Mayo, están compuestas en su mayoría por unidades de tipo Camioneta Rural y todas tienen sus orígenes y/o destinos hacia los distritos de Ate, Pachacamác, Villa Maria del Triunfo, Villa El Salvador y San Juan de Mirafl ores; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27181 - Ley General Transporte y Tránsito Terrestre, la Ordenanza N° 1599-MML y el Informe N° 357-2013-MML/ GTU-SETT de fecha 25 de abril de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°: Redistribuir las rutas que operan el área del paradero B sobre la Av. Evitamiento y la Av. 1ro de Mayo (Antes y después del cruce con la Ca. Caribe), tal y como se detalla a continuación: Distribución de las Rutas según su destino SM14 SJM CR24 ATE EO127 VES SO12B VES CR25 ATE EO96B CHORR SM19 PACH CR44 ATE EM41A CHOSICA SM19A SJM CR58 ATE NCR07 STA ANITA SM19E VMT ICR10 ATE