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El Peruano Jueves 30 de mayo de 2013 495776 j) Realizar actos obscenos dentro del desarrollo de la sesión de concejo. k) Asistir a las sesiones de concejo en estado etílico o bajo los efectos de sustancias estupefacientes o alucinógenas. l) Realizar actos de inmoralidad y contra la ética dentro de las instalaciones del municipio por parte del Concejo Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primero.- En los casos no previstos en el presente Reglamento, es de aplicación la Ley Orgánica de Municipalidades vigente. Segundo.- La modifi cación, derogación y aprobación del Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Imperial, y de la presente Ordenanza se aprueba con el voto conforme de más de los dos tercios del número legal de Regidores que integran el concejo municipal. Tercero.- Deróguese las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Publicado en Imperial, a los 11 días del mes de julio del año 2012. 942828-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 205-2013-ALC/MDI Imperial, 27 de marzo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE VISTO: El Informe Nº 122A-2013-SGRRHH-MDI de fecha 20 de Marzo del 2013, de la Sub-gerencia de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28067, en concordancia con el II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. En ese sentido el espíritu de la norma dispone que los actos de gobierno deban ser emitidos en concordancia con todas las normas legales vigentes que regulan las actividades relacionadas al caso de evaluación de no hacerlo configuran actos administrativos arbitrarios. Por su parte el Artículo 26º del mismo cuerpo normativo establece que la administración municipal (…) se rige por los principios de legalidad, economía transparencia (…), y por los contenidos en la Ley Nº 27444; Que, los Gobiernos Locales bajo el Principio de Estado Unitario, están sujetos a las disposiciones legales que de manera general y de conformidad a la Constitución y las Leyes, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico Nacional; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 7.1 de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979, se establece que la designación de Auxiliar Coactivo se efectuara mediante Concurso Público de Merito. Y el Artículo 5º de la mencionada norma señala expresamente los requisitos para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo y en concordancia con la Ley Nº 27204 se precisa que el cargo de Auxiliar Coactivo no es cargo de confi anza; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 022-2013- CMDI, se aprobó las bases administrativas para dar inicio a la Etapa de Convocatoria del Proceso CAS Nº 001-2013-MDI, y estando a ello se tiene la convocatoria para la contratación de Un (01) Auxiliar Coactivo para la Ofi cina de Ejecutoria Coactiva de la Gerencia de Tributación Municipal, bajo el régimen del D. Leg. 1057 y su reglamento aprobado mediante D.S Nº 075-2008-PCM y su modifi catoria D.S. Nº 065-2011-PCM; Que, según el Informe Nº 122A-2013-SGRRHH- MDI de fecha 20 de Marzo del 2013, la Sub-gerencia de Recursos Humanos comunica la conclusión del Proceso CAS Nº 001-2013-MDI, habiendo sido declarada ganadora la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete; Estando a lo expuesto; y en uso de la facultades conferidas en el Numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR como GANADORA del CONCURSO PUBLICO mediante PROCESO CAS Nº 001-2013-MDI, a la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES con Registro C.A.C Nº 246, para la Contratación de Un Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete; de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolución. Artículo Segundo.- DESIGNAR mediante Contrato Administrativo de Servicios Nº 011-2013-MDI a la Abogada LAZARO MADUEÑO SONIA YNES con Registro C.A.C Nº 246, como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete, a partir del 16 de Marzo del 2013 hasta el 30 de Junio del 2013. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, Sub-gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Informática la publicación de la presente Resolución en el Portal de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDDY CÉSAR DEL MAZO TELLO Alcalde 942830-1 Dan por concluida designación de Procurador Público de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 222-2013-ALC/MDI Imperial, 4 de abril del 2013. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 227-2012-ALC/MDI de fecha 05 de junio 2012; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28067, en concordancia con el II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. En ese sentido el espíritu de la norma dispone que los actos de gobierno deban ser emitidos en concordancia con todas las normas legales vigentes que regulan las actividades relacionadas al caso de evaluación de no hacerlo confi guran actos administrativos arbitrarios. Por su parte el Artículo 26º del mismo cuerpo normativo establece que la administración municipal (…) se rige por los principios de legalidad,