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El Peruano Jueves 30 de mayo de 2013 495767 Declaran la existencia de conflicto de límites territoriales con el distrito de Chorrillos ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2013-ACSS Santiago de Surco, 28 de mayo de 2013 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Memorándum Nº 316-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 209-2013- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, los Documentos Simples Nros. 2142162013, 2142142013, 2159812013, 2159182013, el Informe Nº 351-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre propuesta de Acuerdo de Concejo que declare la existencia del confl icto de límites territoriales en el distrito de Chorrillos que corresponde a las coordenadas en la Memoria Descriptiva que adjunta la Gerencia de Desarrollo Urbano, que forma parte de la denominada Hacienda Villa, que históricamente pertenece al distrito de Santiago de Surco, y sería parte del denominado sector 9; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional- Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Memorando Nº 444-2013-GM- MSS del 15.05.2013, la Gerencia Municipal remite los Documentos Simples Nros. 2142162013, 2142142013, 2159812013 y 2159182013 presentados por la Asociación de Propietarios de la Urbanización “Las Brisas de Villa” y la Asociación de Vecinos “Country Club de Villa y La Encantada” respectivamente, a efectos de que se emita la opinión legal y recomendaciones correspondientes, coordinando los aspectos técnicos relacionados con la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Administración Tributaria; Que, mediante Memorando Nº 316-2013-GDU-MSS del 17.05.2013, la Gerencia de Desarrollo Urbano, remite adjunto el Informe Nº 209-2013-SGPUC-GDU-MSS del 17.05.2013, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, y el Informe Nº 06-2013-JTB, los cuales hace suyo, respecto de la evaluación de los límites del distrito de Santiago de Surco, en relación a los pedidos presentados por la Asociación de Propietarios de la Urbanización “Las Brisas de Villa” y la Asociación de Vecinos “Country Club de Villa y La Encantada”, respectivamente; Que, mediante Informe Nº 351-2013-GAJ-MSS del 17.05.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que, el Congreso de la República crea el distrito de Santiago de Surco la misma que el 16.12.1929, mediante Ley Nº 6644 el Presidente Augusto B. Leguía la promulga, estableciendo los límites, entre ellos, por el sur-oeste de Santiago de Surco con Chorrillos; Que, asimismo agrega que, de los antecedentes sustentatorios de la Ley Nº 6644, fl uye que los vecinos REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. 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