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El Peruano Jueves 30 de mayo de 2013 495769 Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), donde será evaluado y luego aprobado, posteriormente, la Presidencia del Consejo de Ministros formulará el Proyecto de Ley que recoge la Propuesta de Demarcación de Límites Territoriales entre ambos Distritos, remitiéndolo al Congreso de la República, para su posterior debate y aprobación por parte del pleno del Congreso, y su posterior promulgación y publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la declaración de confl icto por parte del Concejo Municipal es el inicio de la expresión por parte de la Administración que va a generar que este confl icto de límites vaya a ser resuelto al amparo de lo que establece la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye, que procede que el Concejo Municipal emita el correspondiente Acuerdo de Concejo que declare la existencia del confl icto de límites territoriales con el distrito de Chorrillos, que corresponde a las coordenadas en la Memoria Descriptiva que adjunta la Gerencia de Desarrollo Urbano, que forma parte de la denominada Hacienda Villa, que históricamente es el distrito de Santiago de Surco, y parte del denominado sector 9; Que, asimismo, recomienda facultar al señor Alcalde para que suscriba las Actas y documentación respectiva para la solución del problema limítrofe descrito. Asimismo, que la Administración Municipal a través de sus unidades orgánicas respectivas proponga, dicte e implemente las medidas convenientes a fi n de tutelar y/o velar por los derechos y prestación de servicios en el referido ámbito territorial en cuestión; Que, con el Artículo 9º inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, el artículo 28º de la Ordenanza Nº 301-MSS, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Distrital, establece que el Concejo quedará validamente constituido sin cumplir los requisitos de la convocatoria, cuando se reúnan todos sus miembros y acuerden por unanimidad iniciar una sesión extraordinaria. En este extremo, encontrándose todos los regidores presentes se acuerda por UNANIMIDAD la realización de la presente Sesión Extraordinaria; Estando al Informe Nº 351-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura del Acta con cargo a redacción y aprobación de la misma, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR la existencia del confl icto de límites territoriales con el distrito de Chorrillos que corresponde a las coordenadas de la Memoria Descriptiva que se adjunta como anexo al presente Acuerdo de Concejo, que forma parte de la denominada Hacienda Villa, que históricamente pertenece al Distrito de Santiago de Surco, y del denominado sector 9. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que suscriba las Actas y documentación respectiva para la solución del problema limítrofe descrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal proponga, dicte e implemente las medidas convenientes a fi n de tutelar y/o velar por los derechos y prestación de servicios en el referido ámbito territorial en cuestión. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publíque y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 943667-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Municipal (RIC) de la Municipalidad Distrital de Imperial (Se publica la presente Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Imperial, mediante Ofi cio Nº 310-2013-ALC.- MDI, recibido el 28 de mayo de 2013) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2012-C/MDI Imperial, 4 de julio del 2012 POR CUANTO: En Sesión de Concejo de fecha 04 de julio del 2012. Visto el Informe Nº 007-2012-PCALAHH-MDI. que contiene el Dictamen Nº 010-2012 de la Comisión de Asuntos Legales; el Informe Nº 151-2012/OAJ-MDI, referido al Proyecto del Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad de Imperial, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con Personería Jurídica de Derecho Público, consiguientemente están inmundos de autonomía administrativa, económica y política en asuntos de competencia. Que, en concordancia con la autonomía política que gozan los gobiernos locales, el artículo 9o numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Art. 200º, inciso 4) de la Constitución tienen rango de ley; Que, el Reglamento Interno del Concejo, es un instrumento jurídico municipal que contiene los lineamientos de las funciones del Concejo Municipal (Alcalde y Regidores) en la Corporación Edil; dicho reglamento (RIC) es aprobado mediante Ordenanza Municipal y conforme al Inc. 2 del Art. 44º de la Ley 27972, debe ser publicado para sus efectos legales. Que, en Sesión de Concejo de fecha 04 de julio del 2012 los regidores tras un análisis y debate del Informe Nº 007-2012-PCALAHH-MDI, que contiene el Dictamen Nº 010-2012 de la Comisión de Asuntos Legales; el Informe Nº 151-2012/OAJ-MDI, referido al Proyecto del Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad de Imperial, procedieron a la aprobación de la presente Ordenanza; Que, estando a lo expuesto con las atribuciones conferidas por el artículo 20º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, y contando con el voto por unanimidad de los miembros del concejo municipal se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo Municipal (RIC) de la Municipalidad Distrital de Imperial, el mismo que consta de diez (10) títulos, dieciocho (18) capítulos, ochentaidós (82) artículos y