Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2013 (06/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Miercoles 6 de noviembre de 2013

506529 GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA R.A. N° 657-2013-ALC/MLV.- Encargan funciones de Auxiliar Coactiva de la municipalidad 506567 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza N° 305-MDS.- Establecen beneficios para el pago de multas administrativas impuestas por la linea de accion de Obras y Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Defensa Civil 506568

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES Res. N° 990-2013-JNE.- Declaran competente al MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro para el tramite de expediente sobre difusion de publicidad estatal emitida por la Muncipalidad Metropolitana de MORDAZA 506564 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 6472-2013.- Autorizan al BBVA Continental el traslado de agencias y oficina especial, ubicadas en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA 506566 Res. N° 6473-2013.- Autorizan al BBVA Continental el cierre temporal de agencias ubicadas en el departamento de MORDAZA 506566

SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Resolucion N° 217-2013-OS/CD.- Aprobacion de la MORDAZA "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision" 506501

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA Res. N° 281-2013-GR/GEMH-LL.- Autorizan generacion electrica de la Empresa Pesquera MORDAZA S.A., ubicado en Playa Lado Norte Lotes 1B1 y 1B2, Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de la MORDAZA 506567

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30102
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: e) d) c) b)

LEY QUE DISPONE MEDIDAS PREVENTIVAS CONTRA LOS EFECTOS NOCIVOS PARA LA SALUD POR LA EXPOSICION PROLONGADA A LA RADIACION SOLAR
Articulo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene el objeto de establecer medidas de prevencion, que las instituciones y entidades publicas y privadas tienen que adoptar, para reducir los efectos nocivos para la salud ocasionados por la exposicion a la radiacion solar. El Ministerio de Salud es el organo rector que dicta la politica publica a nivel nacional. Articulo 2. Obligaciones de los titulares de las instituciones y entidades publicas y privadas Los titulares de las instituciones y entidades publicas y privadas, a fin de reducir los efectos nocivos ocasionados por la exposicion a la radiacion solar, tienen las siguientes obligaciones: a) Desarrollar actividades destinadas a informar y sensibilizar al personal a su cargo acerca de los

riesgos por la exposicion a la radiacion solar y la manera de prevenir los danos que esta pueda causar. Disponer que las actividades deportivas, religiosas, institucionales, civicas, protocolares o de cualquier otra indole que no se realicen en ambientes protegidos de la radiacion solar se efectuen preferentemente entre las 8:00 y las 10:00 horas o a partir de las 16:00 horas. Proveer el uso de instrumentos, aditamentos o accesorios de proteccion solar cuando resulte inevitable la exposicion a la radiacion solar, como sombreros, gorros, anteojos y bloqueadores solares, entre otros. Disponer la colocacion de carteles, avisos o anuncios en lugares expuestos a la radiacion solar en su jurisdiccion, donde se incluya lo siguiente: "La exposicion prolongada a la radiacion solar produce dano a la salud". Promover acciones de arborizacion que permitan la generacion de sombra natural en su jurisdiccion.

Articulo 3. Obligaciones especificas de los directores de las instituciones educativas Los directores de las instituciones educativas publicas y privadas, al inicio del periodo de clases o del periodo academico, informan a los estudiantes sobre los efectos nocivos para la salud por la exposicion prolongada a la radiacion solar, recomendandoles hacer uso de los elementos de proteccion idoneos. Los centros educativos deben contar con zonas protegidas para actividades al aire libre, las mismas que son fiscalizadas por el Ministerio de Educacion. Articulo 4. empleadores Obligaciones especificas de los

4.1 Los empleadores, independientemente del regimen laboral al que pertenezcan sus trabajadores, tienen la obligacion de adoptar medidas de proteccion cuando, por la naturaleza del trabajo que realizan sus trabajadores, esten expuestos de manera prolongada a la radiacion solar. 4.2 Al inicio de la relacion laboral, el empleador debe informar a los trabajadores sobre los efectos

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