Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2013 (06/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Miercoles 6 de noviembre de 2013

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mantiene y restablece el orden interno y el orden publico, presta proteccion y ayuda a las personas y a la comunidad; asi como garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio publico y privado, previene, investiga y combate la delincuencia, asi como vigila y controla las fronteras; Que, mediante Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprobo, entre otros, el Presupuesto del Pliego 007 Ministerio del Interior; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 12962012-IN/DGPP se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Ano Fiscal 2013 del Pliego 007 Ministerio del Interior, por la suma de CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 269 438 380,00) por toda fuente de financiamiento; Que, a traves del Decreto Legislativo N° 1127 se dispuso la creacion de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como un organismo tecnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia administrativa, funcional y economica en el ejercicio de sus atribuciones; estableciendo que la misma tiene competencia de alcance nacional en el ambito de los servicios de seguridad privada, MORDAZA, municiones, explosivos y productos pirotecnicos de uso civil; Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1127 se dispone transferir a la SUCAMEC las funciones que corresponden a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil, debiendo asumir el acervo documentario, sistemas informaticos, pasivos, recursos, bienes muebles e inmuebles y otros que MORDAZA necesarios para su adecuado funcionamiento; Que, mediante la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1127 se autorizo al Ministerio del Interior a transferir a la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC los recursos presupuestales de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil, acto que corresponde sea aprobado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Interior, a propuesta de este ultimo; Que, la Secretaria General del Ministerio del Interior mediante Oficio Nº 002182-2013/IN/SG, solicita se autorice al Pliego 007 Ministerio del Interior a realizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor del Pliego 072 Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil, por el saldo de su presupuesto asignado para el ano 2013 y no devengado al 30 de setiembre del presente ano, el cual asciende a la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 378 897,00), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, con la finalidad que el Pliego 072 Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil realice sus actividades conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1127, resulta necesario que el Pliego 007 Ministerio del Interior efectue la respectiva transferencia de partidas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; DECRETA:

c. Tratandose de renta MORDAZA atribuible a personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el MORDAZA, que incluya renta proveniente de la enajenacion de bienes de acuerdo con lo previsto en el MORDAZA parrafo del articulo 51º de la Ley, la atribucion se realizara de la siguiente manera: i. Se dividira el importe del ingreso por rentas pasivas provenientes de la enajenacion de bienes a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 51º de la Ley, entre el total de ingresos correspondientes a las rentas pasivas. El resultado se multiplicara por cien. ii. La renta MORDAZA pasiva atribuible se multiplicara por el porcentaje determinado conforme al acapite anterior. El resultado constituira la renta MORDAZA pasiva atribuible que debera sumarse con la renta MORDAZA de la MORDAZA categoria producida por la enajenacion de los bienes a que se refiere el inciso a) del articulo 2º de la Ley. iii. La diferencia entre la renta MORDAZA pasiva atribuible y el resultado MORDAZA senalado, se sumara a la renta MORDAZA del trabajo". Articulo 12º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- VIGENCIA El presente decreto supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo lo dispuesto en los articulos 8º y 9º del presente Decreto Supremo, que entraran en vigencia a partir del 1º de enero de 2014. Segunda.- EXCEPCION A LA OBLIGACION DE INFORMAR A LA SUNAT Se exceptua de la obligacion de informar a la SUNAT sobre las enajenaciones indirectas de acciones o participaciones representativas del capital a que se refiere el tercer parrafo de la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ley del Impuesto a la Renta, en los casos en que, conforme a lo establecido en el articulo 39º-F del Reglamento, no exista vinculacion entre el sujeto no domiciliado enajenante y la empresa domiciliada. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1010102-1

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 276-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Interior de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, es un organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y constituye un pliego presupuestal; el mismo que a traves de la Policia Nacional del Peru garantiza,

Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor del Pliego 072 Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil, hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL

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