Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

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Tecnico Nº 022-2013-GRA-GRRNGMA-SGRNGMA/ OHH, favorable de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, Opinion Legal Nº 311-2013-GRA/ORAJ-DWJA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y con Oficio Nº 205-2013-GRA/ PRES-GG-GRPPAT-SGF de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la Certificacion Presupuestal de Sostenibilidad para su implementacion; con el Dictamen de la Comision de Recursos Naturales y Gestion Ambiental, se sometio a consideracion del Pleno del Consejo Regional; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la Organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen, reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales precisa, que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, y el empleo, asi como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas regionales, nacionales y locales de desarrollo; asimismo el articulo 53º del cuerpo legal acotado, senala sobre Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en los literales a) y h) establece formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia, con los planes de los Gobiernos Regionales; controlar y supervisar el cumplimiento de las normas contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre el uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdiccion. Imponer sanciones ante la infraccion de normas ambientales regionales; Que, el Articulo 29º -A.- del Capitulo IV de la presente Ley menciona las funciones especificas sectoriales de las gerencias regionales, correspondiendo a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, atender las funciones especificas sectoriales en materia de areas protegidas, medio ambiente y defensa civil; Que, la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, establece que el Estado tiene el rol de disenar y aplicar las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarias para de esta forma garantizar el efectivo ejercicio y cumplimiento de los derechos, obligaciones y responsabilidades de caracter ambiental, realizando esta funcion a traves de sus organos y entidades correspondientes. Y que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, asi como las politicas, planes y programas publicos susceptibles de causar impactos ambientales de caracter significativo, esta sujeta, de acuerdo a ley, al SEIA; Que, a traves de la Politica Nacional Ambiental, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM, publicada el 23 de MORDAZA del 2009, se propende al mejoramiento continuo de la calidad de MORDAZA de las personas, mediante la proteccion y recuperacion del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, garantizando asi la existencia de ecosistemas viables y funcionales en el largo plazo;. Que, el Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental (SEIA) fue creado por Ley Nº 27446, publicada el 23 de MORDAZA del 2001, y su modificatoria el D.L. Nº 1078 del 28 de Junio del 2008, y el Reglamento de la citada Ley, mediante D.S. Nº 019-2009-MINAM, constituye un sistema unico y coordinado de identificacion, prevencion, supervision, control y correccion anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio de los proyectos de inversion, MORDAZA publicos o privados, y que procura establecer mecanismo que aseguren la participacion ciudadana; Que, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental, senala en su articulo 1º Objeto de la ley, La presente Ley tiene por finalidad: numeral a) "La creacion del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema unico y coordinado de identificacion,

Con Informe Nº 1360 -2013-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Domino a favor del Estado Peruano de los tres terrenos eriazos de dominio privado siendo los que a continuacion se detallan: el Primero: de 1600.00 m2 , ubicado a 500 ml del Centro Poblado Km. 48 ­ La Joya, el Segundo: de 1600.00 m2, ubicado al Norte del A.H. MORDAZA MORDAZA La Joya, y el Tercero: de 1600.00 m2, ubicado a Noreste del A.H Alto La MORDAZA, para el presente caso los tres terrenos se encuentran en la jurisdiccion del Distrito de La Joya, Provincia y Departamento de MORDAZA, conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, realizara el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitara ante la MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la inscripcion del terreno materia de la presente resolucion. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de octubre del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 1009835-3

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban la implementacion de la Certificacion Ambiental y el Cumplimiento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental en la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2013-GRA/CR MORDAZA, 29 de agosto de 2013 EL SENOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria Descentralizada, de fecha 23 de agosto del 2013, trato el tema relacionado a la implementacion de la Certificacion Ambiental y el Cumplimiento de la Ley de Evaluacion de Impacto Ambiental de los Proyectos de Inversion en el Ambito del Gobierno Regional de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 275-2013-GRA/PRES-GG, el senor Gerente General Regional solicita al Consejo Regional aprobar la Implementacion de la Certificacion Ambiental y el Cumplimiento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental y su Reglamento en la Region MORDAZA, peticion que acompana el Informe

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