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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013 507044 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Recursos y Servicios y al interesado para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO A. TÁVARA CÓRDOVA Presidente 1013832-1 Confirman Acuerdo de Concejo que rechazó solicitud de vacancia presentada contra alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial del Santa, departamento de Ancash RESOLUCIÓN Nº 828-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00828 SANTA - ÁNCASH RECURSO DE APELACIÓN Lima, tres de setiembre de dos mil trece. VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Wílmer Pablo Alcántara Huertas contra el Acuerdo de Concejo Nº 016-2013- MPS, de fecha 28 de mayo de 2013, que rechazó su solicitud de vacancia en contra de Luis Humberto Arroyo Rojas, Alberto Enríquez Namay, Uldarico Víctor Llanos Muñoz, Oswaldo Víctor Ávalos Angulo, Henry Alberto Torres Romero, Katherine Aurora Moreno Alzamora, Norberto Wilfredo Aguilar Carranza, Hilario Gilberto Arellano Castillejo, Adela Minerva Vásquez Córdova y Carlos Enrique Lynch Rojas, alcalde y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Provincial del Santa, departamento de Áncash, por las causales de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas e infracción de las restricciones a la contratación, previstas en los artículos 11 y 22, numeral 9, este último concordante con el artículo 63, respectivamente, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como vistos el Expediente de apelación Nº J-2012-01689 y el Expediente de traslado Nº J-2012-01277, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Con respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 28 de setiembre de 2012 (fojas 1 a 36 del Expediente de traslado Nº J-2012-01277), Wílmer Pablo Alcántara Huertas solicitó la vacancia de Luis Humberto Arroyo Rojas, Alberto Enríquez Namay, Uldarico Víctor Llanos Muñoz, Oswaldo Víctor Ávalos Angulo, Henry Alberto Torres Romero, Katherine Aurora Moreno Alzamora, Norberto Wilfredo Aguilar Carranza, Hilario Gilberto Arellano Castillejo, Adela Minerva Vásquez Córdova y Carlos Enrique Lynch Rojas, alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial del Santa, al considerar que habrían incurrido en las causales de vacancia contenidas en los artículos 11 y 22, numeral 9, este último concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). En la solicitud de vacancia antes referida, el solicitante manifestó que el alcalde y los regidores habrían incurrido en la causal de vacancia por infracción de las restricciones de contratación, al haber aprobado, supuestamente en forma irregular, mediante Acuerdo de Concejo Nº 013-2012-MPS, de fecha 30 de marzo de 2012, adoptado en sesión de concejo ordinaria, llevada a cabo en la fecha antes mencionada, la concesión para la administración e imposición de papeletas de tránsito por medios tecnológicos en favor de la Empresa de Servicios Tecnológicos de Radares Zaikafer E.I.R.L. (en adelante Zaikafer E.I.R.L.). Así, el solicitante expuso como fundamentos de su pedido lo siguiente: a) Que el alcalde Luis Humberto Arroyo Rojas habría propuesto el proyecto de acuerdo de concejo para la concesión de administración e imposición de papeletas de tránsito por medios tecnológicos a favor de Zaikafer E.I.R.L. b) Que el alcalde Luis Humberto Arroyo Rojas, en la sesión de concejo en donde se aprobó la concesión de administración e imposición de papeletas de tránsito por medios tecnológicos habría concedido el uso de la palabra a Carmen Villanueva, para que sustente la aprobación de la referida concesión. c) Que el alcalde Luis Humberto Arroyo Rojas habría demostrado tener un interés directo en benefi ciar a Zaikafer E.I.R.L., privilegiando el interés privado frente al público. d) Que el concejo municipal habría aprobado una concesión para una empresa en especial, Zaikafer E.I.R.L., es decir, habría desconocido los procesos de selección establecidos en la ley de contrataciones. En efecto, señala que si bien el concejo municipal puede aprobar que se otorgue en concesión un servicio por mandato de ley, lo que no puede hacer es que en el acuerdo de concejo municipal fi gure el nombre de la empresa benefi ciada. e) Teniendo en cuenta que los regidores cumplen funciones normativas y fi scalizadoras, alega que estos habrían renunciado a tales funciones y se interesaron en la concesión de un servicio a favor de una empresa determinada, con lo cual habrían privilegiado el interés privado frente al interés público. De otro lado, con respecto a la causal de vacancia por ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, el solicitante señala que, partiendo de la consideración de que los regidores cumplen funciones normativas y fi scalizadoras, los regidores materia de cuestionamiento habrían renunciado a su función fi scalizadora al aprobar una concesión para benefi ciar a una empresa en forma específi ca, procedimiento que tiene un proceso de selección para ello, ejerciendo, con ello, funciones administrativas y, por ende, se encontrarían incursos en la causal de vacancia prevista en el artículo 11 de la LOM. Con respecto al pronunciamiento del concejo municipal de la Municipalidad Provincial del Santa Con fecha 23 de noviembre de 2012 (fojas 77 a 99), se llevó a cabo la sesión extraordinaria, a efectos de tratar la solicitud de vacancia presentada por Wílmer Pablo Alcántara Huertas en contra de Luis Humberto Arroyo Rojas, Alberto Enríquez Namay, Uldarico Víctor Llanos Muñoz, Oswaldo Víctor Ávalos Angulo, Henry Alberto Torres Romero, Katherine Aurora Moreno Alzamora, Norberto Wilfredo Aguilar Carranza, Hilario Gilberto Arellano Castillejo, Adela Minerva Vásquez Córdova y Carlos Enrique Lynch Rojas, alcalde y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Provincial del Santa. En la sesión extraordinaria antes referida, los miembros del concejo provincial rechazaron, por mayoría, la mencionada solicitud de vacancia. La votación en dicha sesión fue de doce votos en contra de la solicitud de vacancia y dos votos a favor de la misma. Dicha decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo Nº 83-2012-MPS, de fecha 23 de noviembre de 2012 (Fojas 116 a 119). Con respecto al recurso de apelación interpuesto por Wílmer Pablo Alcántara Huertas Con fecha 13 de diciembre de 2012, Wilmer Pablo Alcántara Huertas interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 83-2012-MPS, de fecha 23 de noviembre de 2012. En el citado medio impugnatorio, el solicitante reiteró los argumentos que expuso en su solicitud de vacancia. Con respecto a la decisión del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en el Expediente Nº J-2012- 01689 Elevado el recurso de apelación al Jurado Nacional de Elecciones, se dio origen al Expediente Nº J-2012-