Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2013 (14/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendicion de cuentas correspondiente. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Recursos y Servicios y al interesado para su conocimiento y los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 1013832-1

El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013

Servicios Tecnologicos de Radares Zaikafer E.I.R.L. (en adelante Zaikafer E.I.R.L.). Asi, el solicitante expuso como fundamentos de su pedido lo siguiente: a) Que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria propuesto el proyecto de acuerdo de concejo para la concesion de administracion e imposicion de papeletas de MORDAZA por medios tecnologicos a favor de Zaikafer E.I.R.L. b) Que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la sesion de concejo en donde se aprobo la concesion de administracion e imposicion de papeletas de MORDAZA por medios tecnologicos habria concedido el uso de la palabra a MORDAZA MORDAZA, para que sustente la aprobacion de la referida concesion. c) Que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria demostrado tener un interes directo en beneficiar a Zaikafer E.I.R.L., privilegiando el interes privado frente al publico. d) Que el concejo municipal habria aprobado una concesion para una empresa en especial, Zaikafer E.I.R.L., es decir, habria desconocido los procesos de seleccion establecidos en la ley de contrataciones. En efecto, senala que si bien el concejo municipal puede aprobar que se otorgue en concesion un servicio por mandato de ley, lo que no puede hacer es que en el acuerdo de concejo municipal figure el nombre de la empresa beneficiada. e) Teniendo en cuenta que los regidores cumplen funciones normativas y fiscalizadoras, alega que estos habrian renunciado a tales funciones y se interesaron en la concesion de un servicio a favor de una empresa determinada, con lo cual habrian privilegiado el interes privado frente al interes publico. De otro lado, con respecto a la causal de vacancia por ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, el solicitante senala que, partiendo de la consideracion de que los regidores cumplen funciones normativas y fiscalizadoras, los regidores materia de cuestionamiento habrian renunciado a su funcion fiscalizadora al aprobar una concesion para beneficiar a una empresa en forma especifica, procedimiento que tiene un MORDAZA de seleccion para ello, ejerciendo, con ello, funciones administrativas y, por ende, se encontrarian incursos en la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM. Con respecto al pronunciamiento del concejo municipal de la Municipalidad Provincial del MORDAZA Con fecha 23 de noviembre de 2012 (fojas 77 a 99), se llevo a cabo la sesion extraordinaria, a efectos de tratar la solicitud de vacancia presentada por Wilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Namay, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Provincial del Santa. En la sesion extraordinaria MORDAZA referida, los miembros del concejo provincial rechazaron, por mayoria, la mencionada solicitud de vacancia. La votacion en dicha sesion fue de doce votos en contra de la solicitud de vacancia y dos votos a favor de la misma. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 83-2012-MPS, de fecha 23 de noviembre de 2012 (Fojas 116 a 119). Con respecto al recurso de apelacion interpuesto por Wilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 13 de diciembre de 2012, Wilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 83-2012-MPS, de fecha 23 de noviembre de 2012. En el citado medio impugnatorio, el solicitante reitero los argumentos que expuso en su solicitud de vacancia. Con respecto a la decision del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en el Expediente Nº J-201201689 Elevado el recurso de apelacion al MORDAZA Nacional de Elecciones, se dio origen al Expediente Nº J-2012-

Confirman Acuerdo de Concejo que rechazo solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA y regidores de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 828-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00828 MORDAZA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, tres de setiembre de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por Wilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 016-2013MPS, de fecha 28 de MORDAZA de 2013, que rechazo su solicitud de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Namay, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, departamento de MORDAZA, por las causales de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas e infraccion de las restricciones a la contratacion, previstas en los articulos 11 y 22, numeral 9, este ultimo concordante con el articulo 63, respectivamente, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, asi como vistos el Expediente de apelacion Nº J-2012-01689 y el Expediente de traslado Nº J-2012-01277, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Con respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 28 de setiembre de 2012 (fojas 1 a 36 del Expediente de traslado Nº J-2012-01277), Wilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Namay, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y regidores de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, al considerar que habrian incurrido en las causales de vacancia contenidas en los articulos 11 y 22, numeral 9, este ultimo concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). En la solicitud de vacancia MORDAZA referida, el solicitante manifesto que el MORDAZA y los regidores habrian incurrido en la causal de vacancia por infraccion de las restricciones de contratacion, al haber aprobado, supuestamente en forma irregular, mediante Acuerdo de Concejo Nº 013-2012-MPS, de fecha 30 de marzo de 2012, adoptado en sesion de concejo ordinaria, llevada a cabo en la fecha MORDAZA mencionada, la concesion para la administracion e imposicion de papeletas de MORDAZA por medios tecnologicos en favor de la Empresa de

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