Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2013 (14/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro del Ambiente a MORDAZA y encargan su Despacho a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCION SUPREMA N° 395-2013-PCM MORDAZA, 14 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Notificacion a las Partes CAS/FUN/ COP 19/2013 de fecha 13 de setiembre de 2013, el representante de la Secretaria de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - CMNUCC, cursa invitacion al Ministro del Ambiente a participar en las siguientes reuniones: i) la "Decimo Novena Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP19"; ii) la "Novena Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP9"; iii) la "Segunda Sesion del Grupo de Trabajo Ad Hoc de la Plataforma de Durban para una Accion Reforzada ADP 2.3", que se llevaran a cabo en la MORDAZA de Varsovia - Republica de MORDAZA, del 11 al 22 de noviembre de 2013;

Que, mediante Resolucion Legislativa N° 26185, el Peru aprobo la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico, que tiene como objetivo lograr la estabilizacion de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmosfera a un nivel que impida interferencias antropogenas peligrosas en el sistema climatico, senalandose que dicho nivel deberia lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climatico, y se asegure que la produccion de alimentos no se vea amenazada y se permita el desarrollo economico de manera sostenible; Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2002-RE de 10 de setiembre de 2002, el Peru ratifico el Protocolo de Kyoto de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico, aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 27824, el cual tiene como objetivo la reduccion de las emisiones de gases de efecto invernadero de los paises industrializados a un nivel no menor del 5%, tomando como referencia los volumenes del ano 1990, en el periodo comprendido entre 2008 y 2012; Que, de acuerdo con la decision adoptada en el MORDAZA de la Reunion Intersesional de la COP19, llevada a cabo en la MORDAZA de Bonn - Alemania, del 01 al 14 de junio de 2013, se acordo que la "Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20" y la "Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, en el ano 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAM, publicado el 16 de MORDAZA de 2013, se declaro de interes nacional la realizacion de la "Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20" y la "Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", asi como

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