Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2013 (14/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Unica.- Derogatoria Deroguense todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1013420-1

El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013

comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza aquellos contribuyentes e infractores a quienes se les MORDAZA trabado medidas cautelares efectivas firmes, tales como embargos en bancos (con informe del Banco de la retencion), embargo de arriendos a terceros, inscripcion de inmuebles en los Registros Publicos y ordenes de captura de vehiculos. Articulo TERCERO: Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer facilidades para la regularizacion de obligaciones sustanciales y/o formales, siendo aplicable para aquellos deudores que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas) y obligaciones no tributarias (multas administrativas), de periodos anteriores al Ejercicio 2013, en la instancia de cobranza ordinaria, cobranza coactiva y/o judicial. Articulo CUARTO: Plazo El plazo para acogerse a las facilidades que concede la presente Ordenanza vence el 30.NOVIEMBRE.2013. CAPITULO II DE LAS FACILIDADES Articulo QUINTO: De las deudas tributarias Las facilidades concedidas en materia tributaria se aplican de la siguiente manera: 1. De las obligaciones tributarias sustanciales: Por el pago al contado del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013 (hasta la MORDAZA cuota vencida), se condonara el 100% de los intereses moratorios de la deuda hasta el 2013, y se aplicaran descuentos escalonados en los montos insolutos de los Arbitrios Municipales: 1.1 Si mantiene deuda correspondiente al Impuesto Predial del Ejercicio 2012: a) Arbitrios 2012, tendran un descuento de 10% b) Arbitrios 2011, tendran un descuento de 20% c) Arbitrios 2010, tendran un descuento de 30% d) Arbitrios 2009, tendran un descuento de 50% e) Arbitrios de Ejercicios anteriores al 2009, tendran un descuento de 75% 1.2 Si cumple con cancelar la totalidad de su deuda por Impuesto Predial de los Ejercicios de los anos 2011 y 2012, o no registra saldo pendiente de pago para dichos ejercicios: a) Arbitrios 2012, tendran un descuento de 20% b) Arbitrios 2011, tendran un descuento de 40% c) Arbitrios 2010, tendran un descuento de 60% d) Arbitrios 2009, tendran un descuento de 90% e) Arbitrios de Ejercicios anteriores al 2009, condonacion del 100% 2. De las sanciones por incumplimiento de las obligaciones tributarias formales: Por el pago al contado del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, hasta la MORDAZA cuota trimestral vencida, se condonara el 100% de las sanciones impuestas (Multas Tributarias) y el 100% de los intereses generados. La condonacion de la Multa Tributaria no exime al obligado de cumplir con la obligacion formal pendiente. 3. De los fraccionamientos: Por el pago al contado de todas las cuotas pendientes de cancelacion de los convenios de fraccionamiento se condonara el 100% del interes moratorio y el 100% del interes de fraccionamiento no devengado al 31 de Octubre del 2013. No se incluye dentro de este beneficio los convenios de fraccionamiento a los que se les MORDAZA emitido la respectiva Resolucion de Perdida de Fraccionamiento. 4. Producto del acogimiento al presente beneficio, los administrados cuya deuda se encuentre en cobranza

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito
ORDENANZA Nº 354-MDSMP San MORDAZA de Porres, 11 de noviembre del 2013. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 11.NOVIEMBRE.2013, con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre el proyecto de Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Dictamen Nº 011-2013-CPF-SR/ MDSMP la Comision de Planificacion y Finanzas recomienda al Pleno del Concejo la aprobacion del proyecto de Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito, con el objeto de brindar a nuestros contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y, asimismo, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales; contandose al respecto con las opiniones favorable de la Gerencia de Administracion Tributaria (Informe Nº 055-2013-GAT/ MDSMP) y Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 1453-2013-GAJ/MDSMP); De conformidad con los articulos 9, inciso 9); 39 y 40 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades; articulo 41 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; con el Dictamen Nº 011-2013-CPF/MDSMP de la Comision de Planificacion y Finanzas; con el MORDAZA Mayoritario de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de al acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo PRIMERO: Ambito de aplicacion La presente Ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. Articulo SEGUNDO: Administrados que pueden acogerse al beneficio Podran acogerse al presente beneficio todos los contribuyentes e infractores, incluidos los pensionistas e inafectos, que cuenten con deudas pendientes de pago, tanto en la via ordinaria como en coactivo, no estando

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