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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (14/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Jueves 14 de noviembre de 2013 507081 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado las municipalidades son órganos de gobierno local que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002- 2013-MDCH se aprobó la Ordenanza que regula el procedimiento con fines de regularización de edificaciones existentes en el distrito de Chancay, adecuada a la Ley Nº 29090; Que, existiendo demanda de trámite por parte de los administrados para regularizar sus edifi caciones, es necesario ampliar su vigencia a fi n de que se puedan acoger la mayor cantidad de administrados a sus benefi cios; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su Inc. 9 del Art. 9º faculta al Concejo Municipal a “crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad acordó: Artículo Primero.- AMPLIAR la VIGENCIA de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2013-MDCH, de fecha 28 de febrero de 2013, por el lapso de 180 días. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente ampliación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ÁLVAREZ ANDRADE Alcalde 1012848-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL Exoneran a las personas con discapacidad debidamente empadronadas en la OMAPED, del pago de derechos por concepto de expedición de partidas del Registro Civil ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2013-MDI Imperial, 16 de setiembre del año 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha 10 de Setiembre, el Dictamen Nº 003-2013-MDI, emitido por la Comisión de Economía, Planifi cación, Presupuesto y Administración, atendiendo un pedido de la Ofi cina Municipal de Atención para las Personas con Discapacidad OMAPED, para la expedición gratuita de Partidas de Registro Civil a favor de las personas con discapacidad debidamente empadronadas en la Ofi cina de OMAPED con la fi nalidad que puedan tramitar el Documento Nacional de Identidad ante RENIEC; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Art. 84º inciso 2.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, es función específi ca exclusiva de los gobiernos locales organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; Que, corresponde al Concejo Municipal, a tenor de lo dispuesto por el Artículo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, dispositivo que concuerda con el Artículo 40º de la ley precitada que establece la aprobación de dichos actos mediante Ordenanza; Que, mediante el Informe Nº 021-2013-ASO- MDI de fecha 06 de Marzo del 2013, el responsable del Área de OMAPED remite el Ante Proyecto de Ordenanza “EXONERA DEL PAGO DE DERECHOS POR CONCEPTO DE EXPEDICIÓN DE PARTIDAS DE REGISTRO CIVIL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DEBIDAMENTE E INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE”, a las personas con Discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete. Que, mediante el Informe Nº 0104-2013/OAJ-MDI de fecha 22 de Marzo del 2013, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que es factible la aprobación del presente proyecto de ordenanza; Que, mediante el Dictamen Nº 003-2013 de fecha 09 de Setiembre del 2013, la Comisión de Economía, Planifi cación, Presupuesto y Administración dictaminó aprobar el Anteproyecto de Ordenanza de “EXONERA DEL PAGO DE DERECHOS POR CONCEPTO DE EXPEDICIÓN DE PARTIDAS DE REGISTRO CIVIL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DEBIDAMENTE E INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE”. Estando al dictamen del visto, en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; se aprobó la siguiente; ORDENANZA “EXONERA DEL PAGO DE DERECHOS POR CONCEPTO DE EXPEDICIÓN DE PARTIDAS DE REGISTRO CIVIL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DEBIDAMENTE E INSCRITAS EN EL REGISTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE” Artículo Primero.- EXONERESE del pago de derechos por concepto de expedición de partidas de Registro Civil, a las personas con Discapacidad debidamente empadronadas en la Ofi cina de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete. Artículo Segundo.- Entiéndase que el petitorio para acogerse a la presente Ordenanza es de carácter personal. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, hasta el 31 de diciembre del 2013. Artículo Cuarto.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la División de Registros Civiles. Artículo Quinto.- Encargar a Secretaria General la difusión y Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete. Regístrese comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDY CÉSAR DEL MAZO TELLO Alcalde 1013108-1