Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2013 (20/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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Los administrados que mantengan o hayan iniciado procesos judiciales (demanda contenciosa administrativa o revision judicial) sobre las multas administrativas objeto de la presente Ordenanza, deberan presentar MORDAZA fedateada del escrito de desistimiento debidamente recibido por el organo jurisdiccional que conoce el proceso. Sin perjuicio de lo anteriormente referido, el acogimiento a los beneficios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda administrativa. La Administracion de considerarlo pertinente, en los casos de los recursos presentados por los administrados vinculados a dicha sancion administrativa, podra declarar que ha operado la sustraccion de la materia. DISPOSICIONES FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 15 de diciembre del presente ano. Una vez vencido el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, las notificaciones de infraccion y las multas administrativas volveran a su estado anterior a la vigencia de la presente Ordenanza. Segundo.- Facultades del MORDAZA Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Tercero.- Cumplimiento Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Comunicaciones su difusion, a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Subgerencia de Informatica y Estadisticas, Subgerencia de Sanciones, demas unidades organicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad www. munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1016194-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 20 de noviembre de 2013

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 234-MDR que aprobo el Regimen Municipal de Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones y Sanciones
ORDENANZA Nº 356-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC: POR CUANTO: El Concejo Municipal del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 07 de noviembre de 2013, Dictamen Nº 08-2013-CARyDEL/MDR de la Comision de Administracion, Rentas y Desarrollo Economico Local, Informe Nº 701-2013-GAJ-MDR de fecha 06 de noviembre de la Gerencia de Asesoria Juridica, Memorandum Nº 156-2013/GFA-MDR de fecha 04 de noviembre de 2013 de la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa;

Que, las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, "Ley Organica de Municipalidades"; Que, a traves de la Ordenanza Nº 234-MDR se aprobo el "Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital del Rimac", que regula el procedimiento administrativo sancionador, dentro de la jurisdiccion del distrito del MORDAZA, iniciado contra los ciudadanos que incumplan las normas administrativas municipales o leyes que establezcan infracciones, cuya sancion se encuentre reservado a los gobiernos locales Que, la capacidad sancionadora de los Gobiernos Locales, se encuentra contemplada en el articulo 46º de la Ley Nº 27972, "Ley Organica de Municipalidades", en la cual se precisa que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones administrativas pertinentes; asimismo, se indica que las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias; Que, a traves de la Ordenanza Nº 332-MDR, publicado el 22 de MORDAZA de 2013 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, mediante el cual la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa se independizo de la Gerencia de Rentas, y paso a ser la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa; ademas se creo la Sub Gerencia de Control y Sanciones el cual es su inferior jerarquico, y ayudara al cumplimiento de sus funciones asignadas; Que, mediante el Memorando Nº 156-2013/GFAMDR de fecha 04 de noviembre de 2013, la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa, envia el proyecto de la "Modificacion de la Ordenanza Nº 234-MDR", que tiene por objeto modificar algunos articulos, y ademas, agregar y modificar algunas infracciones en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital del Rimac; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, "Ley Organica de Municipalidades", establece que las Ordenanzas Municipales son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal; asimismo, indica que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de la Comision de Administracion, Rentas Y Desarrollo Economico Local y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el MORDAZA mayoritario y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta; Aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 234-MDR Articulo Primero.- MODIFICAR, con el texto "Sub Gerencia de Control y Sanciones", aquellas partes de los articulos de la Ordenanza Nº 234-MDR, que digan "Sub Gerencia de Fiscalizacion Administrativa". Articulo Segundo.- MODIFICAR, con el texto "Gerencia de Fiscalizacion Administrativa", aquellas partes de los articulos de la Ordenanza Nº 234-MDR, que digan "Gerencia de Rentas". Articulo Tercero.- MODIFICAR los literales b.1) y b.2) del numeral 2 del articulo 25º de la Ordenanza Nº 234-MDR, quedando redactados en los siguientes terminos: "b.1) Clausura Transitoria.- Consiste en la prohibicion por un determinado plazo, respecto del uso de edificaciones, establecimientos o servicios para el

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