Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2013 (20/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Miercoles 20 de noviembre de 2013

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DISTRITO JUDICIAL DE CANETE · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Canete. (por MORDAZA vez) DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Lima. (por MORDAZA vez) DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Chota. · Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Cajamarca. Articulo Segundo.- Convertir a partir del 1 de diciembre del ano en curso y hasta el 31 de enero de 2014 la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, en Sala Penal de Apelaciones Transitoria en adiciones Sala Penal Liquidadora la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, con la misma competencia territorial de las MORDAZA Penales de Apelaciones Permanentes de la citada provincia. A partir del 1 de diciembre del presente ano, las MORDAZA Penales de Apelaciones existentes en la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, remitiran equitativamente en lo facultado por MORDAZA a la Sala Penal de Apelaciones Transitoria materia de conversion, los procesos pendientes de inicio a juicio oral, con el fin de equiparar la carga entre las dos MORDAZA Penales de Apelaciones y la Sala Penal de Apelaciones Transitoria de la Provincia de Cusco. La implementacion de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria de la Provincia de MORDAZA, se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados previamente a la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la citada provincia. Articulo Tercero.- Convertir a partir del 1 de diciembre del ano en curso y hasta el 31 de enero de 2014 la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tambopata y Distrito Judicial de MORDAZA de MORDAZA, en Sala Penal de Apelaciones Transitoria de la misma Provincia y Distrito Judicial. A partir del 1 de diciembre del presente ano, la carga procesal penal pendiente de liquidar de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tambopata, se remitira a la Sala Mixta de la citada provincia, cautelando el normal desarrollo de los procesos penales en liquidacion. La implementacion de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria de la Provincia de Tambopata, se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados previamente a la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tambopata. Articulo Cuarto.- Convertir a partir del 1 de diciembre del ano en curso la MORDAZA Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, en Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente de la misma Provincia y Distrito Judicial. A partir del 1 de diciembre del ano en curso, la carga procesal penal pendiente de liquidar de la MORDAZA Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, se remitira a la Primera Sala Penal Liquidadora Permanente de la citada provincia, cautelando el normal desarrollo de los procesos penales en liquidacion. A partir de la referida fecha, la Primera Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA se denominara Sala Penal Liquidadora Permanente de la citada Provincia y Distrito Judicial. A partir del 1 de diciembre del presente ano, la Primera y MORDAZA MORDAZA Penales de Apelaciones existentes en la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, remitiran equitativamente en lo facultado por MORDAZA a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente, materia de conversion, los procesos pendientes de inicio a juicio oral, con el fin de equiparar la carga entre las MORDAZA Penales de Apelaciones de la Provincia de Arequipa. La implementacion de la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados previamente a la MORDAZA Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia y Distrito Judicial de Arequipa.

Prorrogan funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 248-2013-CE-PJ MORDAZA, 30 de octubre de 2013 VISTOS: Los Oficios Nºs. 396, 399, 401, 402, 403, 407 y 408-2013-ETI-CPP/PJ, remitidos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y los Oficios N° 071-2013-CED-CSJAR-PJ, N° 4934-2013-P-CSJAN/PJ, N° 1634-2013-PJ/CSJCN/P, N° 5592-2013-P-CSJCU-PJ, N° 1776-2013-P-CSJMD/PJ, N° 4553-2013-P-CSJC/PJ y N° 1625-2013-P/CSJLI-PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Canete, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Canete, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, mediante Oficios N° 0712013-CED-CSJAR-PJ, N° 4934-2013-P-CSJAN/PJ, N° 1634-2013-PJ/CSJCN/P, N° 5592-2013-P-CSJCU-PJ, N° 1776-2013-P-CSJMD/PJ, N° 4553-2013-P-CSJC/PJ y N° 1625-2013-P/CSJLI-PJ, respectivamente, solicitan a este Organo de Gobierno la prorroga y conversiones de organos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en los informes del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 764-2013 de la MORDAZA tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales: Hasta el 30 de noviembre de 2013 DISTRITO JUDICIAL DEL MORDAZA · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia del MORDAZA DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA DE MORDAZA · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tambopata. Hasta el 31 de diciembre de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huaraz. (por MORDAZA vez)

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