Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2013 (20/11/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

507426
Que mediante la Resolucion N° 1000-2012-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de noviembre de 2012, el MORDAZA Nacional de Elecciones convoco a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para el 17 de marzo de 2013; Que de los resultados obtenidos en el MORDAZA electoral senalado precedentemente, a traves del Decreto Supremo N° 051-2013-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de MORDAZA de 2013, se convoco a Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para el dia 24 de noviembre de 2013, con la finalidad de elegir a 22 autoridades municipales para el Concejo Municipal para completar el periodo de gobierno municipal 2011 - 2014; Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar en el MORDAZA electoral convocado, deben emplear su Documento Nacional de Identidad (DNI), teniendo en cuenta su condicion de unico titulo para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el articulo 26° de la Ley N° 26497, Ley Organica del RENIEC y el articulo 88° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98PCM; Que de acuerdo a lo establecido por el articulo 37° de la acotada Ley, el Documento Nacional de Identidad tiene una vigencia de ocho (8) anos, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposicion precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo preceptuado en el articulo 95° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual senala que el Documento Nacional de Identidad que no sea renovado perdera su vigencia, no pudiendo realizar su titular, ninguno de los actos establecidos en el articulo 84° del mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el ejercicio del sufragio; Que la situacion expuesta podria limitar la participacion de los ciudadanos en los procesos electorales a realizarse el MORDAZA 24 de noviembre de 2013, resultando necesario establecer los lineamientos para privilegiar el ejercicio del derecho constitucional al sufragio y a la participacion ciudadana contenidos en el articulo 31° de la Constitucion Politica del Peru; Que la presente Resolucion Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; Que de otro lado, a traves de la Resolucion Jefatural N° 333-2013/JNAC/RENIEC (08NOV2013), se encarga con retencion de su cargo a la senora MORDAZA Magdelyn MORDAZA Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional de Registro de Identificacion y Estado Civil, del 11 al 22 de noviembre de 2013; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el Decreto Supremo N° 01598-PCM, Reglamento de Inscripciones del RENIEC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013); y SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la vigencia de los DNI caducos, o que esten por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en Nuevas Elecciones Municipales para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, hasta el MORDAZA 24 de noviembre de 2013. Articulo Segundo.- Precisar que dicha prorroga solo surtira efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1016567-1

El Peruano Miercoles 20 de noviembre de 2013

Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina Auxiliar de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA, que funciona en la Agencia Municipal ubicada en el Pueblo de Alto Perillo
RESOLUCION JEFATURAL N° 341-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 19 de noviembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 000421-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (03JUL2013) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, los Memorandos N° 000655-2013/GRC/ RENIEC (17JUL2013) y N° 000688-2013/GRC/RENIEC (24JUL2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000134-2013/GPRC/RENIEC (25OCT2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, mediante la Guia de Procedimientos GP-348GPRC/SGIRC/005, Delegacion de Funciones Registrales e Incorporacion al Sistema Registral de Oficinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Oficinas Auxiliares de Municipalidades, aprobada por Resolucion Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a Centros Poblados, Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades Distritales o Provinciales cuyas OREC u Oficinas Auxiliares han sido incorporadas al Sistema Registral; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, Provincia de Ucayali, Departamento de MORDAZA, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado el expediente para la delegacion de funciones registrales e incorporacion al Sistema Registral para una Oficina Auxiliar que funciona en su Agencia Municipal ubicada en el Pueblo de Alto Perillo, habiendo sido calificado positivamente por la Subgerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados, Comunidades Nativas y Oficinas Auxiliares de Municipalidades Distritales y Provinciales; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.