Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2013 (26/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Martes 26 de noviembre de 2013

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CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del texto Unico ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, conforme lo senala el MORDAZA parrafo del articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente los gobiernos locales pueden condonar; con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas - GATYR, mediante Informe Nº 054-2013-GATYR/MDCH sostiene que existe la necesidad de establecer beneficios dirigidos a promover el pago voluntario de las obligaciones tributarias vencidas con mas flexibilidad, sin intereses y multas; Que, actualmente existen deudas tributarias de anos anteriores pendientes de pago, las mismas que requieren un tratamiento especial considerando la actual situacion economica por la que atraviesa el pais; Que, es objeto de la actual Administracion brindar a los contribuyentes de la jurisdiccion de Chaclacayo las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, MORDAZA de naturaleza tributaria; Que, mediante Informe Nº 0246-2013/MDCH-GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es viable que el Concejo Municipal de Chaclacayo apruebe "la Ordenanza municipal de Beneficios Tributarios con Deuda Cero 2013", con la finalidad que cumplan con sus obligaciones tributarias pendientes de pagos derivadas del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias y con el pago de las obligaciones derivadas de las deudas no tributarias, provenientes de Servicio de Agua Potable, Multas administrativas y Multas de sancion; Estando por lo expuesto en el Informe Nº 0245-2013GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal y en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipales - Ley Nº 27972, con el MORDAZA Unanime y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente: Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza de Beneficios Tributarios y no Tributarios en el Distrito de Chaclacayo ­ Feliz Navidad ­ Deuda Cero, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza y consta de 10 Articulos, cuyo texto integro forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER que de conformidad con el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicacion del presente dispositivo legal, se realiza sin sus anexos en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- FACULTESE al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza, asi mismo prorrogue la vigencia de la presente norma. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, debera realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicacion e implementacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza, la Gerencia de Administracion y Finanzas debera prestar todo el apoyo economico y logistico para su implementacion, la Unidad de Imagen Institucional y la Division de Participacion Vecinal seran las encargadas de la difusion respectiva en el distrito y la Unidad de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, encargada de los respectivos procesos en el Sistema Tributario Municipal y su publicacion en el MORDAZA institucional (www.munichaclacayo. gob.pe); asi como de las demas areas de la Municipalidad en lo que les fuera pertinente. Articulo Quinto.- Deroguese o dejese sin efecto todas las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

CONSIDERANDO: Que, el articulo 24º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales realizaran dos Audiencias Publicas al ano, una en la capital de la Region y otra en una Provincia en las que MORDAZA cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 020-2011GRA/CR, de fecha 20 de agosto de 2011, se aprueba el Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Publicas Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2012GRA/CR, de fecha 31 de MORDAZA de 2012, se modifica el Reglamento aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 020-2011-GRA/CR de fecha 20 de agosto de 2011, para el Desarrollo de Audiencias Publicas Regionales del Gobierno Regional de MORDAZA, el cual en su articulo 9º establece que la convocatoria para la Audiencia Publica Regional sera realizada por la Presidencia Regional aprobada mediante Decreto Regional. Que, siendo politica del Gobierno, llevar a cabo una Gestion Publica Regional basada en principios de eficiencia, transparencia y de compromiso con el desarrollo de la Region MORDAZA, se ha visto por conveniente, modificar la fecha de realizacion de la II Audiencia Publica Regional de Rendicion de Cuentas 2013, aprobada con el Decreto Regional Nº 003-2012-GRA/PRES. En uso de las atribuciones conferidas, el Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR, la fecha de realizacion de la II Audiencia Publica Regional de Rendicion de Cuentas 2013 del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme se describe a continuacion: - 2da. Audiencia Publica Regional en la MORDAZA de MORDAZA, el dia viernes 20 de diciembre de 2013, a las 09:00 a.m. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicaciones y la Unidad de Informatica del Gobierno Regional de MORDAZA, la publicacion y difusion de la convocatoria de las audiencias Publicas Regionales para el Ano Fiscal 2013. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR el presente Decreto al Consejo Regional, Gerentes y Directores Regionales, Directores Regionales Sectoriales, Directores Sub Regionales y Unidades Operativas, Consejo de Coordinacion Regional, demas instancias tecnico ­ administrativo del Gobierno Regional de MORDAZA, y a toda dependencia que corresponda, para su cumplimiento. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA OSCORIMA NUNEZ Presidente 1018908-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 299-MDCH Chaclacayo, 14 de noviembre de 2013 Visto: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 005-2013-CATR/MDCH de fecha 07 de Noviembre de 2013, de la Comision de Rentas; y,

MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 1019093-2

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