Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2013 (27/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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Que, mediante Oficio Nº 6489-2013-MTC/15.03 de fecha 25 de septiembre del 2013 y notificado el 28 de septiembre del 2013, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 150528 de fecha 15 de octubre del 2013, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el considerando precedente; Que, de acuerdo al Informe Nº 1698-2013-MTC/15.03. AA.vh, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 del articulo 6º de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa VISION Y VANGUARDIA S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa VISION Y VANGUARDIA S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion o el cambio de motor gasolinero diesel o GLP por otro dedicado a GNV a vehiculos de las categorias M1, M2, y M3 en el local ubicado en la Av. MORDAZA de MORDAZA Nº 4250 Urb. La Virreyna, Distrito de MORDAZA de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- La empresa VISION Y VANGUARDIA S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: Fecha MORDAZA de MORDAZA 01 de septiembre del 2014 01 de septiembre del 2015 01 de septiembre del 2016 01 de septiembre del 2017 01 de septiembre del 2018
ACTO

El Peruano Miercoles 27 de noviembre de 2013

Fecha MORDAZA de MORDAZA 19 de agosto del 2016 19 de agosto del 2017 19 de agosto del 2018

Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1018099-1

Autorizan a San MORDAZA del Peru S.A.C. cambiar el local donde funcionan sus oficinas administrativas, aulas de ensenanza y taller por otro ubicado en el distrito El MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5068-2012-MTC/15 MORDAZA, 17 de diciembre de 2012 VISTO:

ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller

El Parte Diario Nº 111407, presentado por la empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU SAC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1194-2011MTC/15 de fecha 05 de MORDAZA de 2011, se autorizo a la empresa denominada SAN MORDAZA DEL PERU SAC, con RUC Nº 20495109004 y domicilio en Avenida Mariscal MORDAZA MORDAZA Nº 458, 2º y 3º piso, Distrito de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Huamanga, Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario Nº 111407 de fecha 10 de setiembre de 2012, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 1194-2011-MTC/15, cambiando la ubicacion de las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teoricopractica de mecanica, por el local ubicado en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 403 (2do piso), Distrito El MORDAZA, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho;

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 del articulo 6º de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa VISION Y VANGUARDIA S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion o contratacion de una nueva poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 19 de agosto del 2014 19 de agosto del 2015

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