Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2013 (27/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 27 de noviembre de 2013

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Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). El hecho en que fundamento su solicitud de vacancia, fue que el MORDAZA cuestionado se habria ausentado de la jurisdiccion, desde el 25 de diciembre de 2012 hasta el 8 de febrero del 2013, periodo durante el cual no acudio a despachar, ni cumplio con las funciones propias de su cargo, acreditando tal hecho con una constatacion realizada por el primer accesitario del juez de paz de Cochabamaba, el 8 de febrero de 2013 (folio 7). El solicitante manifesto tambien que el MORDAZA cuestionado habria falsificado 2 actas de sesiones ordinarias, con ayuda del secretario de la municipalidad, aparentando que estuvo presente en las mismas. Las actas supuestamente falsificadas corresponderian a las sesiones realizadas el 10 y 30 de enero de 2013, y obran a folios 21 al 24. En dichas actas no aparecen las firmas de los asistentes. Esta solicitud fue remitida a la Municipalidad Distrital de Cochabamba, mediante Auto Nº 01 del Expediente Nº J-2013-00390, el 4 de MORDAZA de 2013. Sobre los descargos formulados por el MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA Tenio Mediante escrito de descargo presentado ante la Municipalidad Distrital de Cochabamba, el 17 de junio de 2013 (fojas 37 a 47), la autoridad MORDAZA cuestionada argumento que: a) Mediante Memorando Nº 023-2012-AMD-COBBA/ HBBA-HCO (fojas 61), dejo encargada la municipalidad al MORDAZA regidor, Gedalias MORDAZA Ascencios, pues debia realizar actividades de coordinacion con diferentes instituciones del Estado, tanto en MORDAZA como en Lima. b) El 4 de enero de 2013 fue internado de emergencia en el Hospital Nacional 2 de MORDAZA, en la MORDAZA de MORDAZA, por ello al no saber con exactitud cuando seria dado de alta, remitio el 5 de enero de 2013, una carta a la Municipalidad Distrital de Cochabamba (fojas 71) solicitando se le conceda licencia por motivo de salud, y adjuntando los documentos que justificaban su hospitalizacion. c) Al ser dado de alta el 29 de enero de 2013, asistio, en representacion de la municipalidad, a la reunion convocada por el Ministerio de Energia y Minas en MORDAZA el 4 y 5 de febrero de 2013, y a la reunion que se desarrollo en MORDAZA, el 7 y 8 del mismo mes y ano, convocada por el Ministerio de Vivienda. Sobre el pronunciamiento del Concejo Distrital de Cochabamba Efectuada la votacion, en la sesion extraordinaria realizada el 19 de junio de 2013 (fojas 90 y 91), el concejo municipal acordo rechazar la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA Tenio en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cochabamba, por unanimidad de los asistentes. Sobre el recurso de apelacion Al no estar de acuerdo con la decision del concejo distrital, y dentro del plazo establecido en articulo 23 de la LOM, el 9 de MORDAZA de 2013, MORDAZA Lirion Cubos, solicitante de la vacancia, interpuso recurso de apelacion (folios 92 y 93) reiterando los fundamentos de su solicitud. CUESTION EN DISCUSION En el presente caso, la materia controvertida consiste en determinar si el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tenio ha incurrido en la causal de declaratoria de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 4, de la LOM. CONSIDERANDOS El debido MORDAZA en los procedimientos de vacancia de autoridades municipales 1. El procedimiento de vacancia de alcaldes y regidores de los concejos municipales esta compuesto por una serie de actos encaminados a demostrar la

Peru, y valorando todos los medios probatorios, concluye que se debe declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Nina. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N.° 016-2013-C/MPCI, adoptado en la sesion del 4 de MORDAZA de 2013, que rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de Deyci MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidora de la Municipalidad Provincial de El CollaoIlave, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- REMITIR lo actuado a la Contraloria General de la Republica, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente resolucion, a efectos de que actue conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese, publiquese SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1019642-1

Declaran nulo acuerdo de concejo que rechazo solicitud de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cochabamba, provincia de Huacaybamba, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 872-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0883 COCHABAMBA - HUACAYBAMBA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, diecinueve de setiembre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Lirion Cubos, contra el acuerdo de concejo adoptado en la sesion extraordinaria del 19 de junio de 2013, que desestimo su solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA Tenio, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cochabamba, provincia de Huacaybamba, departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA Lirion Cubos El 1 de MORDAZA de 2013, MORDAZA Lirion Cubos solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA Tenio, en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cochabamba (folios 08 al 11), por haberse ausentado de la jurisdiccion por mas de cuarenta y nueve dias consecutivos, sin autorizacion del Concejo Municipal, incurriendo con ello en la causal contemplada en el numeral 4, del articulo 22 de la Ley

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