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El Peruano Miércoles 27 de noviembre de 2013 507817 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD. ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Designan Gerente de la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 065-2013-SUCAMEC Lima, 26 de noviembre de 2013 VISTO: El documento de fecha 26 de noviembre de 2013, presentado por el señor José Luis Terán Salirrosas, el Memorando Nº 043-2013-SUCAMEC-GG, de fecha 26 de noviembre de 2013 y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en el diario ofi cial El Peruano, el 07 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones. 2. Con fecha 04 de abril de 2013, se publicó en el diario ofi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 004- 2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, vigente a partir del 04 de mayo de 2013. 3. Según Resolución Suprema Nº 064-2013-IN, publicada en el diario ofi cial El Peruano, el 26 de junio de 2013, se designa al Superintendente Nacional de la SUCAMEC. 4. Mediante Resolución de Superintendencia Nº 031- 2013/SUCAMEC, de fecha 19 de setiembre de 2013, se designó al señor José Luis Terán Salirrosas, en el cargo de Gerente de la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos. 5. Con documento de fecha 26 de noviembre de 2013, el señor José Luis Terán Salirrosas presenta ante esta Superintendencia Nacional su renuncia al cargo de Gerente de la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos. 6. Conforme al literal g) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, es función del Gerente General proponer al Superintendente Nacional las acciones de personal que considere pertinentes. 7. Según Memorando Nº 043-2013-SUCAMEC-GG, de fecha 26 de noviembre de 2013, el Gerente General de la SUCAMEC propone a esta Superintendencia Nacional a la persona que ocupará las funciones de la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos. 8. El artículo 15, literal p) del Decreto Legislativo Nº 1127, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, ejercer las funciones y atribuciones que le correspondan con arreglo a la normatividad aplicable. 9. Se ha estimado conveniente aceptar la renuncia formulada por el señor José Luis Terán Salirrosas en el cargo de Gerente de la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos; y, a su vez designar a la persona que ocupará dichas funciones, según la propuesta formulada por el Gerente General en el Memorando Nº 043-2013- SUCAMEC-GG, de fecha 26 de noviembre de 2013. 10. De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, la Resolución Suprema Nº 064-2013-IN y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN. SE RESUELVE: 1. Aceptar, a partir de la fecha de la presente Resolución de Superintendencia, la renuncia formulada por el señor José Luis Terán Salirrosas, al cargo de Gerente de la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos, contenida en la Resolución de Superintendencia Nº 031-2013-SUCAMEC, dándosele las gracias por la labor desempeñada. 2. Designar, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución de Superintendencia, al señor Piero Miguel Vásquez Villalobos, en las funciones FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN