Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2013 (28/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 4º.- El responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de PROMPERU, el mismo dia de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, debera hacer la publicacion correspondiente en el MORDAZA Institucional y MORDAZA de Transparencia de la Entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARACELLY LACA MORDAZA Director Ejecutiva (e)

El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013

1019734-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales - FONIE en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 292-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792 - Ley de creacion, organizacion y funcionamiento del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, compete a este Ministerio, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusion social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la politica social universal, regular, de competencia sectorial; asi como dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales en materia de desarrollo e inclusion social; Que, por su parte, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social se encuentra a cargo del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), el cual tiene la finalidad de financiar la elaboracion de estudios de pre inversion, ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, para la ejecucion de la infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales, en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50% de hogares en MORDAZA de inclusion conforme a lo determinado por el citado Ministerio, asi como en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de influencia de estos, con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que, en dicho contexto, el citado dispositivo autoriza a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a depositar hasta SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000 000,00), en una cuenta de caracter intangible, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre del 2012, y dispone que los recursos del FONIE se incorporan o transfieren mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y Desarrollo e Inclusion Social, a propuesta de este ultimo, detallando los estudios de pre inversion y/o

proyectos de inversion publica, los montos de financiamiento y el destinatario de los recursos, segun el procedimiento que se establece en el reglamento del FONIE; Que, de acuerdo con los articulos 7 y 9 del Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-MIDIS, compete a la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE, bajo el ambito del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la funcion de evaluar y aprobar las solicitudes presentadas por los sectores para el financiamiento de la pre inversion, inversion y/ o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto elaborara la lista priorizada de las solicitudes aprobadas; Que mediante Informe Nº 019-2013-MIDIS/VMPES/ FONIE/ST, la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE aprobo, en el MORDAZA de sus competencias, una MORDAZA lista de intervenciones a ser financiadas con recursos del FONIE a favor de los pliegos Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y Ministerio de Transportes y Comunicaciones; determinandose el financiamiento, entre otros, de 358 intervenciones en infraestructura; Que, mediante Informe Nº 115-2013-MIDIS/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en su calidad de organo tecnico competente en materia presupuestal, emitio opinion favorable sobre las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, a favor de los Pliegos Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, para la elaboracion de estudios de pre inversion, ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento, en materia de infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales; Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ha solicitado la incorporacion de recursos del FONIE, via Credito Suplementario por un monto total ascendente a CIENTO VEINTIUN MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 121 048 295,00), correspondiendo al Ministerio de Energia y Minas, la suma de SEIS MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 178 177,00), al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 88 573 391, 00), y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la suma de VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 296 727,00), destinados al financiamiento de 358 intervenciones en infraestructura de Servicios; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; y el Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-MIDIS; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de CIENTO VEINTIUN MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 121 048 295,00), para financiar la ejecucion de 358 intervenciones en infraestructura de servicios, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley Nº 29951, y el Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-MIDIS, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO (Articulo 23 de la Ley Nº 29951, Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE) En Nuevos Soles 5 : Recursos Determinados

TOTAL INGRESOS

121 048 295,00 ---------------------121 048 295,00 =============

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