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El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013 507866 nuevos soles) correspondiente al Aporte del Programa a favor de organismos públicos, de veintitrés (23) proyectos de la Acción de Contingencia AC-61; Que, mediante Memorando Nº 184-2013-TP/DE/ UGPPME-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, en el marco de los proyectos de la Acción de Contingencia AC-61, otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario - CCP N° 202-2013-MTPE/4/11, por la suma total de S/. 2 081 354.18 (Dos millones ochenta y un mil trescientos cincuenta y cuatro con 18/100 nuevos soles), correspondiente a veintitrés (23) convenios en el marco de los proyectos de la Acción de Contingencia AC- 61; Que, a través del Informe Nº 338-2013-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos remite veintitrés (23) convenios, por un monto de S/. 2 081 354.18 (Dos millones ochenta y un mil trescientos cincuenta y cuatro con 18/100 nuevos soles), los cuales están consignados en el cuadro consolidado denominado “Relación de Proyectos de la Acción de Contingencia AC- 61” anexo al citado informe, correspondiendo solicitar las transferencias fi nancieras a favor de los referidos organismos ejecutores públicos; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Gerente (e) de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Gerente de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; y, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de veintitrés (23) convenios en el marco de los proyectos de la Acción de Contingencia AC-61, por la suma de S/. 2 081 354.18 (Dos millones ochenta y un mil trescientos cincuenta y cuatro con 18/100 nuevos soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo. gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1019979-1 Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Promoción del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 037-2013-MTPE/3 Lima, 26 de noviembre de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 721-2013-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y el Proveído N° 3352-2013-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema; Que, el artículo 23° del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado por Resolución Ministerial N° 226- 2012-TR, establece entre otros, que la Unidad Gerencial de Promoción está a cargo de un Gerente, quien es designado por Resolución Viceministerial del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; Que, la designación que refi ere el considerando precedente, no se encuentra comprendido en lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del poder ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Promoción del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el referido cargo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del artículo 26° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal b) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; y el artículo 23° del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor RUFFO VEGA VIZCARRA, como Gerente de la Unidad Gerencial de Promoción del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR QUISPE REMÓN Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral 1019979-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Transportes Beizaga Hnos S.A.C. impartir cursos de capacitación en su calidad de Escuela de Conductores Integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4563-2013-MTC/15 Lima, 30 de octubre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 134209 y 158127, presentados por la empresa denominada TRANSPORTES BEIZAGA HNOS S.A.C. – TRABE S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de