Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2013 (28/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013

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Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno las referidas profesionales deberan presentar un informe detallado, dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las actividades a la que acudiran y la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

Que, de lo informado por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas-DIGEMID, la inspeccion solicitada para la obtencion del Certificado de Buenas Practicas de Manufactura (BPM), se llevara a cabo del 2 al 6 de diciembre de 2013, en el Estado de Maharashtra (Nasik), Republica de la India; Que, con Memorando Nº 3201-2013-OGA/MINSA, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, informa que el viaje de las Quimicas Farmaceuticas MORDAZA MORDAZA Quinte MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Urrutia MORDAZA y MORDAZA Melida MORDAZA MORDAZA, al Estado de Maharashtra (Nasik), Republica de la MORDAZA, para que realicen la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) del Laboratorio GLENMARK PHARMACEUTICALS LTD., cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, considerando que la inspeccion para la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) se realizaran en el Estado de Maharashtra (Nasik), Republica de la MORDAZA, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisicion de pasajes en tarifa economica, y cinco (5) dias de viaticos, mas dos (2) dias por gastos de instalacion, para tres (3) personas; Que, mediante Informe N° 530-2013-EGC-ODRHOGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinion favorable respecto de la autorizacion del viaje de los referidos profesionales; senalando que se enmarca dentro de las normas que regulan la materia; Que, en tal sentido considerando que la empresa GLENMARK PHARMACEUTICALS PERU S.A., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago de la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) a la que hace referencia la Ley N° 29459, Ley de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de los profesionales que estaran a cargo de realizar la inspeccion al Laboratorio GLENMARK PHARMACEUTICALS LTD., ubicado en el Estado de Maharashtra (Nasik), Republica de la India; Que, conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; en la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Publicos, y su modificatoria, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, y en la Directiva Administrativa N° 165-MINSA/DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolucion Ministerial N° 737-2010/MINSA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de las Quimicas Farmaceuticas MORDAZA MORDAZA Quinte MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Urrutia MORDAZA y MORDAZA Melida MORDAZA MORDAZA, profesionales de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, al Estado de Maharashtra (Nasik), Republica de la MORDAZA, del 28 de noviembre al 8 de diciembre de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes-tarifa economica (incluido TUUA, para 3 personas) : - Viaticos por 7 dias (para 3 personas) : Total $ 8,335.02 $ 10,500.00 ------------: $ 18,835.02

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" a favor de organismos ejecutores del sector publico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 219-2013-TR
MORDAZA, 26 de noviembre de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 184-2013-TP/DE/ UGPPME-UPP, de la Unidad de Planificacion y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificacion, Presupuesto, Monitoreo y Evaluacion; el Informe Nº 338-2013-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Tecnica y Evaluacion de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Informe N° 556-2013TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoria Legal; el Oficio N° 710-2013-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la poblacion desempleada y subempleada de las areas urbanas y rurales, en condicion de pobreza y pobreza extrema; Que, el literal a) del numeral 12.1 del articulo 12° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza la realizacion de manera excepcional, de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolucion del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el articulo 29° del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 226-2012-TR, precisa que la ejecucion de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, asi como a MORDAZA de cooperacion, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, con Resolucion Directoral N° 058-2013-TP/DE, de fecha 02 de octubre de 2013, se aprueba el financiamiento por la suma de S/. 2 155 722.73 (Dos millones ciento cincuenta y cinco mil setecientos veintidos con 73/100

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