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El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013 507871 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Director Ejecutivo, Nivel F-3 de la Oficina Ejecutiva de Logística de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 300-2013-J-OPE/INS Lima, 27 de noviembre 2013 VISTOS: El expediente con Registro Nº 20446-2013; el Informe Nº 174-2013-OGA/INS, de fecha 26 de noviembre de 2013, emitida por el Director General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 171-2013- J-OPE/INS de fecha 12 de julio de 2013, se encargó al Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial, Robert Antonio Chirre Evangelista en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-3 de la Ofi cina Ejecutiva de Logística del Instituto Nacional de Salud; Que, a través del Informe de vistos, el Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, comunica que por convenir al servicio resulta necesario dar por concluida la encargatura del funcionario mencionado en el párrafo precedente, proponiendo designar al Lic. Adm. José María Francisco Chiappe Gutiérrez, quien ocupará dicho cargo; Con las visaciones del Sub Jefe, del Director General de la Ofi cina General de Administración, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Técnica, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Personal del Instituto Nacional de Salud; y De conformidad con lo establecido en el artículo 77 y 82º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM y en el artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha de publicación, la encargatura del Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial, Robert Antonio Chirre Evangelista en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-3 de la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, efectuada mediante la Resolución Jefatural Nº 171-2013-J-OPE/INS, de fecha 12 de julio de 2013, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución; debiendo retornar a su plaza de origen. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha de publicación, al Lic. Adm. José María Francisco Chiappe Gutiérrez, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-3 de la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Información y Sistemas, la actualización del Directorio Institucional que aparece en la página web www.ins. gob.pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a todas las unidades orgánicas de la Institución, al personal comprendido y a sus legajos personales. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR A. CABEZAS SÁNCHEZ Jefe Instituto Nacional de Salud 1020190-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban desafectación de su condición de dominio público de predio ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, a fin de que se incorpore al dominio privado del Estado SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 097-2013/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 22 de noviembre de 2013 Visto el Expediente Nº 130-2011/SBN-SDDI, en el que se sustenta el trámite de desafectación de dominio público del predio de propiedad de 524,50 m², constituido por el Lote Nº 08, Manzana A de la Urbanización “Las Viñas de San Antonio”, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, en mérito a la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, así como al Decreto Supremo Nº 058- 2011-PCM, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, el Ministerio de Educación es titular registral del predio de 524,50 m², constituido por el Lote Nº 08, Manzana A de la Urbanización “La Viñas de San Antonio”, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 12075594 del Registro de Predios de Lima y anotado en el Registro SINABIP Nº 17316 correspondiente al departamento de Lima, el mismo que tiene la condición de aporte reglamentario por proceso de habilitación urbana, por lo que de conformidad con lo contemplado en el literal a), numeral 2.2 del artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio público; Que, mediante el Ofi cio Nº 657-2011/ME-SG de fecha 21 de julio de 2011, la Secretaría General del Ministerio de Educación solicitó a esta Superintendencia la desafectación de dominio público del predio señalado en el párrafo precedente, adjuntando para tal efecto el Informe Nº 363-2009-ME/VMGI-OINFE elaborado por la Ofi cina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, el cual señala que el predio descrito en el segundo considerando de la presente Resolución, resultaba insufi ciente para considerar la construcción de la infraestructura de un centro de educación primario estatal, quedando cubierta dicha necesidad en la urbanización con el lote ubicado en la Manzana G, Lote Nº 10-B; asimismo, manifi estan que el uso que se le viene dando al predio es de vivienda, encontrándose cercado y en posesión de terceros;