Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2013 (17/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013

504997
Que, con fecha 18 de MORDAZA de 2012, la CBP absolvio el requerimiento formulado por la Unidad de Origen, remitiendo por correo electronico los reportes de las visitas de sus funcionarios a las instalaciones de la empresa exportadora y de las empresas que, segun la informacion que consta en los certi cados de origen emitidos, habrian fabricado las mercancias textiles bajo veri cacion; Que, los mencionados reportes concluyeron que no existe informacion que sustente el cumplimiento de la normativa en materia de origen establecida por el APC Peru-EEUU de las mercancias textiles sujetas a veri cacion, amparadas por los Certi cados de Origen N° 5292011959-1, 5292011959-2, 5292011959-3 y 5292011959-4 y exportadas al Peru por la empresa N&M; Que, el articulo 4.17 del APC Peru-EEUU establece que cada Parte dispondra que un exportador o un productor en su territorio, que proporcione una certi cacion de origen, conserve por un minimo de cinco (5) anos, a partir de la fecha de emision de la certi cacion, todos los registros necesarios para demostrar que la mercancia para la cual el productor o exportador proporciono una certi cacion, era una mercancia originaria, incluyendo los registros relativos a la adquisicion, los costos, el valor y el pago por la mercancia exportada asi como de los materiales, incluyendo los indirectos, utilizados en su produccion; Que, la Unidad de Origen realizo un exhaustivo analisis de la informacion remitida por la CBP y de toda la documentacion obrante en el expediente, emitiendose a partir de ello el Informe N° 7-2013-MINCETUR/VMCE/UOJB de fecha 21 de enero de 2013, en el que se recomendo remitir a la empresa N&M un aviso comunicandole la intencion de emitir una determinacion negativa respecto del origen de las mercancias textiles objeto de veri cacion. Asimismo, se recomendo o ciar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria - SUNAT a n de que suspenda la aplicacion de preferencias arancelarias a las mercancias textiles exportadas por la empresa N&M, conforme a lo dispuesto en el articulo 3.2.7 (a) del APC Peru-EE.UU. y el parrafo 11.1 del articulo 11 del Reglamento. Que, posteriormente, se remitio a la empresa N&M el O cio N° 75-2013-MINCETUR/VMCE/UO, con el que se adjunto una MORDAZA del Informe N° 7-2013-MINCETUR/ VMCE/UO-JB y se le comunico la intencion de emitir una determinacion negativa respecto del origen de las mercancias textiles objeto de veri cacion. Dicho documento fue noti cado a la mencionada empresa el 28 de enero de 2013, segun consta en el documento denominado "Reporte de Entrega Internacional" obrante a fojas 140 del expediente Que, con el O cio N° 76-2013-MINCETUR/VMCE/UO se instruyo a la SUNAT a n de que suspenda el trato arancelario preferencial a las importaciones de mercancias textiles clasi cadas en las subpartidas arancelarias 5208.599000, 5209.320000, 5209.390000, 5209.520000, 5210.590000, 5407.540000, 5407.690000, 5407.940000, 5513.410000, 5515.110000, 5801.360000, 5810920000, 6004.100000 y 6006.340000, en las que se consigne a la empresa N&M como exportadora; Que, mediante Informe N° 61-2013-MINCETUR/ VMCE/UO-JB de fecha 6 de junio de 2013, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion, la Unidad de Origen concluyo que, pese a que ha transcurrido en exceso el plazo de treinta (30) dias calendario concedido a N&M, esta no ha presentado ningun comentario escrito o informacion adicional respecto de lo concluido en el Informe N° 7-2013-MINCETUR/VMCE/UO-JB; Que, por consiguiente, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 14.3 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-MINCETUR, corresponde determinar que las mercancias sujetas a veri cacion, exportadas al Peru por la empresa N&M con la factura Comercial N° 959 de fecha 29 de MORDAZA de 2011 y clasi cadas en las subpartidas arancelarias 5208.599000, 5209.320000, 5209.390000, 5209.520000, 5210.590000, 5407.540000, 5407.690000, 5407.940000, 5513.410000, 5515.110000, 5801.360000, 5810.920000, 6004.100000 y 6006.340000, no cali can como originarias de los Estados Unidos; Que, considerando lo senalado en el parrafo precedente y de conformidad con lo dispuesto en el parrafo 3(a)(i) del Articulo 3.2 del APC Peru-Estados Unidos, no es posible determinar que las solicitudes de origen que ampararon

y el Reglamento del Procedimiento de Veri cacion de Mercancias Textiles o del Vestido establecido conforme al Acuerdo de Promocion Comercial suscrito entre el Peru y los Estados Unidos (en adelante el Reglamento), aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009MINCETUR, respecto de las mercancias textiles incluidas en los MORDAZA siguientes: · Certi cado de Origen N° 5292011959-1:
Item (factura) 22 Mercancia Partida arancelaria Partida Productor Criterio arancelaria de origen segun analisis

Tejidos de Duck Est 5208.59.90.00 5210.59.00.00 54-60'' 100% algodon; segundas en rollos; 175 g/m2; 16860 yardas Saldos de tejidos 5801.36.00.00 tapicerias Est y lisos 54'' 60% polyester/40% algodon; segundas en rollos; 225 g/m2; 11488 libras Fayette Trading 4.1(b)

23a

· Certi cado de Origen N° 5292011959-2:
Item (factura) 41 Mercancia Partida arancelaria Productor Criterio Partida de arancelaria origen segun analisis 5209.52.00.00

Tejidos de Twill 5209.32.00.00 Lycrada Est 52/54'' 98% algodon/2% lycra; segundas en rollos; 175 g/m2; 2008 yardas Saldos de tejidos Spandex 6004.10.00.00 45-60'' 95% polyester/5% spandex; segundas; 1-16 yd pcs; 200 g/m2; 10539 libras

9A

6004.10.00.00

Darlington 4.1(b)

· Certi cado de Origen N° 5292011959-3:
Item (factura) 3 Mercancia Partida arancelaria Productor Criterio Partida de arancelaria origen segun analisis 5407.54.00.00

Tejidos de Poly 5407.69.00.00 Algodon Est 58/60'' 80% polyester/20% Algodon; segundas en rollos; 115 g/m2; 11393 yardas

10-...

Tejidos de Algodon 5513.41.00.00 6004.10.00.00 Est 98-102'' 47% algodon/53% polyester; segundas en rollos; 104 g/m2; 7665 yardas Tejidos de Polyester Est 5407.54.00.00 5407.54.00.00 108'' 100% polyester; segundas en rollos; 150 g/m2; 2543 yardas

Myletex 4.1(b) International

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· Certi cado de Origen N° 5292011959-4:
Item (factura) Mercancia Partida arancelaria Productor Criterio Partida de arancelaria origen segun analisis -

7

6

30s

Tejidos de MORDAZA MORDAZA solidos 5515.11.00.00 60'' 84% polyester/16% rayon; segundas en rollos; 206 g/m2; 2540 yardas Tejidos de MORDAZA bordados 60'' 5515.11.00.00 5810.92.00.00 84% polyester/16% rayon; Burlington 4.1(b) segundas en rollos; 206 g/ Industries m2; 3975 yardas Tejidos de polyester MORDAZA 5407.52.00.00 solidos 60'' 100% polyester; segundas en rollos; 175 g/ m2; 5379 yardas

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