Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2013 (17/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29953 ­ Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprueba, entre otros, los montos maximos y destinos generales de las operaciones de endeudamiento externo que puede acordar el Gobierno Nacional para el sector publico durante el Ano Fiscal 2013; Que, el numeral 4.3 del articulo 4 de la Ley Nº 29952 ­ Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que, cuando luego de la evaluacion periodica de los recursos previstos en la fuente de nanciamiento recursos por operaciones o ciales de credito considerados en el articulo 1 de la referida Ley, resulte necesario realizar modi caciones presupuestarias en el nivel institucional incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplica el mecanismo de aprobacion legal establecido en el numeral 4.1 del citado articulo, el cual senala que su aprobacion se efectua mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 262-2012-EF, se aprobo la Operacion de Endeudamiento Externo con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US $ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a nanciar parcialmente el Proyecto "Mejoramiento de la Calidad de Educacion Superior", el mismo que requiere como parte de la ejecucion para el presente ano scal la suma de S/. 1 700 000,00 (UN MILLON SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), motivo por el cual el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE ha solicitado una transferencia de partidas del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a favor del Pliego 117 Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad Educativa, con cargo a la fuente de nanciamiento Recursos por Operaciones O ciales de Credito; Que, en el MORDAZA de lo indicado en el considerando precedente, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ante el requerimiento del SINEACE ha expresado mediante O cio N° 1362-2013-JUS/OGPP-OPRE su opinion favorable para el inicio de la transferencia de MORDAZA presupuestal del Ano Fiscal 2013, de la fuente de nanciamiento Recursos por Operaciones O ciales de Credito, hasta por la suma de S/. 1 700 000,00 (UN MILLON SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los Proyectos 2.159337: Gestion del Programa y otros por S/. 1 400 000,00 (UN MILLON CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), y 2.159997: Mejoramiento de la Plataforma Tecnologica de Informacion y Comunicacion del Consejo Nacional de la Magistratura por S/. 300 000,00 (TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); los mismos que cuentan con nanciamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a traves del contrato de prestamo Nº 2534/OC-PE; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29953 ­ Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 1 700 000,00 (UN MILLON SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el nanciamiento del proyecto "Mejoramiento de la Calidad de Educacion Superior", de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA Gobierno Central 006 : Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 003 : Programa Modernizacion del Sistema de Administracion de Justicia En Nuevos Soles

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013

ACCIONES CENTRALES PROYECTO 2159337 : Gestion del Programa y Otros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O ciales de Credito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos No Financieros PROYECTO 1 400 000,00

2159997 : Mejoramiento de la Plataforma Tecnologica de Informacion y Comunicacion del Consejo Nacional de la Magistratura

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O ciales de Credito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS 300 000,00 ------------------1 700 000,00 ===========

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO Gobierno Central

En Nuevos Soles

117 : Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad Educativa UNIDAD EJECUTORA 002 : Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Superior ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.177400 : Mejoramiento de la Calidad de Educacion Superior

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O ciales de Credito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS 1 700 000,00 ------------------1 700 000,00 ===========

Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente decreto supremo. MORDAZA de la resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La O cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codi caciones que se requieran, como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos - Finalidades - y Unidades de Medida. 2.3 La O cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modi cacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a nes distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro

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