TEXTO PAGINA: 78
El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013 505068 directamente a los vecinos que transitan o domicilian por los alrededores de las obras de edi¿ cación, por lo que, expresa su conformidad con la presente propuesta de Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 1367-2013-SGF-GSCGRD- MSS del 29.08.2013, la Subgerencia de Fiscalización, emite opinión proponiendo y brindando su conformidad respecto a la infracción y sanción administrativa, a ser incluida en el Régimen de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Ordenanza Nº 334-MSS; Que, con Informe Nº 670-2013-GAJ-MSS del 06.09.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación generada y la normatividad vigente, señala que, de la revisión del proyecto de Ordenanza, se evidencia que la misma se encuentra orientada a proteger las áreas públicas, tales como veredas, bermas, pistas, jardines, entre otras, que hubieran sido dañadas como consecuencia del proceso de la ejecución de una obra de edi¿ cación, ya sea mediante carga, descarga y acarreo de materiales de construcción, desmonte o cualquier otro elemento, preparación y vaciado de concreto, vehículos, equipos, maquinarias, así como por cualquier circunstancia o elemento que cause el referido daño material. En tal sentido, concluye opinando por la procedencia del proyecto de Ordenanza que incorpora disposiciones a la Ordenanza Nº 391-MSS para promover la responsabilidad social frente a daños materiales causados a áreas públicas por Obras de Edi¿ cación en el Distrito de Santiago de Surco, recomendando su remisión al Concejo Municipal, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones; Que, mediante Memorándum Nº 810-2013-GM-MSS del 10.09.2013, la Gerencia Municipal remite el proyecto de Ordenanza, expresando su conformidad a la mencionada propuesta. Estando al Dictamen Conjunto Nº 09-2013-CDL-CAJ- MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, el Informes Nº 670-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Nº 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA DISPOSICIONES A LA ORDENANZA Nº 391-MSS PARA PROMOVER LA RESPONSABILIDAD SOCIAL FRENTE A DAÑOS MATERIALES CAUSADOS A ÁREAS PÚBLICAS POR OBRAS DE EDIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- INCORPORAR la Primera Disposición Complementaria Final a la Ordenanza Nº 391- MSS, Ordenanza que protege a los vecinos frente a los daños materiales causados por obras de edi¿ cación en el Distrito de Santiago de Surco, en los términos siguientes: “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El tercer párrafo del Artículo Cuarto de la presente Ordenanza, también será aplicable en los casos de incumplimiento de reparación de daños materiales que se habrían podido causar en las áreas públicas: veredas, bermas, estacionamientos, separadores, pistas, jardines de aislamiento y/o público, existentes en la parte frontal y lateral del predio o de los predios colindantes, de aquel en él que se ejecuta o se ha ejecutado una obra de edi¿ cación de propiedad privada, y que hayan sido afectadas como consecuencia de la ejecución de una obra de edi¿ cación, ya sea mediante carga, descarga y acarreo de materiales de construcción, desmonte o cualquier otro elemento; preparación y vaciado de concreto; vehículos, equipos, maquinarias; así como, por cualquier circunstancia o elemento que cause el referido daño material, para lo cual, iniciado el procedimiento de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edi¿ cación, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas comunicará a la Gerencia de Obras Públicas y Proyectos para que veri¿ que e informe de la reparación o inexistencia de daños materiales que se habrían producido. La Gerencia de Obras Públicas y Proyectos comunicará a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas el resultado de su evaluación, y esta última noti¿ cará al administrado, dándole plazo de 2 días para su pronunciamiento, y en el cual se podrá incluir una Declaración Jurada con ¿ rma fedatada del propietario del predio, en donde se comprometa a efectuar las reparaciones y/o reposición de las áreas afectadas en un plazo determinado, el cual podrá ser ampliado a solicitud del mismo por única vez. Vencido dichos plazos, la Gerencia de Obras Públicas veri¿ cará la reparación o reposición de los daños comunicando el resultado de su evaluación a la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas y Subgerencia de Fiscalización para las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia”. Artículo Segundo.- INCORPORAR en la Ordenanza Nº 334-MSS, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, la siguiente infracción y sanción administrativa. CÓDIGO INFRACCIÓN % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA 010.02.40 Por ocasionar daños materiales a las áreas públicas como consecuencia directa de la ejecución de obras de edi¿ cación 4UIT Reparación y/o Reposición Artículo Tercero.- APROBAR el Formato de Declaración Jurada de compromiso de reparación de daños y/o reposición de las áreas públicas afectadas, que en Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- FACULTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la vigencia de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1001078-1 Aprueban Ordenanza que previene, prohíbe y sanciona los comportamientos inapropiados contra las personas que se encuentren y/o transiten por establecimientos comerciales y/o obras en edificación ORDENANZA Nº 457-MSS Santiago de Surco, 30 de setiembre del 2013 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 10-2013-CDU-CAJ- MSS, de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, las Cartas Nros. 3060 y 3211-2013-SG-MSS de la Secretaría General, los Memorándums Nros. 839 y 751-2013-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Informes Nros. 705 y 616-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Informes Nros. 274 y 241-2013-GDU- MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que Protege la Integridad de las Mujeres, Hombres, Niñas y Niños Frente a Comportamientos Inapropiados en los Establecimientos que Desarrollen Actividades Económicas, así como en las