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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (17/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013 505058 Artículo 2°.- Los Paraderos Autorizados serán de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías. Artículo 3°.- Los Paraderos Autorizados podrán ser identi¿ cados mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, en cada una de las vías señaladas en la presente resolución. Artículo 4°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte. Artículo 5°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos paraderos autorizados. Artículo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia, asimismo se recomienda el retiro de toda señalización o infraestructura que no estén contemplados en los paraderos que se autorizan. Artículo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización del Transporte, la supervisión, ¿ scalización y cumplimiento de la presente Resolución; de ser el caso, deberá coordinar con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que éstos sean debidamente señalizados. Artículo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se contraponga a la presente Resolución. Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario O¿ cial El Peruano. Artículo 10º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO RAMIREZ SOTOMAYOR Subgerente Subgerencia de Regulación de Transporte Gerencia de Transporte Urbano 1000659-2 GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO SUBGERENCIA DE REGULACION DEL TRANSPORTE RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 5306-2013-MML/GTU-SRT Lima, 8 de agosto de 2013 VISTOS: La Resolución de Subgerencia N° 7535-2012-MML/GTU- SRT de fecha 01 de agosto de 2012, y el Informe Nº 509-2013- MML/GTU-SETT de fecha 10 de junio de 2013, emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la Distribución de Rutas en los Paraderos de Transporte Público ubicados en la Av. 09 de Diciembre (Ex Paseo Colón) en el Distrito de Cercado de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima goza de un régimen especial, de conformidad al artículo 198º de la Constitución, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra “7.1) Plani¿ car, regular y gestionar el transporte público”; Que, la Ordenanza N° 341-MML, en su artículo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, el artículo 100° de la Ordenanza N° 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte, tránsito y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del artículo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que: ”Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulación de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte público regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ámbito de la provincia de Lima”; Que, el numeral 41 del artículo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML de¿ ne al Paradero de Transporte Regular como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas”; Que, mediante Resolución de Subgerencia N° 7535-2012- MML/GTU-SRT de fecha 01 de agosto de 2012, se dispuso la Implementación de Paraderos de Transporte Público en la Av. 09 de Diciembre (Tramo Plaza Bolognesi - Plaza Grau), considerando en el sentido Oeste - Este, solo un (01) paradero con aproximación al Jr. Washington y dos (02) paraderos en el sentido Este - Oeste; Que, mediante el Informe N° 509-2013-MML/GTU-SETT de fecha 10 de junio de 2013, la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte considera conveniente la distribución de rutas y utilización de Paraderos de Transporte Público en la Av. 09 de Diciembre (Paseo Colón) por los siguientes fundamentos: a) Que, la Av. 09 de Diciembre (Ex Paseo Colón) en el distrito de Cercado de Lima, tienen la categoría de vía Arterial, la misma que es utilizada para el transporte público y privado, la cual es de doble sentido de circulación de Este - Oeste y viceversa, b) Que, de acuerdo a la base de datos TransCAD (Geographic Information Software), 2837 unidades vehiculares autorizadas por la Municipalidad de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, utilizan los paraderos universales autorizados en la Av. 09 de Diciembre (Tramo: Plaza Bolognesi - Plaza Grau) mediante Resolución de Subgerencia Nº 7535-2012-MML/GTU-SRT de fecha 01 de agosto de 2012; c) Que, se mantendrán los criterios de orientación al público, diferenciados por grupos de rutas en función a sus orígenes y/o destinos (Paradero A y B), y d) Que, las 41 rutas autorizadas que operan por la Av. 09 de Diciembre (Paseo Colón), están compuestas en su mayoría por unidades de tipo Microbús y de acuerdo a los sus recorrido autorizados se han distribuido las 18 rutas con destinos y/o orígenes en el Cono Sur para que se alojen en el Paradero “A” y las 23 rutas con destinos y/o orígenes en el Cono Este para que se alojen en el Paradero “B”; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los ¿ nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el Numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27181 - Ley General Transporte y Tránsito Terrestre, la Ordenanza N° 1599-MML y el Informe N° 509-2013-MML/GTU-SETT de fecha 10 de junio de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. 09 de Diciembre (Tramo: Plaza Bolognesi - Plaza Grau), tal y como se detalla a continuación: AC DC AC DC Plaza Bolognesi 1 Jr. Chota 1 1 Jr. Washington 1 Av. Inca Garcilazo de la Vega 1 1 Av. 09 de Diciembre (Tramo: Plaza Bolognesi - Plaza Grau) EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E AC DC Antes del cruce Despues del cruce LEYENDA