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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (17/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013 505060 Artículo 11º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario O¿ cial El Peruano. Artículo 12º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO RAMIREZ SOTOMAYOR Subgerente Subgerencia de Regulación de Transporte Gerencia de Transporte Urbano 1000659-3 Designan funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00003199 Lima, 1 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y ¿ nanciera. Que, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, es una obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, el artículo 4 del citado Reglamento, indica que la designación del funcionario responsable de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O¿ cial El Peruano. Adicionalmente, la entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-004-00003197 de fecha 01 de octubre de 2013, se encargó la O¿ cina de Trámite Documentario del SAT, órgano dependiente de la Gerencia Central de Normativa, a la señora Edna Villafuerte Gutiérrez, del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2013. Que, a través del Memorándum Nº 179-092-00001987, recibido el 1 de octubre de 2013, la Gerencia Central de Normativa solicita se emita la Resolución Jefatural que designe a la citada funcionaria como responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, mientras dure su encargatura; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesaria la designación de la señora Edna Villafuerte Gutiérrez, en su calidad de Jefe encargada de la O¿ cina de Trámite Documentario del SAT, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, mientras dure su encargatura. Estando a lo dispuesto por el literal e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza Nº 1698; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora Edna Villafuerte Gutiérrez, en su calidad de Jefe encargado de la O¿ cina de Trámite Documentario del SAT, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2013. Artículo Segundo.- Disponer que la presente Resolución Jefatural se publique en el Diario O¿ cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1000933-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban la creación del Registro y Reconocimiento Municipal de los Comités Ambientales Escolares y las Brigadas Ambientales Escolares del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 287/MDC Carabayllo, 25 de setiembre del 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 007-2013-CSSYS/MDC, de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Saneamiento, Salubridad y Salud, sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba la Creación del Registro y Reconocimiento Municipal de los Comités Ambientales Escolares y las Brigadas Ambientales Escolares del Distrito de Carabayllo, y el Informe Nº 147-2013-SGMA-GSCMA/MDC de la Sub Gerencia de Medio Ambiente, que presenta el mencionado Proyecto de Ordenanza con la ¿ nalidad de dotar de un instrumento normativo a la Municipalidad en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, que dentro de sus competencias está el promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación de los estudiantes de todos los niveles, y la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 056-2013- GAJ/MDC; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modi¿ cado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la protección del medio ambiente y los recursos naturales está amparado por la Constitución Política del Estado y que de conformidad el Art. 2º, con los numerales 1, 2 y 6 del Artículo 195º, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Estado, modi¿ cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son componentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la sociedad civil, plani¿ car el desarrollo urbano de sus circunscripciones. Que, el Artículo 73º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades, tomando en cuenta su condición de Municipalidad Provincial o Distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el Capítulo II del Título V, con carácter exclusivo o compartido, que dentro del marco de las competencias y funciones especí¿ cas de los gobiernos locales que tiene competencia municipal: En materia de Servicios Públicos Locales, Saneamiento Ambiental, Salubridad y Salud; Programas Sociales, Defensa y Promoción de los derechos ciudadanos, en materia de protección y conservación del ambiente; así como puede formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales, de igual forma Promueve la Educación e