Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2013 (17/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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Gan, Sector 7C, distrito de San MORDAZA, Lima-Lima" el cual asciende a un monto de S/. 129,041.47 (Ciento Veinte y Nueve Mil Cuarenta y Uno y 47/100 Nuevos Soles) incluido IGV y de "Semaforizacion e Instalacion de Camaras de Tra co y Seguridad Vial en la Av. San MORDAZA en el Distrito de San Borja" ascendente a un monto de S/. 995,056.83 (Novecientos Noventa y Cinco Mil Cincuenta y Seis y 83/100 Nuevos Soles) incluido IGV. Que, con Informe Nº 008-2013-MSB-CABE de fecha 22 de agosto de 2013, el Comite de Altas, Bajas y Enajenaciones remitio el Acta de la Sesion Extraordinaria de fecha 21 de agosto de 2013, por medio del cual se acordo recomendar la aceptacion de donacion efectuada por la empresa Hipermercados Tottus S.A., hasta por un mondo de S/. 1'124,098.30 (Un Millon Ciento Veinte y Cuatro Mil Noventa y Ocho y 30/100 Nuevos Soles) incluido IGV, para la realizacion de los proyectos de "Mejoramiento de Iluminacion del MORDAZA Ramat Gan, ubicado en el Sector 7 C, distrito de San MORDAZA, Lima-Lima" por un monto de S/. 129,041.47 (Ciento Veinte y Nueve Mil Cuarenta y Uno y 47/100 Nuevos Soles) incluido IGV y de "Semaforizacion e Instalacion de Camaras de Tra co y Seguridad Vial en la Av. San MORDAZA en el Distrito de San Borja" por un monto de S/. 995,056.83 (Novecientos Noventa y Cinco Mil Cincuenta y Seis y 83/100 Nuevos Soles) incluido IGV. Que, en Informe Nº 408-2013-MSB-GM-GAJ de fecha 05 de setiembre de 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica senalo que el articulo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, en cuanto modi can el Presupuesto Institucional, deberan ser aprobadas por el Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales. Que, de superar las cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), como en el presente caso, se debera publicar el Acuerdo de Concejo que aprueba la donacion en el Diario O cial El Peruano y en la pagina web institucional dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes de su aprobacion. Asimismo, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico prevista en el articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales regulan el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos con apoyo de la Policia Nacional. Que, mediante Ordenanza Nº 341-MML y modi catorias se aprueba el Sistema Vial Metropolitano de la Provincia de MORDAZA, estableciendo en el articulo octavo, que las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA tienen a su cargo la ejecucion, mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA de las vias locales de su jurisdiccion de acuerdo con las normas establecidas por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Finalmente, dicha Gerencia opino que es viable la aceptacion de la donacion de la empresa Hipermercados Tottus S.A. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el numeral 20) del articulo 9° y articulo 41° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas. ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la donacion de Hipermercados Tottus S.A. hasta por la suma total de S/. 1'124,098.30 (Un Millon Ciento Veinte y Cuatro Mil Noventa y Ocho y 30/100 Nuevos Soles) incluido IGV, que sera destinada a la realizacion de las Obras "Mejoramiento de Iluminacion del MORDAZA Ramat Gan, Sector 7C, distrito de San MORDAZA, Lima-Lima" equivalente hasta un monto de S/. 129,041.47 (Ciento Veinte y Nueve Mil Cuarenta y Uno y 47/100 Nuevos Soles) incluido IGV y "Semaforizacion e Instalacion de Camaras de Tra co y Seguridad Vial en la Av. San MORDAZA en el Distrito de San Borja" equivalente hasta un monto de S/. 995,056.83 (Novecientos Noventa y Cinco Mil Cincuenta y Seis y 83/100 Nuevos Soles) incluido IGV. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento y ejecucion del presente Acuerdo a la Gerencia de MORDAZA y Seguridad Ciudadana; a la Gerencia de Medio Ambiente y Obras Publicas; y, a la Gerencia de Administracion y Finanzas para que a traves de sus Unidades Organicas dependientes realicen las acciones de su competencia sobre la donacion aceptada. Articulo Tercero.- Publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario O cial El Peruano y en el MORDAZA de

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013

la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanborja. gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1000866-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Declaran de Interes Local la peticion de Cambio de Zonificacion de Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ), respecto de predio ubicado en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0067
San MORDAZA de Lurigancho, 15 de octubre de 2013 EL CONCEJO LURIGANCH.O VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorandum Nº 744-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 497-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 130-2013GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 415-2013-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, y el Registro Nº 47749-A1-2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modi cado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, y acorde con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdiccion en el ambito de su circunscripcion territorial; Que, el Articulo 9º Numeral 35) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, indica como atribucion del Concejo Municipal, las demas atribuciones que le correspondan conforme a ley; Que, el Articulo 73º Parrafo Tercero Literal b) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, precisa - dentro del MORDAZA de las competencias y funciones especi cas establecidas en la presente ley - que los planes referidos a la organizacion del espacio fisico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberan sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, el Articulo 28º de la Ordenanza Nº 620-MML - Ordenanza Reglamentaria del MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de los Planes Urbanos Distritales y la Actualizacion de la Zoni cacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana, re MORDAZA que la Zoni cacion regula el ejercicio del derecho de uso del suelo de la propiedad inmueble y se concreta en los Planos de Zoni cacion MORDAZA, Reglamento de Zoni cacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas. La Zoni cacion de MORDAZA tiene como principales objetivos: (i) fortalecer el MORDAZA de suelos; (ii) alentar la inversion inmobiliaria publica y privada, sea empresarial comunal o particular, con normas claras y con ables; (iii) aplicar nuevas tecnologias para una gestion mas productiva del suelo Urbano; (iv) densi car e intensi car el uso del suelo urbano; (v) integrar con e ciencia las actividades urbanas compatibles; (vi) promover la mas alta calidad del medio ambiente en el ambito provincial; (vii) desanimar los procesos informales; DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE

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