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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (17/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013 505065 (viii) simpli¿ car los procedimientos y eliminar los costos administrativos; (ix) defender los derechos de la comunidad urbana; y (x) generar una transparente cooperación entre la población y sus autoridades locales; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1081-MML - Ordenanza que Aprueba el Reajuste Integral de la Zoni¿ cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana, establece un régimen excepcional de Cambios Especí¿ cos de Zoni¿ cación que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por la Corporación Municipal cuando corresponda. Para lo cual, los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, siendo que el órgano competente formulará el Informe Técnico correspondiente; y la Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarará de Interés Local la propuesta de Cambio Especí¿ co de Zoni¿ cación, elevándolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Artículo 50º del Decreto Supremo Nº 004- 2011-VIVIENDA - Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, sostiene que los Cambios de Zoni¿ cación pueden ser propuestos de o¿ cio por la municipalidad interesada o pueden ser tramitados por sus propietarios y/o promotores ante la municipalidad distrital, en tanto el Numeral 51.5 del Artículo 51º del precitado Reglamento, expresa que la municipalidad distrital elevará la propuesta de cambio de zoni¿ cación a la municipalidad provincial mediante Acuerdo de Concejo; Que, el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 1617-MML - Ordenanza que Norma los Cambios de Zoni¿ cación en Lima Metropolitana, menciona que las Municipalidades Distritales realizarán la evaluación de las Peticiones de Cambio de Zoni¿ cación y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre el total de las peticiones; el que será elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresara su opinión, la misma que no tiene carácter vinculante; Que, mediante Registro Nº 47749-A1-2013, el señor Guillermo José Ferrero Álvarez - Calderón, en calidad de Apoderado de Aldeas Infantiles SOS PERÚ Asociación Nacional, solicita el Cambio de Zoni¿ cación de Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ), del predio ubicado en la Avenida Lurigancho Manzana A Sub Lote 3 de la Urbanización Zárate Industrial, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 415-2013-SGPUC/GDU/ MSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro señala que el solicitante, Aldeas Infantiles SOS PERÚ Asociación Nacional, resulta ser titular del predio ubicado en la Manzana A Sub Lote 3 de la Urbanización Zárate Industrial, distrito de San Juan de Lurigancho, inscrito en la Ficha Nº 1192563 continuada en la Partida Nº 42854409 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, como Calle Lurigancho Nº 997-999 Urbanización Zárate Industrial; y durante la inspección ocular pudo apreciarse la consolidación de lotes de uso residencial de densidad e industria elemental y complementaria en su entorno, donde las características físicas de la estructura vial de la zona guarda estrecha relación con las condiciones físicas existentes, siendo que lo solicitado permitirá la consolidación de los usos comerciales para solucionar los problemas de empleo y dé¿ cit de locales comerciales de envergadura necesarios en la jurisdicción, por estar acorde con el constante crecimiento poblacional y los parámetros urbanísticos vigentes. Por lo que teniendo en cuenta las consideraciones expuestas y estando a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1617-MML, concluye que resulta Factible el Cambio de Zoni¿ cación propuesto, debiéndose elevarse al Concejo Municipal Distrital para emitirse el Acuerdo de Concejo respectivo; Que, mediante Informe Nº 497-2013-GAJ-MDSJL, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente declarar de Interés Local la petición de Cambio de Zoni¿ cación planteado por el señor Guillermo José Ferrero Álvarez - Calderón, en calidad de Apoderado de Aldeas Infantiles SOS PERÚ Asociación Nacional, respecto del predio ubicado en la Av. Lurigancho Manzana A Sub Lote 3 de la Urbanización Zárate Industrial, distrito de San Juan de Lurigancho, en la medida que resulta bene¿ cioso para el desarrollo del distrito de San Juan de Lurigancho y de la colectividad en general; Que, teniendo en cuenta que la Corporación Municipal asume el rol de promotor del desarrollo local, coadyuvando a impulsar las iniciativas privadas que conduzcan a la satisfacción de las necesidades generadas por el constante crecimiento demográ¿ co existente durante los últimos años, aparece que la solicitud presentada por el señor Guillermo José Ferrero Álvarez - Calderón, en calidad de Apoderado de Aldeas Infantiles SOS PERÚ Asociación Nacional, además de contar con Informe Favorable por parte de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, área técnica competente que precisa haberse cumplido con el procedimiento previsto por la ley de la materia y existir sustentación para su prosecución, por lo que resulta pertinente el cambio especí¿ co de zoni¿ cación propuesto, permitirá generar mayor inversión económica y oportunidad laboral en bene¿ cio de la jurisdicción de San Juan de Lurigancho, y de la población en general; Estando a lo expuesto precedentemente y en aplicación del Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el Voto Unánime del Pleno del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local la petición de Cambio de Zoni¿ cación de Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ), respecto del predio ubicado en la Manzana A Sub Lote 3 de la Urbanización Zárate Industrial, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 1192563 continuada en la Partida Nº 42854409 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, cuya titularidad corresponde a Aldeas Infantiles SOS PERÚ Asociación Nacional, de conformidad con lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 620, Nº 1081 y Nº 1617 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- REMITIR los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O¿ cial El Peruano, y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación del presente Acuerdo en la página web de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 1000637-1 Precisan el valor de la redención en dinero de los aportes reglamentarios para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) en las Habilitaciones Urbanas con fines Industriales, Comerciales, de Equipamiento Educativo, Salud y de Otros Usos Especiales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0016 San Juan de Lurigancho, 3 de julio de 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 514-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 280-13-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 072-2013-GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano, y el Informe Nº 076-2013-SGHU-GDU-MDSJL de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas; CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi¿ cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales gozan de