Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2013 (17/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013

505061
y la gestion de riesgos y prevencion de desastres; asi como orienta, supervisa, visa y evalua la Aplicacion del Enfoque Ambiental y Comunitario en coordinacion con las direcciones generales correspondientes. Que, el Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM "Plan Nacional de Accion Ambiental 2011-2021" senala entre las acciones estrategicas y metas priorizadas la siguiente "7.6. Fortalecer la Aplicacion del Enfoque Ambiental en las Instituciones Educativas, en el MORDAZA de la Educacion para el Desarrollo Sostenible" senalando como responsable al Ministerio de Educacion en el logro de metas precisas en Instituciones Educativas publicas de Nivel Inicial, Primaria y Secundaria en los anos 2012, 2017 y 2021. Que, mediante la Directiva Nº 024-2012-DUGEL02JAGP-EEA. Se establece las Normas Especi cas para la Plani cacion, Organizacion, Ejecucion, Monitoreo y Evaluacion de la Plani cacion del Enfoque Ambiental en las Instituciones Educativas de la Educacion Basica y Tecnico Productiva en todos los niveles del ambito de la UGEL Nº 04. Asi mismo; estando de acuerdo con el MORDAZA Normativo y los Lineamientos de Politica del Proyecto Educativo Local del distrito de Carabayllo, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 257-2012-A/MDC, la cual contiene 05 Lineamientos de Politica, en el 3º.- Escuelas con Cultura Ambiental y Promocion de la Buena Salud; es conveniente la aprobacion de la Ordenanza, que Crea el Registro y Reconocimiento Municipal de los Comites Ambientales Escolares y las Brigadas Ambientales Escolares del distrito de Carabayllo, por cuanto esto contribuira signi cativamente en mejorar la conservacion y proteccion del medio ambiente del distrito; asimismo velar por la seguridad publica ambiental, trabajar en programas de prevencion educacion y concientizacion ambiental, promover la ciudadania ambiental principalmente desde las aulas escolares en todos los niveles educativos del distrito, promoviendo la Red de Escuelas Verdes, donde funcionen los Comites Ambientales Escolares como organos de concertacion y las Brigadas Ambientales Escolares desde la iniciativa de la comunidad educativa articulada al Sistema Local de Gestion Ambiental en el ambito del distrito de Carabayllo. Que, mediante los Informes Nº 146 y 147-2013SGMA-GSCMA/MDC, la Sub Gerencia de Medio Ambiente formula y presenta el Informe Tecnico y remite el MORDAZA Proyecto de Ordenanza Municipal que crea el Registro y Reconocimiento Municipal de los Comites Ambientales Escolares y las Brigadas Ambientales Escolares del distrito de Carabayllo, siendo que segun Memorandum Nº 1627-2013-GPPCI/MDC la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Internacional, en sintesis re MORDAZA que el proyecto de ordenanza presentado lo considera productivo e indispensable por lo cual debe aprobarse; segun Informe Nº 342-2013-GSCMA/MDC, la Gerente de Salud, Gestion Alimentaria y Proyeccion Social, concluye que el proyecto de Ordenanza formulado es de gran necesidad para viabilizar las acciones de apoyo que se deben cumplir dentro del distrito siendo estas amparadas bajo las leyes de la materia y las resoluciones ministeriales (educacion, ambiente y salud). Asimismo mediante Informe Nº 501-2013-SGECJD/MDC, la Sub Gerencia de Educacion, Cultura, Juventud y Deporte, por intermedio de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, en resumen senala que se debe coordinar con su despacho desde el momento de su implementacion debido a que se viene realizando trabajos previos a traves de las coordinadoras educativas del distrito; acota que la presente propuesta debe darse en el MORDAZA de la implementacion del proyecto educativo local del distrito al 2011, por ser el documento orientador en materia de educacion dentro del distrito, siendo asi toda MORDAZA nacional y sectorial debe articularse a lo desarrollado para no duplicar esfuerzos sobre el mismo nivel. Que, segun el Informe Nº 167-2013-GAJ/MDC de la Gerente de Asesoria, en aplicacion de los fundamentos de orden factico y juridicos esbozados emite opinion favorable por la aprobacion del Proyecto de Ordenanza que la Municipalidad de Distrital de Carabayllo y su equipo tecnico ambiental, han elaborado respecto del Proyecto de Ordenanza que Crea el Registro y Reconocimiento Municipal de los Comites Ambientales Escolares y las Brigadas Ambientales Escolares del distrito de Carabayllo. De conformidad con lo establecido en el Articulo 9º, inciso 8), Articulos 38º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente:

Investigacion Ambiental en su localidad e incentiva la participacion ciudadana en todos sus niveles. Que, el Articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en sus incisos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13; que las Municipalidades, en materia de educacion, tienen como funciones compartidas con el gobierno nacional y regional las siguientes: 1. Promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de las comunidades educadoras; 2. Disenar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo de su jurisdiccion, en coordinacion con la Direccion Regional de Educacion y las Unidades de Gestion Educativas, segun corresponda, contribuyendo en la Politica Educativa Regional y Nacional con un enfoque y accion intersectorial. 3. Promover la diversi cacion curricular, incorporando contenidos signi cativos de su realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica. 4. Monitorear la gestion pedagogica y administrativa de las Instituciones Educativas bajo su jurisdiccion, en coordinacion con la Direccion Regional de Educacion y las Unidades de Gestion Educativas, segun corresponda, fortaleciendo su autonomia institucional. 5. Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos de su jurisdiccion de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional Concertado y al presupuesto que se le asigne. 6. Apoyar la creacion de Redes Educativas como expresion de participacion y cooperacion entre los centros y los programas educativos de su jurisdiccion. Para ello se haran alianzas estrategicas con instituciones especializadas de la comunidad. 7. Impulsar y organizar el Consejo Participativo Local de Educacion, a n de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadanos. 8. Apoyar la incorporacion y el desarrollo de nuevas tecnologias para el mejoramiento del sistema educativo. Este MORDAZA se realiza para optimizar la relacion con otros sectores. 13. Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 196-2010A/MDC, se aprobo la creacion de la Comision Ambiental Municipal ­ CAM Carabayllo, como una instancia de gestion ambiental local, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil, articulando sus politicas ambientales con la Comision Ambiental Municipal -CAM del distrito de Carabayllo. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 251-2011-A/ MDC, se aprobo la Politica Ambiental Local del distrito de Carabayllo, en su articulo 3º de Los objetivos de la Politica Ambiental, en el MORDAZA g) se precisa: Incorporar y fortalecer la Educacion Ambiental en todos los niveles educativos del distrito. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 252-2011-A/ MDC, se aprobo la creacion del Sistema Local de Gestion Ambiental del distrito de Carabayllo, en su articulo 7º de Los objetivos especi cos, en el MORDAZA h) se precisa: Incorporar la tematica ambiental de manera transversal en la estructura curricular de todos los niveles de la Educacion Basica y Superior impartida en el distrito. Que, el articulo 8º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion senala como MORDAZA de la educacion "La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservacion del entorno natural como garantia para el desenvolvimiento de la vida". Que, el Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educacion senala que "La Educacion Ambiental promueve una conciencia y cultura de conservacion y valoracion del ambiente y de prevencion frente a los riesgos de desastre en el MORDAZA del desarrollo sostenible, es transversal, se implementa e instrumenta a traves de la Aplicacion del Enfoque Ambiental y sus componentes. Se desarrolla en los niveles, modalidades, ciclos y formas educativas e involucra como agentes de la educacion a la comunidad educativa". Que, el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, establece en su Articulo 54º que "La Direccion de Educacion Comunitaria yAmbiental es responsable de normar y coordinar la Educacion Ambiental para el desarrollo sostenible, la conservacion, el aprovechamiento de los ecosistemas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.