Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2013 (17/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013

505059
Distribucion de las Rutas segun su destino y/o origen Sentido Oeste - Este

Articulo 2°.- Distribuir las rutas que operan en la Av. 09 de Diciembre (Ex Paseo Colon) de la siguiente manera:

GRUPO

A
GRUPO

SCR21 SM21 SM25 SM26 SM28 SO15 SO16 SO18 NO42

IM54 IO80 IM06 IM22 OM14 OM77 EO26 EO119

GRUPO

B

ECR26 EM11 EM32 EM40 EO05 EO122

EO29 EO31 EO55 NM05 NO26

GRUPO

B

IM09 IM26 IM42 IO55 IO60

IO63 IO79 IO81 OM75 CR37

Despues Av. MORDAZA Garcilazo de la MORDAZA

MORDAZA Jr. MORDAZA

MORDAZA Jr. Chota

Sentido Este ­ Oeste
SCR21 SM21 SM25 SM26 SM28 SO15 SO16 SO18 NO42 IM54 IO66 IO80 IM06 IM22 OM14 OM77 EO26 EO119

GRUPO

A

B

ECR26 EM11 EM32 EM40 EO05 EO122

EO29 EO31 EO55 NM05 NO26 OO08

GRUPO

B

IM09 IM26 IM42 IO35 IO55 IO60

IO63 IO79 IO81 OM75 CR37

MORDAZA Av. MORDAZA Garcilazo de la MORDAZA

MORDAZA Plaza Bolognesi

MORDAZA Jr. Chota

Articulo 3°.- Establecer la senalizacion vertical para la redistribucion de las rutas en la Av. 09 de Diciembre (Ex Paseo Colon) de la siguiente manera:

0.75

0.75

0.50

0.50

0.60
Despues del Cruce con Av. MORDAZA Garcilazo de la MORDAZA

0.60
MORDAZA del Cruce con Jr. MORDAZA

Articulo 4°.- Los Paraderos Autorizados seran diferenciados segun se detalla en el articulo 2°, siendo de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 5°.- Los Paraderos Autorizados podran ser identi cados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, que permitan una adecuada orientacion de los operadores y usuarios de acuerdo a la agrupacion efectuada en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 6°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 7°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros,

deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 8º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia, asimismo se recomienda el retiro de toda senalizacion o infraestructura que no esten contemplados en los paraderos que se autorizan. Articulo 9º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision, scalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que estos MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 10º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion.

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