Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2013 (22/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Martes 22 de octubre de 2013

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Fiscalias Provinciales Especializadas en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas a nivel nacional y las Fiscalias Penales Supraprovinciales, remitiran a la Fiscalia Superior Nacional Coordinadora de las Fiscalias Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, las investigaciones preliminares de MORDAZA de Activos de los anos 2012 y 2013, conforme a los criterios que se estableceran en su Reglamento. Articulo Octavo.- Disponer que los Fiscales Provinciales, comuniquen a la Fiscalia Superior Nacional Coordinadora de las Fiscalias Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, por intermedio de la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores a nivel nacional, las investigaciones y procesos por delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, que se encuentren en tramite. Articulo Noveno.- Disponer que la Gerencia General, adopte las acciones pertinentes para el debido funcionamiento de las Fiscalias Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio. Articulo Decimo.- Dejese sin efecto toda resolucion o disposicion que se oponga a la presente. Articulo Undecimo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion, a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Fiscalia Superior Coordinadora de las Fiscalias Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Fiscalia Superior Coordinadora de la Fiscalia Superior Penal Nacional y Fiscalias Penales Supraprovinciales, Fiscal Superior - Jefe de la Oficina de Coordinacion y Enlace de las Fiscalias Especializadas en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, Direccion Ejecutiva de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF Peru, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales, y al Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1002984-1

Superiores Nacionales y Fiscalias Supraprovinciales Corporativas Especializadas, con sede en Lima; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, y en cumplimiento del Acuerdo Nº 3244 adoptado en sesion extraordinaria en Junta de Fiscales Supremos de fecha 17 de octubre de 2013. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear Fiscalias Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, con sede en MORDAZA y con competencia nacional, que conoceran de los casos MORDAZA senalados, siempre que los hechos revistan gravedad, complejidad, masividad y repercusion nacional y/o internacional, que superen el ambito de un Distrito Fiscal, o se cometan por una Organizacion Criminal, y cuyas ganancias o efectos delictivos se ubiquen en distintas zonas del territorio nacional o en el extranjero. Articulo Segundo.- Las Fiscalias Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, se integraran al Subsistema de Fiscalias Especializadas contra la Criminalidad Organizada, y gozaran de independencia y autonomia jerarquica, funcional y operativa. Administrativamente dependen de la Fiscalia de la Nacion. Articulo Tercero.- La Fiscalia Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, tendra competencia para intervenir en el MORDAZA de perdida de dominio a nivel nacional, independientemente del lugar en el que se encuentren los bienes, cuando el MORDAZA de perdida de dominio este referido a objetos, instrumentos, efectos o ganancias de los delitos de competencia de la Sala Penal Nacional. Articulo Cuarto.- Las Fiscalias Especializadas estan conformadas por: · Dos (02) Fiscalias Superiores, con la siguiente denominacion: Primera Fiscalia Superior Nacional Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, y MORDAZA Fiscalia Superior Nacional Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio; · Dos (02) Fiscalias Provinciales Corporativas, con la siguiente denominacion: Primera Fiscalia Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, y MORDAZA Fiscalia Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio; · Unidad de Peritos; y, · Area de Notificaciones, como organo de apoyo. La estructura, organizacion y funciones de cada una estas, seran determinadas en el Reglamento correspondiente. Articulo Quinto.- La Fiscalia Superior Nacional Coordinadora, estara a cargo de uno de los Fiscales Superiores de las Fiscalias Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, el mismo que sera designado por la Fiscalia de la Nacion, con competencia nacional. El Fiscal Superior Nacional Coordinador, desempenara su labor con independencia y autonomia jerarquica, funcional, operativa, y en adicion al conocimiento de su carga procesal. Articulo Sexto.Las Fiscalias Superiores Especializadas contra la Criminalidad Organizada y la Fiscalia Superior Penal Nacional, continuaran conociendo los procesos judiciales por delito de MORDAZA de Activos que se encuentren en Juicio Oral, y las que contando con acusacion, aun no han iniciado dicha etapa de Juzgamiento. Los casos pendientes de acusacion, seran derivados, para tal fin, a las Fiscalias Superiores Nacionales Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio. Las Fiscalias Provinciales Especializadas contra la Criminalidad Organizada y las Fiscalias Penales Supraprovinciales, continuaran conociendo la carga procesal por este delito que se encuentre en etapa de instruccion, hasta la culminacion de la misma. Articulo Setimo.- Las Fiscalias Provinciales Especializadas contra la Criminalidad Organizada, las

Dan por concluido nombramiento y nombran fiscales provisionales en el Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 3429-2013-MP-FN MORDAZA, 21 de octubre del 2013 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Judicial de MORDAZA, y su designacion en el Despacho de la Fiscalia Superior Mixta Descentralizada Transitoria de San MORDAZA de Lurigancho, materia de la Resolucion N° 1839-2013MP-FN, de fecha 02 de MORDAZA del 2013. Articulo Segundo.- NOMBRAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, designandolo en el Despacho de la Octava Fiscalia Superior Penal de Lima. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General,

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