Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2013 (22/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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El Peruano Martes 22 de octubre de 2013

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 933-2013-JNE Expediente N° J-2013-1251 ANCON - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, diez de octubre de dos mil trece VISTO el Oficio N° 378-2013-A-MDA, presentado el 4 de octubre de 2013, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bernui, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia de MORDAZA Edgard Yenque MORDAZA en el cargo de regidor de la citada comuna, por la causal de fallecimiento, prevista en el articulo 22, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Con fecha 26 de setiembre de 2013, se llevo a cabo la sesion extraordinaria en la cual los miembros del concejo distrital asistentes declararon, por unanimidad, la vacancia de MORDAZA Edgard Yenque MORDAZA en el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Ancon, por la causal de fallecimiento, establecida en el articulo 22, numeral 1, de la la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). En razon de dicha declaratoria de vacancia es que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bernui, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ancon, solicita que el MORDAZA Nacional de Elecciones proceda a convocar al candidato no proclamado, de conformidad con lo establecido en el articulo 24 de la LOM. Adjunta para dicho efecto el acta de defuncion que certifica el deceso de la autoridad municipal el 12 de setiembre de 2013 (fojas 3). CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada en sesion extraordinaria por el correspondiente concejo municipal, con el MORDAZA aprobatorio de los dos tercios del numero legal de sus miembros. 2. Del acta correspondiente a la sesion extraordinaria del 26 de setiembre de 2013 (fojas 4 y 5), se aprecia que asistieron el MORDAZA y cuatro de los siete regidores electos del Concejo Distrital de Ancon, quienes acordaron, por unanimidad, la vacancia por fallecimiento del regidor MORDAZA Edgard Yenque Paredes. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo N° 55-2013-MDA, del 26 de setiembre de 2013 (fojas 6). 3. Al respecto, y conforme lo tiene declarado este Supremo Tribunal Electoral en la Resolucion N° 5392013-JNE, del 6 de junio de 2013, el fallecimiento es una causal de vacancia objetiva en la que el margen de discrecionalidad en la valoracion del hecho imputado y los medios probatorios que la sustentan es reducido, precisamente, por su caracter incontrovertible. 4. En el caso de autos, el fallecimiento del regidor vacado esta plena y fehacientemente acreditado con el acta de defuncion expedida por el Registro de Identificacion y Estado Civil (fojas 3), por lo que, tratandose de un hecho MORDAZA e incuestionable, se debe razonablemente entender que, aun contando con el numero de votos exigido por el articulo 23 de la LOM, el sentido de la votacion hubiese sido invariablemente el mismo. 5. En ese orden de ideas, este organo colegiado estima que resultaria contrario no solo a los principios de economia, celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en casos como el presente, en el que se tramita un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de una causal objetiva como el fallecimiento de la autoridad MORDAZA, se desapruebe la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado porque el concejo municipal no logro alcanzar el numero de votos requerido por el articulo 23 de la LOM, MORDAZA si se tiene en cuenta que el numero de regidores electos quedo reducido por el fallecimiento de uno ellos.

6. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a Medalit MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 09988004, candidata no proclamada de la lista electoral del partido politico Union por el Peru, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte, con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referendum del ano 2010 (fojas 8 a 13). Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de MORDAZA Edgard Yenque MORDAZA, en el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal de fallecimiento, establecida en el articulo 22, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA Edgard Yenque MORDAZA como regidor del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referendum del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Medalit MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad N.° 09988004, para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1002495-3

Declaran nulo lo actuado en procedimiento de suspension seguido contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Nueva, provincia y departamento de Tacna
RESOLUCION Nº 945-2013-JNE Expediente Nº J-2013-01026 MORDAZA NUEVA - TACNA - TACNA RECURSO DE APELACION MORDAZA, diez de octubre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Manuelo MORDAZA, regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Nueva, provincia y departamento de Tacna, contra el Acuerdo de Concejo Nº 021-2013-MDCN-T, de fecha 6 de marzo de 2013, adoptado en la sesion extraordinaria, llevada a cabo en la misma fecha MORDAZA senalada, que declaro infundada su solicitud de suspension presentada en contra de MORDAZA MORDAZA Mita Alanoca, MORDAZA de la referida comuna, por la causal de sancion impuesta por falta grave de acuerdo

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