Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2013 (31/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013

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Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, la Ley Nº 30025 y el Decreto Supremo Nº 011-2013-VIVIENDA; y en uso de la atribucion conferida por el inciso b) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 007-2013/SBN denominada "Procedimientos para la transferencia e inscripcion de predios estatales requeridos para la ejecucion de proyectos de infraestructura en el MORDAZA de la Ley Nº 30025", la misma que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la Directiva Nº 007-2013/SBN, aprobada por el articulo 1º de la presente Resolucion, en el MORDAZA Institucional de la SBN (www.sbn. gob.pe) y la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban la Directiva Nº 007-2013/SBN denominada "Procedimientos para la transferencia e inscripcion de predios estatales requeridos para la ejecucion de proyectos de infraestructura en el MORDAZA de la Ley Nº 30025"
RESOLUCION Nº 079-2013/SBN
San MORDAZA, 25 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN es un Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomia economica, presupuestal, financiera, tecnica y funcional, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, los literales a), b), c) y d) del numeral 14.1 del articulo 14º de la acotada Ley, senalan como funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, dictar las directivas aplicables para la administracion, adquisicion y disposicion de los bienes de propiedad estatal; procurar una eficiente gestion del portafolio inmobiliario de los bienes estatales optimizando su uso y valor, asi como supervisar los bienes estatales, el cumplimiento del debido procedimiento y de los actos que ejecutan las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, el numeral 13.1 del articulo 13º de la Ley Nº 30025, "Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura", establece que los predios y/o edificaciones de propiedad estatal y de las empresas del Estado, requeridos para la ejecucion de obras de infraestructura senaladas en el parrafo 1.1 del articulo 1º de la citada Ley, son transferidos a titulo gratuito y automaticamente al sector, gobierno regional o gobierno local al cual pertenece el proyecto, en la oportunidad que estos lo senalan y por el solo merito de la resolucion que emita la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco dias habiles contados desde la fecha de MORDAZA de la solicitud; Que, los articulos 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 0112013-VIVIENDA, regulan los actos a cargo de la SBN para la aplicacion de la Ley Nº 30025, en lo que respecta a la primera inscripcion de dominio y la transferencia patrimonial interestatal de los predios de propiedad estatal requeridos para la ejecucion de las mencionadas obras de infraestructura; Que, el articulo 7º del citado Decreto Supremo faculta a la SBN a emitir las directivas que requiera para el mejor cumplimiento de sus funciones en el MORDAZA de la Ley Nº 30025; Que, en ese sentido, para la correcta aplicacion de las funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, es necesario aprobar una Directiva que regule los procedimientos para la primera inscripcion de dominio y la transferencia patrimonial interestatal de los predios de propiedad estatal, requeridos para la ejecucion de proyectos de infraestructura en el MORDAZA de la Ley Nº 30025; Con el visado de la Secretaria General, la Direccion de Normas y Registro, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su

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Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 175-2013/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 25 de octubre de 2013 Visto el Expediente Nº 238-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 1 000,06 m², ubicado entre la Avenida 9 de Octubre y la Avenida MORDAZA MORDAZA, en el area que forma parte del derecho de via, en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, habiendo solicitado la consulta catastral con Oficio Nº 825-2013/SBN-DGPE-SDAPE, siendo atendido con Oficio Nº 1532-2013-SUNARP-Z.RNºIX/GPI, la MORDAZA Registral NºIX - Sede MORDAZA, remitio el Informe Tecnico Nº 11178-2013-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 26 de MORDAZA de 2013 correspondiente al area de 1 000,06 m², el cual senala que el area en consulta se visualiza en ambito del cual en la base grafica parcial del Mosaico de predios no se ha identificado a la fecha, informacion grafica de plano con antecedentes registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 03 de octubre de 2013, se verifico que el predio en su totalidad se encuentra dentro del area de derecho de via, al Este del barrio fiscal de MORDAZA MORDAZA, encontrandose desocupado y no contando con zonificacion; Que, conforme a lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que

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