Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2013 (31/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013

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transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, asi como el curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES DIVINO MORDAZA S.A.C. Clase de Integrales Escuela: Escuela de Conductores

ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES DIVINO MORDAZA S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario N° 095610 de fecha 10 de MORDAZA de 2013, la empresa denominada ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES DIVINO MORDAZA S.A.C., con RUC N° 20558171150 y con domicilio ubicado en la Urb. MORDAZA MORDAZA Manzana D, Lote 5, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de MORDAZA, en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II, III; asimismo senala que tambien brindara el curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y el curso de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Oficio N° 5540-2013-MTC/15.03 de fecha 14 de agosto de 2013, notificado el mismo dia, se comunico a La Empresa las observaciones encontradas en su solicitud y se le concedio un plazo de diez (10) dias habiles para subsanarlas y mediante Parte Diario N° 124600 de fecha 28 de agosto de 2013, La Empresa presento diversa documentacion a fin de subsanar las observaciones encontradas; Que, mediante Parte Diario N° 130023 de fecha 09 de setiembre de 2013, La Empresa solicito plazo ampliatorio de 05 dias habiles a fin de presentar MORDAZA del Certificado de Vigencia de Poder y mediante Parte Diario N° 131946 de fecha 11 de setiembre de 2013, La Empresa presento MORDAZA de la vigencia de poder de fecha 10 de setiembre del presente ano; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe N° 002-2013-MTC/15.crv de fecha 09 de setiembre de 2013, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a la empresa denominada ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES DIVINO MORDAZA S.A.C., del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Empresa donde la inspectora concluye que cumple con lo establecido en los numerales 43.3 y 43.5 del articulo 43° del Decreto Supremo N° 040-2008-MTC y sus modificatorias; Que, estando con lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 1398-2013MTC/15.03.AA.ec y siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominada ESCUELA PROFESIONAL DE CONDUCTORES DIVINO MORDAZA S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de

Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO-PRACTICO DE MECANICA Urb. MORDAZA MORDAZA Manzana D, Lote 5, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa. CIRCUITO DE MANEJO Av. Sepulveda S/N, Helipuerto Salaverry ­ Cuartel Salaverry, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa. Plazo de Autorizacion: Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. PROGRAMA DE ESTUDIOS: Cursos generales: a) Ensenanza de las normas del Reglamento Nacional de Transito. b) Tecnicas de conduccion a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conduccion de un vehiculo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, MORDAZA de MORDAZA, geografia, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehiculo motorizado que corresponda a la respectiva clasificacion de licencia de conducir. d) Sensibilizacion sobre accidentes de MORDAZA, que debe de incluir la informacion estadistica sobre accidentalidad, los danos que estos ocasionan y la forma de prevenirlos asi como la proyeccion filmica o documental de casos sobre accidentes de MORDAZA y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuacion en casos de accidente de transito. f) Mecanica automotriz basica. g) Normas sobre limites maximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehiculos. Cursos especificos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestacion del servicio de transporte de persona. d) Ensenanza de las normas sobre clasificacion vehicular, caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda.

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