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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (31/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 79

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013 506213 Fijan Márgenes Comerciales y publican nuevas Bandas de Precios para Combustibles RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 059-2013-OS/GART Lima, 30 de octubre de 2013 VISTO: El Informe Técnico Nº 468-2013-GART, elaborado por la Gerencia de la División de Gas Natural, así como el Informe Legal N° 399-2012-GART elaborado por la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 010-2004 y sus modifi catorias (en adelante DU 010), se creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo (en adelante el Fondo), como un fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores nacionales. Mediante la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29952, se dispuso la vigencia permanente del Fondo, creado por el DU 010 y sus modifi catorias; Que, mediante Decreto Supremo N° 142-2004- EF y sus modifi catorias, se aprobaron las Normas Reglamentarias y Complementarias del Fondo (en adelante el “Reglamento”); Que, conforme al numeral 4.1 del DU 010, OSINERGMIN es el encargado de actualizar y publicar, en el Diario Ofi cial El Peruano, la Banda de Precios Objetivo (en adelante la Banda) para cada uno de los productos defi nidos en el Fondo (en adelante los Productos); asimismo, se dispone que la actualización se realice en coordinación con una Comisión Consultiva integrada por OSINERGMIN, quien la preside, y por representantes del Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Economía y Finanzas, así como por las principales empresas establecidas en el país vinculadas a la producción y/o importación de los Productos; Que, el numeral 6.1 del Reglamento dispone que OSINERGMIN actualizará y publicará cada dos (2) meses, en el Diario Ofi cial El Peruano, la Banda, el último jueves del segundo mes, contado a partir del día de la entrada en vigencia de la última actualización de la Banda, la cual entrará en vigencia el mismo día de su publicación. Asimismo, se indica que la información también deberá ser publicada en la página web del OSINERGMIN; Programa de Transferencias Externas (En Nuevos Soles) Empresas Aportantes Edelnor Luz del Sur Fecha Límite de 15/12/2013 15/01/2014 15/02/2014 15/12/2013 15/01/2014 15/02/2014 Transferencia Adinelsa 132 803 131 950 131 024 252 639 252 441 252 177 Chavimochic 3 467 3 280 3 083 6 596 6 275 5 933 Edecañete 5 688 5 766 5 850 10 822 11 031 11 260 Edelsa 920 917 913 1 751 1 753 1 756 Egepsa 836 858 880 1 590 1 641 1 695 Electro Oriente 262 459 259 828 257 086 499 291 497 090 494 804 Electro Pangoa 330 359 388 628 688 747 Electro Puno 238 969 238 562 238 107 454 604 456 403 458 278 Electro Sur Este 316 100 308 165 300 075 601 334 589 564 577 546 Receptoras Electro Tocache 49 956 50 671 51 384 95 035 96 942 98 897 Electrocentro 320 441 319 704 318 978 609 593 611 641 613 927 Electronoroeste 256 719 238 540 219 226 488 371 456 362 421 938 Electronorte 180 715 181 299 181 884 343 783 346 851 350 066 Electrosur 16 669 20 236 23 650 31 709 38 714 45 519 Emsemsa 3 541 3 682 3 826 6 737 7 044 7 363 Emseusa 3 418 3 558 3 706 6 503 6 808 7 134 Hidrandina 172 935 173 574 174 334 328 983 332 074 335 534 Sersa 3 452 3 558 3 656 6 566 6 806 7 038 Eilhicha 7 913 8 725 9 624 15 054 16 691 18 523 Perú MicroEnergia 19 152 19 652 20 143 36 435 37 597 38 768 Empresas Aportantes Electro Ucayali Coelvisac Fecha Límite de 15/12/2013 15/01/2014 15/02/2014 15/12/2013 15/01/2014 15/02/2014 Transferencia Empresas Electrocentro 79 861 80 491 80 993 67 352 72 046 77 023 Receptoras Electro Dunas Seal Fecha Límite de 15/12/2013 15/01/2014 15/02/2014 15/12/2013 15/01/2014 15/02/2014 Transferencia Empresas Electrocentro 204 988 214 448 223 784 45 196 38 640 31 939 Receptoras Artículo 3º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, junto con los informes Nº 447-2013-GART y Nº 026-2013-GART, en la página web del OSINERGMIN. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1007937-1