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El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013 506227 Artículo Décimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Lima Sur, Piura, y Tumbes, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1007908-4 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de la Nación la rectificación de la dirección de agencia ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 6267-2013 Lima, 18 de octubre de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación, en adelante el Banco, para que esta Superintendencia autorice la rectifi cación de la dirección de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 382-2007 de fecha 29.03.2007, esta Superintendencia autorizó al Banco, el funcionamiento de la agencia Javier Prado en la dirección Avenida Javier Prado Oeste s/n y Avenida Arequipa, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; Que, el Banco ha informado que, de acuerdo a lo indicado en la Resolución de Autorización de Publicidad Exterior N° 0382-13-12.2.0-SABM-GACU/MSI de fecha 06.09.2013, emitida por la Municipalidad de San Isidro, la dirección de la mencionada agencia ha sufrido modifi cación; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, De conformidad con las facultades establecidas en la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008 y sus modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, la rectifi cación de la dirección de la agencia Javier Prado: Dirección Distrito Provincia Departamento Dice Avenida Javier Prado Oeste s/n y Avenida Arequipa San Isidro Lima Lima Debe decir Avenida Javier Prado Oeste N° 0101 San Isidro Lima Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1006662-1 Opinan favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas realice emisión de Tercer Programa de Certificados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas RESOLUCIÓN SBS Nº 6289-2013 Lima, 18 de octubre de 2013 El Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas S.A.A. - Banbif (en adelante, el Banco), para que se opine favorablemente sobre la renovación del plazo del “Tercer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas S.A.A – BanBif”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100 000 000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles (en adelante, el Programa), por dos (2) años adicionales; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, en acuerdo de la Junta General de Accionistas, celebrada el 28 de abril de 2011, se acordó aprobar el Tercer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables, hasta por la suma de US$ 100 000 000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, delegando en el Directorio o en la Gerencia General, la potestad de defi nir y aprobar las condiciones de dicha emisión, con las mismas facultades, así como de suscribir todos los documentos públicos y privados que sean necesarios para llevar a cabo la referida emisión. Que, mediante Resolución SBS Nº 8399-2011 del 19 de julio del 2011, esta Superintendencia emitió opinión favorable respecto del Programa; Que, en tal sentido, el Banco solicita la opinión favorable de esta Superintendencia para renovar el Programa, ampliándose el plazo de vigencia del mismo, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Circular Nº B-2074-2000 sobre emisión en serie de instrumentos fi nancieros (en adelante, la Circular), declarando la entidad que se mantienen inalterables las demás características originales del Programa; Que, en efecto, el numeral 3.5 de la Circular establece que toda solicitud de renovación de programas de emisión de instrumentos financieros en serie para los que se haya emitido opinión favorable bajo la modalidad de procedimiento anticipado, incluyendo los que tengan la característica de línea revolvente, debe contar necesariamente con la opinión previa favorable de esta Superintendencia antes de la presentación de su solicitud a la Superintendencia del Mercado de Valores; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida para efectos de la renovación del plazo del Programa, según lo señalado en el Procedimiento Nº 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D” y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, y contando con el visto bueno del Departamento Legal; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modifi catorias; y por la Resolución SBS Nº 6389-2011 de fecha 27 de mayo de 2011;