Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2013 (31/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

506222
VISTO; los expedientes Nºs. 415-201-13-4 y 82202-13-6 (15.10.2013), remitidos por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LICHTENHELDT, Rector de la Universidad Nacional de Piura. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1454-R-2013/UNP, de fecha 15 de octubre de 2013, el Sr. Rector, comunica que ha recepcionado la invitacion del Dr. MORDAZA Ferreti, Rector de la Universidad de Parma ­ Italia, para visitar su Universidad en el MORDAZA de los lineamientos de autoevaluacion y acreditacion de nuestras Universidades, por lo que solicita se disponga lo pertinente a fin que se someta a consideracion del Consejo Universitario, la solicitud de autorizacion de viaje su viaje en conjunto con una delegacion, en consideracion a la participacion de los procesos de Gestion del Convenio MORDAZA y Lineamientos para Convenios Especificos actuados en equipo, que seran tratados en esta mision de trabajo; asi como el otorgamiento de las facilidades respectivas, como son pasajes aereos Piura-Lima-Paris-Bolonia y viceversa, 04 dias de viaticos nacionales y 08 dias de viaticos internacionales; Que, con Oficio Nº 1462-R-2013/UNP del 15 de octubre de 2013, el Rector hace mencion que en Sesion de Consejo Universitario se autorizo a los Drs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicerrector Administrativo y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena, Director de la Escuela de Postgrado, a integrar la delegacion que viajara a Parma conjuntamente con el Sr. Rector UNP ; Que, mediante Oficio Nº 7803-2013-OPPTO-OCPUNP de fecha 15 de octubre de 2013, el Jefe de la Oficina Central de Planificacion, informa que en el Presupuesto de la Universidad Nacional de MORDAZA se ha previsto el egreso que implica la ejecucion de viajes en territorio nacional, no obstante y de acuerdo el articulo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 ­ Ley Nº 29951, en su numeral 10.1 quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos; sin embargo dentro de la excepcion c) del mismo numeral se considera a los titulares de organismos constitucionalmente autonomos y los altos funcionarios a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta Otras Medidas, y modificatoria (Ley en la que no se encuentran inmersos los altos funcionarios de las Universidades y por ende la UNP). En relacion a condicion juridica de las universidades, es pertinente indicar que de acuerdo al articulo 18º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 1º la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, las universidades gozan de autonomia academica, economica, normativa y administrativa; no obstante eso no significa que esten consideradas como organismos constitucionalmente autonomos; pues segun la Constitucion Politica del Peru los organismos constitucionalmente autonomos son aquellos dotados de personeria juridica y patrimonio propio, previstos en dicha Constitucion, requisitos que al parecer no cumplirian las universidades y por tanto no se enmarcarian en la excepcion citada. Por lo tanto, el gasto que implica el viaje a la MORDAZA de Italia del Titular del Pliego en el MORDAZA de los lineamientos de autoevaluacion y acreditacion de Universidades, debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano, el cual implica un gasto total de S/ 11,424.00, conforme al siguiente detalle, requerimiento que ha sido programado en el Presupuesto Institucional, y cuenta con cobertura presupuestaria en la fuente 5 Recursos Determinados: Canon y Sobrecanon de la Seccion Funcional 0022;
Concepto del Gasto Pasajes Internacionales Viaticos Internacionales (08 dias) TOTAL Costo $2,000.00 $.260.00 Sub Total $ 5,600.00 728.00 Total S/. T/C=2.80 5,600.00 5,824.00 11,424.00

El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013

Que, el Art. 210º del D.S. Nº 005-90-PCM, establece: "Las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores son: a) Con goce de remuneraciones: por enfermedad, gravidez, por fallecimiento del conyuge, padres, hijos o hermanos, por capacitacion oficializada, por citacion expresa: judicial, militar o policial y b) Sin goce de remuneraciones: Por motivos particulares y Por capacitacion no oficializada; Que, el inciso o del Art.29º del Estatuto de la UNP, hace referencia que una de las atribuciones de Consejo Universitario es: "Autorizar los viajes fuera del MORDAZA en Comision de Servicio del Rector, Vicerrectores y Decanos, recibir y evaluar el informe correspondiente"; Que, el Art.10.1, inciso a) de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013- Ley Nº 29951, establece: "Prohibanse los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru". Que, el Art.4º inciso 2) de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013- Ley Nº 29951, preve: "Todo acto administrativo, acto de administracion o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son eficaces si no cuentan con el credito presupuesto correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignacion de mayores creditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del Titular de la entidad, asi como el Jefe de la Oficina de Presupuesto y del Jefe de la Oficina de Administracion o los que MORDAZA de sus veces, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto"; Que, con Informe Nº 1705-2013-OCAJ-UNP, el Jefe de la Oficina Central de Asesoria Juridica, opina que se debe declarar procedente la licencia con goce de haber, por capacitacion oficializada y el otorgamiento de pasajes nacionales, cuatro (04) dias de viaticos nacionales, y ocho (08) dias de viaticos internacionales, a favor del Rector quien participara en los procesos de gestion del Convenio MORDAZA y Lineamientos para Convenios Especificos actuados en equipo en la Universidad de Parma-Italia a realizarse los dias del 21 al 27 de octubre de 2013 en la MORDAZA de ParisBolonia, Italia. Elevar el presente expediente a Consejo Universitario, para que dicho Organo de Gobierno actue conforme a sus atribuciones conferidas por Ley y se emita la Resolucion correspondiente; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF se reajusto la escala de viaticos para funcionarios y servidores del Sector Publico; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su en Sesion Extraordinaria Nº 16 de fecha 15 de octubre de 2013, y a lo dispuesto por el senor Rector, en uso de sus atribuciones legales. SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, el viaje a la MORDAZA de PARMA - ITALIA del 20 al 27 de octubre de 2013, del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LICHTENHELDT, Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicerrector Administrativo y Director de la Escuela de Postgrado, respectivamente; quienes han sido invitados por el Dr. MORDAZA FERRETI, Rector de la Universidad de Parma ­ Italia, con la finalidad de visitar la citada Universidad en el MORDAZA de los Lineamientos de Autoevaluacion y Acreditacion de nuestras Universidades, del 20 al 27 de octubre de 2013; dejando establecido que los Drs. MORDAZA y MORDAZA, asumiran sus gastos de pasajes internacionales, alojamiento y manutencion durante su visita a la indicada Universidad. Articulo 2º.- CONCEDER, LICENCIA CON GOCE DE HABER a los Doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA LICHTENHELDT, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 20 al 27 de octubre de 2013. Articulo 3º.- FACULTAR a la Oficina Central de Ejecucion Presupuestaria para que otorgue al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LICHTENHELDT, Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA, pasajes aereos PIURALIMA-PIURA, y pasajes aereos LIMA-PARIS-BOLONIAPARIS-LIMA, y OCHO (08) dias de viaticos internacionales,

Que, el Art. 209º del D.S. Nº 005-90-PCM, prescribe: "Entiendase por licencia a la autorizacion para no asistir al centro de trabajo uno o mas dias. El uso del derecho de licencia se inicia a peticion de parte y esta condicionado a la conformidad institucional. La licencia se formaliza con la resolucion correspondiente";

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.