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El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013 506220 Artículo 4º.- Disponer que la delegación prevista por la presente Resolución es indelegable, y comprende la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso. Artículo 5°.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el año 2013. Artículo 6°.- Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente resolución, están obligados, bajo responsabilidad, a dar cuenta mensualmente al Superintendente Nacional de Migraciones de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 7.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARD C. REYMUNDO MERCADO Superintendente Nacional de Migraciones 1008072-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Juez Titular del Cuadragésimo Primer Juzgado Penal del Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 098-2013-P-CE-PJ Lima, 24 de octubre de 2013 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por el doctor Carlos Hugo Falconí Robles, Juez Titular del Cuadragésimo Primer Juzgado Penal del Distrito Judicial de Lima, quien viene desempeñándose como Juez Superior Provisional de la referida Corte Superior, con certifi cación de fi rma ante el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el doctor Carlos Hugo Falconí Robles formula renuncia al cargo de Juez Titular del Cuadragésimo Primer Juzgado Penal del Distrito Judicial de Lima, a partir del 1 de noviembre del año en curso. Al respecto, conforme lo refi ere el juez recurrente y según aparece de la Resolución Ministerial Nº 0119-77- PM/ONAJ, de fecha 7 de junio de 1977, se inició en la carrera judicial como Juez Titular en lo Civil de la Provincia de Lucanas, y tal como consta en la Base de Datos del Consejo Nacional de la Magistratura fue reincorporado en varias oportunidades por el citado órgano constitucional autónomo en la función jurisdiccional. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del 1 de noviembre del año en curso, la renuncia formulada por el doctor Carlos Hugo Falconí Robles al cargo de Juez Titular del Cuadragésimo Primer Juzgado Penal del Distrito Judicial de Lima, quien viene desempeñándose como Juez Superior Provisional de la referida Corte Superior; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer fundamento de la presente resolución. Artículo Segundo.- Agradecer al mencionado Juez Especializado titular, por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1007956-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que el Instituto Científico y Tecnológico del Ejército ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1518-2013-ANR Lima, 10 de octubre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 613-U-27.a./05.00, de fecha 05 de julio de 2013; Nº 733-U-27.e.1/02.00, de fecha 12 de septiembre de 2013; informe Nº 175-2013-DGDAC, de fecha 16 de septiembre de 2013, memorando Nº 1035-2013-SE, de fecha 19 de septiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 22997, de fecha 23 de abril de 1980, se crea el Instituto Científi co y Tecnológico del Ejército, el que impartirá Educación Superior a nivel universitario, con la facultad de otorgar a nombre de la Nación Grados Académicos y Títulos Profesionales, con igual validez que los expedidos por las Universidades; Que, por Resolución Nº 0341-2011-ANR, de fecha 29 de marzo de 2011, la Asamblea Nacional de Rectores aprueba la implementación del Programa de Posgrado en el Instituto Científi co y Tecnológico del Ejército, con la Maestría en Ciencias Militares y Maestría en Geopolítica, cuyos currículos de estudios quedan aprobados para su ejecución al haber cumplido con el artículo 92º inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; de acuerdo a lo precisado en los informes Nº 100-2009-DGAJ y Nº 047-2011-DGDAC, y por Resoluciones Nº 0112 y 0139-2013-ANR, de fecha 25 de enero y 8 de febrero de 2013, se declara aprobada la creación y funcionamiento de los programas académicos de pre y posgrado de la citada casa superior de estudios,