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El Peruano Jueves 31 de octubre de 2013 506228 RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas, realice la emisión de Certifi cados de Depósitos Negociables a través del programa denominado el “Tercer Programa de Certifi cados de Depósito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas”; hasta por la suma US$ 100 000 000.00 (Cien Millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en Nuevos Soles por dos (2) años adicionales, debiendo adecuarse a los demás términos de la Ley del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 1006391-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban Cadenas Productivas para la formulación de Proyectos de Inversión Pública de apoyo al desarrollo productivo de las provincias de la Región Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 054-2013-CR-GRH Huánuco, 21 de junio de 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria del Concejo Regional, de fecha 07 de junio del dos mil trece, el Dictamen Nº 001-2013-GRH-CR/CPDE, de la comisión permanente de Desarrollo Económico relacionado a la aprobación de las cadenas productivas propuestas por la Dirección Regional de Agricultura, para la formulación de proyectos productivos dentro del marco del Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP; y, CONSIDERANDO: Que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la Región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que el Artículo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que el Desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental a través de planes , programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el Territorio Regional; Que mediante Ley Nº 28846-Ley para el Fortalecimiento de las Cadenas Productivas y Conglomerados, que defi ne Cadenas Productivas: como el sistema que agrupa a los actores económicos interrelacionados por el mercado que participan articuladamente en actividades que generan valor alrededor de un bien o servicio, en las fases de provisión de insumos, producción, conservación, transformación, industrialización, comercialización y de consumo fi nal en los mercados internos y externos; Que de conformidad a la Resolución Directoral Nº 008- 2012-EF/63.01 emitida el cinco de diciembre del dos mil doce y publicada el trece de diciembre del año dos mil doce – “Aprueban contenidos mínimos específi cos de estudios de pre inversión de programas de inversión pública y proyectos de inversión pública” ,Resolución Directoral Nº 009-2012-EF/63.01 emitida el siete de diciembre del dos mil doce y publicada el trece de diciembre del año dos mil doce – “Aprueban lineamientos para la formulación de proyectos de inversión pública de apoyo al desarrollo productivo y para proyectos de inversión pública que incluyen el enfoque de prevención y mitigación de desastres” y la Resolución Directoral Nº 002-2013-EF/63.01 emitida el ocho de febrero del dos mil trece y publicada el ocho de marzo del año dos mil trece “Aprueban los Anexos CME 14, 15 y 16 de la Resolución Directoral Nº 008-2012-EF/63.01 – Parámetros de Evaluación de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 de fecha ocho de febrero del dos mil trece publicada el ocho de marzo del dos mil trece que resuelve la aprobación de los anexos CME 14, 15 y 16 de la Resolución Directoral Nº 008-2012-EF/63.01 – Apruébese el “Anexo CME 14 – Contenidos mínimos específi cos de estudios de pre inversión a nivel de perfi l de proyectos de inversión pública en apoyo al desarrollo productivo”, la priorización de intervención no podrá contemplar un plazo menor a 3 años; Que, mediante Ofi cio Nº 0574-2013-GR-DRA-HCO. de fecha veintiséis de marzo del dos mil trece, la Dirección Regional de Agricultura solicita a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la aprobación de las siguientes cadenas productivas: Cacao, Café, Durazno, Granadilla, Maíz, Palma Aceitera, Palto, Lúcuma ,Flores Plátano, Papa, Quinua, Tarwi. Arroz, Cereales (cebada, trigo, avena quaker),Menestras (haba, arveja, frijol canario), Alpaca, Cuy, Vacunos de Leche, Vacunos de Carne y Ovino; las mismas que se vienen desarrollando desde el año 2001; asimismo solicita la aprobación de las cadenas de productos potenciales como: Frambuesa, Zarzamora, Guanábana, Olluco, Oca y Mashua Aguaymanto, Arándanos, Sauco y Frijol de Palo; con la fi nalidad de dar cumplimiento a los lineamientos de proceso de formulación de Proyectos de Inversión Pública de Apoyo al Desarrollo Productivo, adjuntando para tal efecto los respectivos diagnósticos; Que, mediante Informe Nº 071-2013-GRHCO/GRDE el Gerente Regional de Desarrollo Económico solicita al Presidente Regional la aprobación mediante Ordenanza Regional el Plan de Implementación de Cadenas Productivas para el año 2013, propuesta por la Dirección Regional de Agricultura Huánuco para formular proyectos productivos e impulsar diversas actividades agropecuarias en las 11 provincias del ámbito regional, el mismo que cuenta con el Informe Nº 102-2013-GRHCO/GRDE- SGPI de fecha 10 de abril del 2013, el Sub Gerente de Promoción de Inversiones opina favorable aprobar el plan de implementación de cadenas productivas 2013, toda vez que la formulación de proyectos SNIP permitirá a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Dirección Regional de Agricultura intervenir en las 11 provincias en el ámbito regional con proyectos y actividades debiendo mejorar los indicadores de competitividad; Que, mediante Dictamen Nº 001-2013-GRH-CRH/ CPDE, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico de fecha 27 de mayo del año 2013, emite opinión favorable sobre la aprobación de la propuesta del Plan de Implementación de las Cadenas Productivas - 2013 por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentos materia de competencia; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de