Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2013 (04/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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ademas que, dicha solicitud cuenta con el consenso de las Entidades participantes de la referida Compra Corporativa; Que, mediante los documentos del visto, la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas sustenta la necesidad de excluir del Anexo N° 1 que contiene del Listado de Dispositivos medicos de la compra corporativa para el abastecimiento del ano 2013, los dieciseis (16) dispositivos medicos que se encuentran considerados en los items declarados desiertos de la Licitacion Publica N° 014-2012-DARES/MINSA; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 2° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1017 y sus modificatorias, la normativa de contrataciones del Estado, esta orientada a maximizar el valor del dinero en las contrataciones que realicen las Entidades del Estado, con la finalidad que estas se efectuen de manera oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, a traves del cumplimiento de los principios establecidos en el articulo 4° de la citada Ley; Que, el MORDAZA de Eficiencia, contemplado en el literal f) del articulo 4º de la Ley de Contrataciones del Estado, dispone que las contrataciones que realicen las Entidades deberan efectuarse con el mejor uso de los recursos materiales disponibles; Que, el articulo 85-A del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias, regula los aspectos referidos a las "Otras compras corporativas", indicando que "Las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las politicas nacionales y/o sectoriales del Estado estan facultadas a establecer, mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la relacion de bienes y servicios que se contrataran a traves de compra corporativa, debiendo senalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, asi como las obligaciones y responsabilidades de estas ultimas (...)"; Que, de acuerdo a lo solicitado por la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud y contando con la opinion emitida por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente, con la finalidad de excluir del Anexo N° 1 de la Resolucion Ministerial N° 790-2012/MINSA, los dieciseis (16) dispositivos medicos que fueron considerados en los items declarados desiertos de la Licitacion Publica N° 014-2012-DARES/MINSA; Con el visado del Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud (e); y De conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus respectivas modificatorias; y lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Excluir del Anexo Nº 1 de la Resolucion Ministerial Nº 790-2012/MINSA, los dieciseis (16) dispositivos medicos, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Disponer que la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, notifique la presente Resolucion Ministerial a las Entidades participantes en la compra corporativa obligatoria de dispositivos medicos para la adquisicion del ano 2013, comprendidas en el Anexo N° 2 de la Resolucion Ministerial Nº 790-2012/ MINSA. Articulo 3°.- Disponer que las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud realicen la adquisicion de los dispositivos medicos comprendidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, conforme a los procedimientos previstos en la normativa de contrataciones del Estado. Articulo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de

El Peruano Miercoles 4 de setiembre de 2013

Salud, en la direccion electronica: http//www.minsa.gob. pe/transparencia/normas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 982665-3

Modifican Documento Tecnico aprobado por R.M. Nº 289-2013/MINSA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 555-2013/MINSA MORDAZA, 29 de agosto del 2013 Visto, el expediente N° 13-070335-001, que contiene el Memorandum N° 0848-2013-OGPP-OPGI/MINSA y el Informe N° 086-2013-OGPP-OPGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el responsable del programa presupuestal es el titular de la entidad que tiene a cargo la implementacion de dicho programa, quien, ademas, debe dar cuenta sobre el diseno, uso de los recursos publicos asignados y el logro de los resultados esperados. En el caso de programas presupuestales que involucren a mas de una entidad, la responsabilidad recae en el titular de la entidad que ejerce la rectoria de la politica publica correspondiente a dicho programa presupuestal; Que, mediante Resolucion Directoral N° 004-2012EF-50.01, se aprueba la "Directiva para los Programas Presupuestales en el MORDAZA de la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013", la cual establece disposiciones para la identificacion, diseno, revision, modificacion y registro de los Programas Presupuestales (PP), los cuales conforman la unidad basica de programacion del presupuesto del sector publico; Que, con Resolucion Ministerial N° 289-2013/ MINSA, se aprobo el Documento Tecnico denominado "Definiciones Operacionales y Criterios de Programacion de los Programas Presupuestales para el ano fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materna Neonatal; Prevencion y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA; Enfermedades Metaxenicas y Zoonosis; Enfermedades No Transmisibles; Prevencion y Control del Cancer; Reduccion de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias; Inclusion Social Integral de las Personas con Discapacidad; y Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias por Desastres"; Que, el articulo 4° de la citada Resolucion Ministerial senala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es la responsable de la revision del citado Documento Tecnico; Que, con Informe N° 086-2013-OGPP-OPGI/MINSA, la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto senala que resulta necesario modificar el referido Documento Tecnico respecto de los Programas Presupuestales para el ano fiscal 2013: Articulado Nutricional, Salud MORDAZA Neonatal, Prevencion y Control del Cancer y Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias de Desastres, para mejorar la planificacion operativa y ejecucion presupuestal de las ejecutoras de salud en el MORDAZA del presupuesto del ano fiscal 2013; Estando a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y,

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