Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2013 (04/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 4 de setiembre de 2013

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De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; el articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; DECRETA: Articulo 1º.- Del Registro Creese el "Registro Nacional de Obras de Construccion Civil ­ RENOCC", cuya administracion esta a cargo de la Direccion General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. El RENOCC es de ambito nacional y administracion a traves de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- Aprobacion Apruebese el "Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construccion Civil - RENOCC" que consta de dos (02) Titulos, siete (07) articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias Finales, una (01) Disposicion Complementaria Transitoria y una (01) Disposicion Complementaria Derogatoria. Articulo 3º.- Publicacion El presente Decreto Supremo y el Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construccion Civil RENOCC se publican en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo.gob.pe). Articulo 4º .- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia a los ciento veinte (120) dias de publicado en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de setiembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE OBRAS DE CONSTRUCCION CIVIL ­ RENOCC TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer disposiciones que regulen el Registro Nacional de Obras de Construccion Civil - RENOCC. Articulo 2°.- Ambito de Aplicacion El presente Reglamento se aplica a las empresas contratistas y sub-contratistas que, conforme al articulo 12° del Decreto Legislativo N° 727, Ley de Fomento para la Inversion Privada en la Construccion, realizan obras de construccion civil cuyos costos individuales exceden las cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). No estan comprendidas en la presente MORDAZA, las personas naturales que construyan directamente sus propias unidades de vivienda. Es actividad de construccion civil aquella contenida en la Gran Division 5 de la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas (CIIU), Revision 3. TITULO II REGISTRO NACIONAL DE OBRAS DE CONSTRUCCION CIVIL - RENOCC Articulo 3°.- Registro Nacional de Obras de Construccion Civil - RENOCC Las empresas contratistas y sub-contratistas deben inscribirse en el Registro Nacional de Obras de Construccion Civil ­ RENOCC; este registro es automatico, gratuito y se realiza mediante un aplicativo informatico aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo.

De conformidad con el inciso l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el Documento Tecnico denominado "Definiciones Operacionales y Criterios de Programacion de los Programas Presupuestales para el ano fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materna Neonatal; Prevencion y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA; Enfermedades Metaxenicas y Zoonosis; Enfermedades No Transmisibles; Prevencion y Control del Cancer; Reduccion de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias; Inclusion Social Integral de las Personas con Discapacidad; y Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias por Desastres", aprobado por Resolucion Ministerial N° 289-2013/MINSA, con la finalidad de efectuar precisiones respecto de los Programas Presupuestales para el ano fiscal 2013: Articulado Nutricional; Salud MORDAZA Neonatal; Prevencion y Control del Cancer; y Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias de Desastres, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Dejar subsistentes los demas extremos del "Documento Tecnico Definiciones Operacionales y Criterios de Programacion de los Programas Presupuestales para el ano fiscal 2013: Articulado Nutricional, Salud Materna Neonatal, Prevencion y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA, Enfermedades Metaxenicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevencion y Control del Cancer, Reduccion de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias, Inclusion Social Integral de las Personas con Discapacidad y Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias por Desastres". Articulo 3°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional, desarrollara las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el Documento Tecnico senalado en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4°.- Disponer que la presente Resolucion Ministerial sea publicada en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 982665-4

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Establecen el Registro Nacional de Obras de Construccion Civil - RENOCC
DECRETO SUPREMO Nº 008-2013-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el numeral 5.1) del articulo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, esta entidad es el organismo rector en materia de trabajo; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 173-2012-PCM, se constituyo una Comision Multisectorial Temporal para promover medidas de formalizacion laboral y la eliminacion de la violencia en la actividad de la construccion civil, que tenia como objeto elaborar un informe con un diagnostico y medidas de solucion en contra de la violencia en la contratacion de trabajadores en construccion civil; Que, el informe final de la referida Comision Multisectorial concluye sobre la necesidad de contar con informacion oportuna respecto de las obras de construccion que se realizan en esta actividad, a fin de coordinar acciones de prevencion y sancion sobre las situaciones de violencia en la contratacion de trabajadores;

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