Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2013 (04/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Miercoles 4 de setiembre de 2013

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ORDENANZA: y/o morosos al pago de los diferentes tributos municipales, estos beneficios permiten a los omisos la MORDAZA de Declaraciones Juradas de Autovaluo, el pago de multas y facilita la incorporacion de nuevos contribuyentes, ampliandose la base tributaria e incrementandose los recursos economicos Institucionales; Que, con los informes de saldos de cuentas por cobrar registrados en la base de datos de la Municipalidad Provincial de Canete y siendo uno de los objetivos de la actual administracion. La de disminuir la tendencia creciente de contribuyentes morosos, brindandose las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, MORDAZA de naturaleza tributaria o administrativa; Que, mediante Informe Legal Nº 273-2013-AJ-MPC,de fecha 09 de agosto de 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica de la Municipalidad Provincial de Canete, opina que es factible aprobar el Proyecto de Ordenanza que establece el Regimen Temporal de Beneficios de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias, propuesto por la Gerencia de Administracion Tributaria de esta entidad; Que, la Comision de Planificacion, Economia y Administracion a traves del Dictamen Nº 07-2013-CPEAMPC, dictamina, la aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el Regimen Temporal de Beneficios de Regularizacion Tributaria y No Tributarias, Que, estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8 del articulo 9º, articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime del pleno de Concejo Provincial, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN TEMPORAL DE BENEFICIOS DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Articulo 1º.- OTORGAR, el beneficio de regularizacion tributaria en la via administrativa y coactiva, para el pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, multas administrativas, multas tributarias, tasa de Licencias de Funcionamiento. Articulo 2º.- CONDONAR, hasta el 100% los intereses moratorios y factor de reajuste aplicables a las deudas tributarias por Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, vencidos al 31 de diciembre de 2012. Asimismo, se condonara el 100% de los intereses moratorios y factor de reajuste aplicables a las deudas tributarias por Tasa de Licencia de Funcionamiento que debieron cancelar hasta el ano 1999. Articulo 3º.- Podran acogerse a los beneficios otorgados por la presente Ordenanza, aquellos contribuyentes que mantengan deuda tributaria y no tributaria pendientes de pago en la via administrativa y en la Via coactiva con la Municipalidad Provincial de Canete, inclusive los contribuyentes que hayan efectuado fraccionamiento de pago en forma anterior a la publicacion de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- REGIMEN DE BENEFICIO TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS.4.1. De los Beneficios de las Deudas Generadas por Tributos (Via administrativa y coactiva). PAGO AL CONTADO: - Impuesto predial y al patrimonio vehicular.- La deuda podra ser cancelada condonandose hasta el 100% de los intereses moratorios y el factor de reajuste que resulte aplicable. Asimismo, y en caso de la cobranza del Impuesto Predial y del Impuesto al Patrimonio Vehicular que se encuentren en la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, se condonara en un 100% de las costas coactivas y el 50% de los gastos administrativos. - Arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo.- La deuda podra ser cancelada, condonandose hasta el 100% de los intereses moratorios y el factor de reajuste que resulte aplicable. Ademas se efectuara un descuento sobre el monto insoluto segun el siguiente detalle:

"QUE INSTITUYE LA SEMANA DE LA JUVENTUD EN LA PROVINCIA DE CANETE" Del 09 al 16 de Agosto. Articulo 1º.- INSTITUIR en forma permanente la "SEMANA DE LA JUVENTUD", a realizarse todos los anos del 09 al 16 agosto. Articulo 2º.- CONFORMAR Comisiones de Trabajo entre los jovenes con vocacion de participacion y organizacion, cuyo objetivo sera convocar, diagramar y organizar, junto a los representantes mencionados en el articulo anterior, los eventos a realizarse en la "SEMANA DE LA JUVENTUD". Articulo 3º.- IMPULSAR Y PROMOVER el compromiso de las instituciones del estado y la sociedad civil para que incorporen en sus respectivas agendas el desarrollo de planes de prevencion a fin de coadyuvar al exito de la aplicacion de las estrategias que prevengan y atiendan a la etapa adolescente y joven. Articulo 4º.- INCORPORAR como lineas estrategicas de las politicas locales prioritarias en el desarrollo social de la comunidad la Prevencion de Problemas Psicosociales, como son, violencia familiar, embarazo en adolescente, obesidad, consumo a temprana edad de alcohol y drogas, depresion, delincuencia, prostitucion, muerte por arma de fuego; que enfrentan los jovenes en la MORDAZA cotidiana. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 981825-1

Establecen regimen temporal de beneficios de regularizacion de deudas tributarias y no tributarias
ORDENANZA Nº 027-2013-MPC Canete, 14 de agosto de 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de agosto de 2013, el Informe Nº 096-2013-GAT-MPC, de fecha 23 de MORDAZA de 2013 de la Gerencia de Administracion Tributaria, sobre Proyecto de Ordenanza que establece el regimen Temporal de Beneficios de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias 2013; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administracion; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado de Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 133-2013EF, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonado por MORDAZA expresa con rango de Ley, y que excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, los intereses moratorios y las sanciones, quedando subsistente el tributo insoluto , debiendo para ello emitirse MORDAZA expresa con rango de Ley, como es la presente Ordenanza; Que, de conformidad con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica, las Ordenanzas tiene rango de Ley, siendo el Concejo Municipal quien cumple las funciones normativas de acuerdo a lo establecido con el Art. 194º de la citada norma; Que, los beneficios tributarios son disposiciones citadas por el gobierno municipal para otorgar facilidades a los contribuyentes que se encuentran en calidad de omisos

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