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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (04/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Miércoles 4 de setiembre de 2013 502242 La hora de exoneración, será registrada por el personal de control mediante sistemas apropiados. Artículo Décimo Tercero.- Destino de los fondos Los importes aprobados en la presente Ordenanza, han sido calculados en función a los costos efectivos que representa el mantenimiento de las zonas de estacionamiento y los servicios vinculados al mismo, según el detalle del Anexo 2 y lo que se recaude será destinado exclusivamente al mismo. Artículo Décimo Cuarto.- Difusión de información básica En las zonas habilitadas para prestar el servicio estacionamiento vehicular temporal se colocará en lugar visible, la siguiente información: 1. Número de Ordenanza y Acuerdo de Concejo que regulan el cobro del servicio. 2. Monto de la tasa por cada treinta (30) minutos. 3. Tiempo de tolerancia y tiempo de estacionamiento mínimo. 4. Horario de cobro por el uso de estacionamientos. 5. Número de espacios habilitados para estacionamiento en la calle, cuadra o avenida. 6. Signifi cado del color de la señalización de la zona. Artículo Décimo Quinto.- Transparencia en el cobro de la tasa Los boletos o recibos de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes precisados en el artículo precedente, así como el nombre y RUC del concesionario, de ser el caso. Artículo Décimo Sexto.- Aprobación de Estructura de Costos y su Distribución Apruébese los Cuadros de Estructura de Costos y de Estimación de Ingresos de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal que en Anexos 2 y 3 forman parte de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Tránsito y Seguridad Ciudadana a través de la Unidad de Tránsito, la administración y control del servicio creado en esta Ordenanza, asimismo, la propuesta de medidas complementarias para la mejor operatividad del servicio y a la Gerencia de Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en las normas legales del Diario Ofi cial El Peruano conjuntamente con el Acuerdo de Concejo ratifi catorio de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo texto se puede encontrar en la página web del SAT (www.sat.gob.pe), de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 19º de la Ordenanza Nº 1533. Tercera.- Delegar en el Alcalde la facultad de reglamentar la presente Ordenanza para su mejor aplicación. Cuarta.- La Municipalidad podrá prestar directamente el servicio de estacionamiento vehicular temporal o a través de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley. Quinta.- Derogar la Ordenanza Nº 501-MSB. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCO ALVAREZ VARGAS Alcalde 982878-1 Modifican la Ordenanza Nº 507-MSB ORDENANZA Nº 509-MSB Lima, 24 de julio de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la XV-2013 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de julio de 2013, el Dictamen N° 036-2013- MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 005-2013-MSB-CSEG de la Comisión de Seguridad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar del Decreto Supremo N° 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, los gobiernos locales mediante Ordenanzas crean, modifi can, suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza N° 739-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima regula los aspectos legales, técnicos y administrativos de observancia obligatoria por las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima, para la determinación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal; Que, el marco legal que regula el procedimiento para la ratifi cación de Ordenanzas tributarias en la Provincia de Lima y la determinación de costos por la prestación del servicio de estacionamiento vehicular, lo conforman la Ordenanza N° 1533-MML, la Directiva Nº 001-006- 00000001 y la Directiva N° 001-006-00000005; Que, en la línea normativa precitada el Concejo Municipal de San Borja el 26 de abril de 2013, aprobó la Ordenanza N° 501-MSB a través de la cual estableció en la jurisdicción del distrito la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las zonas públicas que se detalla en el Anexo 01, y asimismo se determinó los costos cuyo sustento técnico se encuentra en el Anexo 02; Que, la norma distrital se remitió a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la aprobación de costos conforme al procedimiento establecido en las directivas reglamentarias determinadas por el Servicios de Administración Tributaria – SAT; Que, en el proceso de ratifi cación de costos, se han advertido supuestos de orden técnico que podrían ameritar observaciones en el proceso, los mismos que están relacionados a las vías propuestas, que inciden en la determinación de costos, que fueron sustentadas con Ordenanza N° 507-MSB de fecha 24 de junio de 2013; Que, mediante Memorando N° 712-2013-MSB-GTSC, la Gerencia de Tránsito y Seguridad Ciudadana, manifi esta que siguiendo el proceso de ratifi cación a cargo de las unidades orgánicas a cargo del Servicio de Administración Tributaria, se ha vuelto ha advertir que por razones de la aplicación de criterios nuevos que debe observar el SAT, no deben considerarse algunas vías que se listan en el Anexo N° 01, por consiguiente también debe formularse un recálculo de los costos que fueron aprobados mediante la norma distrital referida en el considerando precedente; Que, asimismo, con Informe N° 331-2013-MSB- GM-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia de Tránsito y Seguridad Ciudadana así como la Gerencia de Rentas, en el Memorando N° 377- 2013-MSB-GR, han reformulado los documentos, por consiguiente constituye la información técnica que debe hacerse de conocimiento al SAT al interior del proceso de ratifi cación de costos para la prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de San Borja; Que, estando a las consideraciones expuestas, el Concejo Municipal, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 9° inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: MODIFICACIÓN DE ORDENANZA Nº 507-MSB, QUE ESTABLECE LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- Modifi cación Modifíquese el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 507- MSB, sobre la Relación de Cantidad de Espacios Físicos – Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo 1. Artículo Segundo.- Modifi cación Modifíquese el Artículo Décimo Sexto de la Ordenanza N° 507-MSB, que aprueban la Estructura de Costos y su Distribución, aprobándose los que se incorporan como