Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2013 (04/09/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

502242
La hora de exoneracion, sera registrada por el personal de control mediante sistemas apropiados. Articulo Decimo Tercero.- Destino de los fondos Los importes aprobados en la presente Ordenanza, han sido calculados en funcion a los costos efectivos que representa el mantenimiento de las zonas de estacionamiento y los servicios vinculados al mismo, segun el detalle del Anexo 2 y lo que se recaude sera destinado exclusivamente al mismo. Articulo Decimo Cuarto.- Difusion de informacion basica En las zonas habilitadas para prestar el servicio estacionamiento vehicular temporal se colocara en lugar visible, la siguiente informacion: 1. Numero de Ordenanza y Acuerdo de Concejo que regulan el cobro del servicio. 2. Monto de la tasa por cada treinta (30) minutos. 3. Tiempo de tolerancia y tiempo de estacionamiento minimo. 4. Horario de cobro por el uso de estacionamientos. 5. Numero de espacios habilitados para estacionamiento en la MORDAZA, cuadra o avenida. 6. Significado del color de la senalizacion de la zona. Articulo Decimo Quinto.- Transparencia en el cobro de la tasa Los boletos o recibos de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes precisados en el articulo precedente, asi como el nombre y RUC del concesionario, de ser el caso. Articulo Decimo Sexto.- Aprobacion de Estructura de Costos y su Distribucion Apruebese los MORDAZA de Estructura de Costos y de Estimacion de Ingresos de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal que en Anexos 2 y 3 forman parte de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de MORDAZA y Seguridad Ciudadana a traves de la Unidad de MORDAZA, la administracion y control del servicio creado en esta Ordenanza, asimismo, la propuesta de medidas complementarias para la mejor operatividad del servicio y a la Gerencia de Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en las normas legales del Diario Oficial El Peruano conjuntamente con el Acuerdo de Concejo ratificatorio de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cuyo texto se puede encontrar en la pagina web del SAT (www.sat.gob.pe), de conformidad con lo previsto en el ultimo parrafo del articulo 19º de la Ordenanza Nº 1533. Tercera.- Delegar en el MORDAZA la facultad de reglamentar la presente Ordenanza para su mejor aplicacion. Cuarta.- La Municipalidad podra prestar directamente el servicio de estacionamiento vehicular temporal o a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley. Quinta.- Derogar la Ordenanza Nº 501-MSB. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 982878-1

El Peruano Miercoles 4 de setiembre de 2013

MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 005-2013-MSB-CSEG de la Comision de Seguridad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo N° 133-2013-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, los gobiernos locales mediante Ordenanzas crean, modifican, suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, mediante Ordenanza N° 739-MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA regula los aspectos legales, tecnicos y administrativos de observancia obligatoria por las Municipalidades Distritales de la Provincia de MORDAZA, para la determinacion de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal; Que, el MORDAZA legal que regula el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias en la Provincia de MORDAZA y la determinacion de costos por la prestacion del servicio de estacionamiento vehicular, lo conforman la Ordenanza N° 1533-MML, la Directiva Nº 001-00600000001 y la Directiva N° 001-006-00000005; Que, en la linea normativa precitada el Concejo Municipal de San MORDAZA el 26 de MORDAZA de 2013, aprobo la Ordenanza N° 501-MSB a traves de la cual establecio en la jurisdiccion del distrito la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las zonas publicas que se detalla en el Anexo 01, y asimismo se determino los costos cuyo sustento tecnico se encuentra en el Anexo 02; Que, la MORDAZA distrital se remitio a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la aprobacion de costos conforme al procedimiento establecido en las directivas reglamentarias determinadas por el Servicios de Administracion Tributaria ­ SAT; Que, en el MORDAZA de ratificacion de costos, se han advertido supuestos de orden tecnico que podrian ameritar observaciones en el MORDAZA, los mismos que estan relacionados a las vias propuestas, que inciden en la determinacion de costos, que fueron sustentadas con Ordenanza N° 507-MSB de fecha 24 de junio de 2013; Que, mediante Memorando N° 712-2013-MSB-GTSC, la Gerencia de MORDAZA y Seguridad Ciudadana, manifiesta que siguiendo el MORDAZA de ratificacion a cargo de las unidades organicas a cargo del Servicio de Administracion Tributaria, se ha vuelto ha advertir que por razones de la aplicacion de criterios nuevos que debe observar el SAT, no deben considerarse algunas vias que se listan en el Anexo N° 01, por consiguiente tambien debe formularse un recalculo de los costos que fueron aprobados mediante la MORDAZA distrital referida en el considerando precedente; Que, asimismo, con Informe N° 331-2013-MSBGM-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que la Gerencia de MORDAZA y Seguridad Ciudadana asi como la Gerencia de Rentas, en el Memorando N° 3772013-MSB-GR, han reformulado los documentos, por consiguiente constituye la informacion tecnica que debe hacerse de conocimiento al SAT al interior del MORDAZA de ratificacion de costos para la prestacion del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de San Borja; Que, estando a las consideraciones expuestas, el Concejo Municipal, en uso de las facultades otorgadas por el articulo 9° inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: MODIFICACION DE ORDENANZA Nº 507-MSB, QUE ESTABLECE LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- Modificacion Modifiquese el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 507MSB, sobre la Relacion de Cantidad de Espacios Fisicos ­ Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo 1. Articulo Segundo.- Modificacion Modifiquese el Articulo Decimo MORDAZA de la Ordenanza N° 507-MSB, que aprueban la Estructura de Costos y su Distribucion, aprobandose los que se incorporan como

Modifican la Ordenanza Nº 507-MSB
ORDENANZA Nº 509-MSB MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS; en la XV-2013 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de MORDAZA de 2013, el Dictamen N° 036-2013-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.