Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2013 (06/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, con Oficio Nº 269-2010-SUNARP-Z.R.VII/ORC-remitio el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 15 de diciembre de 2010 sobre la base del Informe Tecnico Nº 02629-2010Z.R.Nº VII/OC-HZ en la que senala que sobre el area en consulta no existe superposicion con predios inscritos inmatriculados e incorporados en las bases cartograficas catastrales de las propiedades inscritas con la que cuenta la Oficina de Catastro; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 17 de MORDAZA de 2012 se observo que el terreno es de naturaleza eriaza, suelos de contextura arenosa, encontrandose desocupada; Que, a fin de actualizar la busqueda catastral se solicito una nueva busqueda, la que fue atendida con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 27 de MORDAZA de 2013, sobre la base del Informe Tecnico Nº 02202013-Z.R.Nº VII/OC-HZ de fecha 22 de MORDAZA de 2013 senalando que el area en consulta se encuentra dentro de la franja del litoral y dentro de la MORDAZA de dominio restringido, ademas, que el predio materia de consulta se encuentra no inscrito; Que, de la inspeccion tecnica se da cuenta que el predio en cuestion no se encuentra dentro de la franja del litoral ni dentro de la MORDAZA de dominio restringido, toda vez que el mismo se situa sobre acantilados; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 10 792,14 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en los Informes Tecnicos Legales Nº 0248-2011/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 31 de MORDAZA de 2011 y Nº 150-2013/SBN-DGPESDAPE de fecha 21 de agosto de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 10 792,14 m², ubicado al Sur del Centro Poblado Caleta La Gramita, en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 983926-10

El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 127-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 29 de agosto de 2013 Visto el Expediente Nº 376-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 352 274,42 m², ubicado al en la MORDAZA Noreste, a la margen izquierda de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 10 000 000,00 m², ubicado en la MORDAZA Noreste, a la margen izquierda de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 05 de MORDAZA de 2012 sobre la base del Informe Tecnico Nº 0754-2012-ZR-XI/ OC-NASCA de fecha 03 de MORDAZA de 2012, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XI - SEDE ICA, senala que el terreno en consulta se encuentra superpuesto con el predio inscrito en la Partida Nº 40027096; Que, con la finalidad de incorporar el predio a favor del estado, se ha redefinido el area de 10 000 000,00 m² a 9 352 274,42 m², ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; Que, solicitada una nueva consulta catastral del area de 9 352 274,42 m², con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 07 de noviembre de 2012 sobre la base del Informe Tecnico Nº 1339-2012-Z.R.Nº -XI/OC-NASCA de fecha 29 de octubre de 2012, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XI - SEDE ICA, senala que sobre el terreno en consulta no existe superposicion con predio inscrito digitalizado, sobre predios inmatriculados e incorporados en la base cartografica catastral de las propiedades inscritas con la que cuenta la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XI; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 14 de marzo de 2013, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, presenta un suelo de textura arenosa con basamento rocoso, su topografia variada, con desniveles moderados, se accede a traves de una trocha carrozable que proviene de la carretera Panamericana Sur, con direccion hacia el Este; Que, a fin de actualizar la Busqueda Catastral, se solicito una nueva consulta catastral la que fue atendida con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 25 de MORDAZA de 2013 sobre la base del Informe Tecnico Nº 08712012-Z.R.Nº XI/OC-NASCA de fecha 12 de MORDAZA de 2013 la que senala que el area en consulta se ubica en MORDAZA donde no se tiene informacion grafica, por lo que no es posible determinar si existe predio inscrito o no; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del reglamento de inscripciones del registro de predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 352 274,42 m², de conformidad

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