Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Articulo 2°.- Los profesionales designados en el articulo precedente deberan llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con lo dispuesto en la Directiva 001-2007-MTC/09, Directiva para la supervision y seguimiento de la participacion de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en organos colegiados, aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 001-2007-MTC/.09. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 986081-1

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

Renuevan autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada, a favor de la empresa Radio Salkantay E.I.R.L. en el departamento del MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 415-2013-MTC/03 MORDAZA, 27 de Agosto del 2013 VISTA, la solicitud de registro Nº 2012-071774, del 25 de octubre de 2012, presentada por la empresa RADIO SALKANTAY E.I.R.L., sobre renovacion de autorizacion de la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 4562006-MTC/03, del 28 de agosto de 2006, se renovo por mandato expreso de la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 28853, entre otras, la autorizacion otorgada a la empresa RADIO SALKANTAY S.R.L. (hoy empresa RADIO SALKANTAY E.I.R.L.1), por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con vencimiento al 23 de noviembre de 2012; Que, con escrito de registro N° 2012-071774, del 25 de octubre de 2012, la administrada solicito la renovacion de autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley N° 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70° y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, mediante Informe Nº 791-2013-MTC/29.02 del 2 de MORDAZA de 2013, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 12 de marzo de 2013, a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa RADIO SALKANTAY E.I.R.L., verificando que la estacion se encuentra prestando el servicio conforme a las caracteristicas tecnicas aprobadas en su autorizacion, con equipos homologados y cumpliendo con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion, concluyendo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable;

Que, mediante Informe Nº 1635-2013MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que corresponde renovar la autorizacion renovada a la empresa RADIO SALKANTAY E.I.R.L., al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos y las condiciones previstas para tal efecto en la MORDAZA, y verificarse que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de la autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial N° 456-2006MTC/03, a favor de la empresa RADIO SALKANTAY E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 23 de noviembre de 2022, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

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Asi consta en la Escritura Publica del 16 de noviembre de 2001, inscrita en la Partida N° 11005289 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, en virtud de la cual, la empresa RADIO SALKANTAY S.R.L., se transformo a RADIO SALKANTAY E.I.R.L.

986076-1

Renuevan autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media, a favor de la empresa Radio Salkantay E.I.R.L. en el departamento del MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 416-2013-MTC/03 MORDAZA, 27 de Agosto del 2013 VISTA, la solicitud de registro Nº 2012-065734, del 03 de octubre de 2012, presentada por la empresa RADIO SALKANTAY E.I.R.L., sobre renovacion de autorizacion de

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