NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (12/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 19
El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013 502681 Designan representantes del Ministerio del Ambiente ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, que tiene el objeto de elaborar, actualizar, modificar, realizar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 266-2013-MINAM Lima, 10 de setiembre de 2013 Visto, el Memorándum Nº 510-2013-DVMDERN- MINAM de 03 de setiembre de 2013, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2013- MINCETUR, publicado el 28 de agosto de 2013, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con el objeto de elaborar, actualizar, modifi car, realizar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del citado Decreto Supremo señala que la mencionada Comisión Multisectorial estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente, el cual debe ser designado mediante Resolución del Titular del Sector, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del artículo 5º de la mencionada norma; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo designando a los representantes del Ministerio del Ambiente ante dicha Comisión Multisectorial; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; y, el Decreto Supremo Nº 011- 2013-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente – MINAM, ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente que tiene el objeto de elaborar, actualizar, modifi car, realizar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR, creada por Decreto Supremo Nº 011-2013-MINCETUR, según detalle: - Sr. NONALLY PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA, Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, representante Titular. - Sr. GONZALO FERNANDO LLOSA TALAVERA, Asesor en Gestión de los Recursos Naturales Marino Costeros del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, representante Alterno. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 986972-2 Aprueban Disposiciones para el Seguimiento y Evaluación de la Agenda Nacional de Acción Ambiental - AgendAmbiente 2013 - 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2013-MINAM Lima, 10 de setiembre de 2013 Vistos, el Memorándum N° 384-2013-MINAM/VMGA de 03 de setiembre de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 124-2013-DGPNIGA/ VMGA/MINAM de 29 de agosto de 2013, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 67° de la Constitución Política del Perú establece que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; Que, de acuerdo al numeral 4.1 del artículo 4° de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, las funciones ambientales a cargo de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se ejercen en forma coordinada, descentralizada y desconcentrada, con sujeción a la Política Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental, y a las normas, instrumentos y mandatos de carácter transectorial, que son de observancia obligatoria en los distintos ámbitos y niveles de gobierno; Que, el literal a) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, establece como una de las funciones específi cas del Ministerio del Ambiente, formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental; Que, el literal a) del numeral 3.3 del artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2008-MINAM, establece como una de las funciones específi cas del Ministerio del Ambiente, formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental; Que, mediante Resolución Ministerial N° 026-2013- MINAM, se aprueba la Agenda Nacional de Acción Ambiental – AgendAmbiente 2013-2014, que tiene por fi nalidad alinear las acciones de las diversas entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental con las prioridades establecidas en las políticas públicas, en particular, con el Plan Bicentenario Perú al 2021, la Política Nacional del Ambiental, el PLANAA Perú 2011- 2021, y con los Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental, contenidos en el Informe de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 089-2012- PCM; asimismo, establece las responsabilidades para su cumplimiento, a nivel del territorio nacional; Que, el artículo 2° de la citada Resolución Ministerial señala que el Ministerio del Ambiente, en el marco de sus funciones y competencias, se encargará de coordinar, supervisar y evaluar la implementación de la Agenda Nacional de Acción Ambiental – AgendAmbiente 2013- 2014; Que, en ese contexto, se han elaborado las Disposiciones para el Seguimiento y Evaluación de la Agenda Nacional de Acción Ambiental – AgendAmbiente 2013-2014, que tienen por fi nalidad determinar el avance del cumplimiento de las acciones de la AgendAmbiente 2013-2014, así como defi nir, en caso corresponda, las medidas necesarias para alcanzar los resultados y objetivos previstos en el citado instrumento de gestión ambiental; por lo que, corresponde formalizar su aprobación mediante la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de