Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

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COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ECIGROUP PERU S.R.L., con R.U.C. Nº 20490783661 y con domicilio en Av. Vilcapaza Nº 210, Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario Nº 054346 de fecha 29 de MORDAZA de 2013, La Escuela, presenta solicitud sobre ampliacion de autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el local ubicado en Manzana B1, Lote 20, Urbanizacion Los Pinos (segundo piso), Distrito San MORDAZA de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 3362-2013-MTC/15.03, notificado el 16 de MORDAZA de 2013, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 071318 de fecha 29 de MORDAZA de 2013, La Escuela presenta diversa documentacion en respuesta al oficio indicado en el considerando que antecede; Que el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentando la relacion detallada de su equipamiento; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 019-2013-MTC/15.jcb, el inspector concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del articulo 43º del Decreto Supremo 040-2008-MTC y sus modificatorias; Que, mediante Informe Nº 470-2013-MTC/15.03.A.A. de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se opino que la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES RAICES GROUP PERU SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ECI-GROUP PERU S.R.L. cumplio con presentar los requisitos establecidos para su ampliacion de local como Escuela de Conductores Integrales, razon por la cual la Direccion General de Transporte Terrestre, emitio la Resolucion Directoral Nº 2563-2013-MTC/15; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 1229-2013MTC/15.03.A.A.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de local a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES RAICES GROUP PERU SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ECIGROUP PERU S.R.L., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, por el periodo indicado en su resolucion primigenia, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir

iii. control del progreso de vuelo, registro de vuelo, uso de combustible, autonomia, evaluacion de error en la ruta y restablecimiento de la ruta correcta, control de instrumentos; iv. observacion de las condiciones meteorologicas, planes de desvio; v. uso de ayudas a la navegacion; y vi. cumplimiento de los procedimientos de servicios de MORDAZA aereo, procedimientos de comunicaciones y fraseologia; 4. procedimientos de vuelo y maniobras: i. Vuelo a nivel, control de rumbo, altitud/altura y velocidad; ii. Virajes ascendiendo y descendiendo a rumbos especificados; iii. Ascensos y descensos, virajes nivelados de 180º a 360º a la izquierda y derecha; iv. Recuperacion de actitudes inusuales; y v. Virajes de hasta 30º de alabeo, girando a 90º de direccion derecha e izquierda. 5. procedimientos anormales y de emergencia (simulados cuando sea necesario) i. Averias en el motor, incluida MORDAZA de gobernador, hielo en el carburador/motor, sistema de lubricacion, como sea apropiado; ii. averia en el sistema de combustible; iii. averia en el sistema electrico; iv. averia en el sistema hidraulico, incluyendo aproximacion y aterrizaje (si es aplicable); v. averia en el sistema del rotor principal y/o de cola (en simulador de vuelo o mediante deliberacion solamente); vi. practicas de fuego, incluyendo control y eliminacion de humo, segun sea aplicable; y vii. MORDAZA de motor simulada, incluida una aproximacion y un aterrizaje con un solo motor, cuando se trate de un helicoptero multimotor. i. Verificacion de fases y pruebas de finalizacion del curso.- Para graduarse en el curso de piloto comercial, el estudiante debera completar satisfactoriamente las evaluaciones de cada fase de instruccion y las pruebas de finalizacion del curso (teorico y practico), en la aeronave correspondiente. NOTA: La adecuacion del literal g., del presente Apendice, es de aplicacion posterior a su publicacion. No aplica a los alumnos pilotos que hayan iniciado su instruccion y/o tramite para la licencia de piloto comercial. 986079-1

Autorizan ampliacion de local a Escuela de Conductores Integrales Raices Group Peru Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - ECIGROUP PERU S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3384-2013-MTC/15 MORDAZA, 19 de agosto de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 054346 y 071318 presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES RAICES GROUP PERU SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ECI-GROUP PERU S.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 049-2013MTC/15, de fecha 03 de enero de 2013, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES RAICES GROUP PERU SOCIEDAD

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